Importante
El 3 de junio venció el plazo para presentar la solicitud de inscripción en el Registro de PSAV y continuar operando por parte de las personas humanas y personas jurídicas alcanzadas por lo dispuesto en el artículo 1° del Capítulo III del Título XIV de las Normas CNV (RG N° 994).
En consecuencia, los PSAV que no hayan presentado dicha solicitud a través del sitio web de CNV, se deberán abstener de realizar operaciones hasta tanto se encuentren inscriptos en el Registro. La CNV sigue trabajando en las solicitudes presentadas hasta el 3/6 por parte de los PSAV, quienes podrán seguir operando. El registro continuará abierto para nuevas solicitudes.