Presidencia de la Nación

Chile


REQUISITOS DE LA REPÚBLICA DE CHILE PARA AUTORIZAR EL ENVÍO DE PERROS Y/O GATOS

BASE REGLAMENTARIA
El Servicio Agrícola Ganadero (SAG) es el organismo que establece los requisitos sanitarios vigentes para el ingreso de mascotas a la República de Chile.

CONDICIONES ESPECIFICAS
INTERVENCIÓN DEL SENASA
- Emisión del Certificado Veterinario Internacional (CVI) a nombre de la persona que viaje con el animal

VALIDEZ QUE SE OTORGA AL CVI

El Certificado Veterinario Internacional tiene una vigencia de 10 días a partir de su fecha de emisión, con un máximo prorrogable de 5 días, de acuerdo a las condiciones del viaje para el primer ingreso a Chile.

Para su retorno a la República Argentina, incluso en más de una ocasión, tiene vigencia durante un periodo de 60 días de corrido a partir de la fecha de su emisión, siempre y cuando se mantenga la vigencia la vacunación antirrábica y el estado de salud de los animales.

REQUISITOS DOCUMENTALES PARA LA EMISIÓN DEL CVI
1. Certificado de salud – Ejemplar original.
2. Certificado/s de vacunación antirrábica – Ejemplar/es original/es y una fotocopia.
3. Certificación de tratamiento antiparasitario externo e interno – Ejemplar original y una fotocopia.
4. Certificado de implantación o lectura de microchip.
5. Fotocopia del Documento de Identidad o Pasaporte del propietario/responsable que viaje con el animal.

1-Certificado de Salud
Extendido por veterinario privado dentro de los 10 días previos a la fecha de emisión del certificado veterinario internacional (CVI), donde se acredite que dicho animal se encuentra clínicamente sano, sin evidencias de signos clínicos de enfermedades infecciosas transmisibles ni parasitarias. Se deberá asentar también el peso, sexo del animal y si el mismo se encuentra esterilizado o no. Se considera válida la certificación de buena salud asentada en la Libreta Única Sanitaria Canina y Felina (LUSCyF). En todos los casos, el certificado deberá contar con firma y sello del profesional actuante, en ejemplar original.

2- Certificado de Vacunación Antirrábica
Los animales deberán contar con vacunación antirrábica en vigencia, realizada por un Profesional Veterinario Privado, extendido en el modelo provisto por el Consejo o Colegio de la Jurisdicción, con vacuna aprobada por Senasa. Se considera válida la certificación asentada en la Libreta Única Sanitaria Canina y Felina (LUSCyF). En todos los casos deben figurar los datos de la vacuna (laboratorio, Nº serie, lote, vencimiento, etc.)

3- Certificado de Desparasitación externa e interna
El animal deberá someterse con un mínimo de 5 y un máximo de 30 días previos a la fecha de emisión del certificado veterinario internacional (CVI) a un tratamiento eficaz de amplio espectro contra parásitos internos y externos, utilizando productos autorizados por SENASA. El veterinario privado interviniente en esta administración deberá indicar la fecha (dd/m/aa), principio activo, dosificación, vía de administración, el nombre comercial y el laboratorio productor del antiparasitario. Se considera válida la certificación asentada en la Libreta Única Sanitaria Canina y Felina (LUSCyF).

4 - Identificación por microchip
Los perros deben estar identificados con microchip compatible con las Normas ISO 11784 ó 11785.

El propietario/responsable del animal debe presentar el certificado de implantación donde conste la fecha de implantación o certificado de lectura de microchip, con la fecha de lectura, los datos del animal y del propietario, y el número del microchip.

5 - Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del propietario/responsable
El interesado deberá presentar la fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI) o Pasaporte de la persona que trasladará el animal hasta Chile o, en caso que el animal viajara como “no acompañado”, una fotocopia del DNI O Pasaporte del propietario/responsable del animal quien recibirá al animal en destino, y a cuyo nombre será emitido el CVI correspondiente.

VISACIÓN CONSULAR DEL CVI
- No requiere

CONCURRENCIA CON EL ANIMAL POR EL DUEÑO O RESPONSABLE
- No necesaria para la tramitación del CVI

-VÍA DE TRANSPORTE A UTILIZAR Y SI EL ANIMAL VIAJA SOLO O ACOMPAÑADO (por propietario o responsable)
Estos datos son requeridos por el SAG de Chile para la confección del CVI. También se requerirá del propietario/responsable del animal la dirección donde residirá el animal en el destino.

TITULACIÓN DE ANTICUERPOS ANTIRRÁBICOS
-No se requiere.

EJEMPLARES DE EDAD IGUAL O MENOR A TRES (3) MESES
En el caso de animales primo-vacunados o con menos de noventa (90) días de edad, el animal debe estar vacunado contra la RABIA con vacunas aprobadas por el SENASA al menos VEINTIUN (21) días previos al ingreso a Chile

RESTRICCIÓN POR RAZAS CANINAS CONSIDERADAS PELIGROSAS
- No contempladas a la fecha.

CARACTERÍSTICAS DE LOS CONTENEDORES PARA EL TRASLADO
- Responsabilidad del propietario respecto a la mantención de las condiciones sanitarias y el bienestar del animal
- El Senasa propicia y supervisa el uso de contenedores que respeten los estándares de bienestar animal

INTERVENCIÓN DEL PERSONAL DEL SENASA EN EL PUNTO DE SALIDA DEL ANIMAL DE LA ARGENTINA
- Contactar previamente con dicho personal para conocer la metodología instrumentada al efecto

COSTO DEL TRÁMITE
Consulte.

DEPENDENCIAS DEL SENASA PARA LA OBTENCIÓN DEL CVI
Consultar oficinas certificantes.

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