Importante
Los trámites registrales se deberán cursar a través del Sistema de Trámites a Distancia (TAD), debiendo completar previamente el Formulario de Solicitud de Inicio de Trámite, el que deberá ser presentado junto con la documentación establecida para cada categoría de agentes. Los solicitantes deberán acompañar toda la documentación detallada en la normativa vigente al momento de iniciar el trámite en TAD.
El plazo establecido en el artículo 49 de la Ley N° 26.831 comenzará a computarse una vez que el solicitante de registro haya presentado ante esta Comisión toda la documentación exigida por la normativa vigente y la misma no amerite observaciones. No se procederá al estudio ni a la resolución de las solicitudes que no cumplan con el acompañamiento de la totalidad de la información requerida en esta reglamentación.