Presidencia de la Nación

Barrera Zoofitosanitaria Patagónica


A la hora de viajar a la Patagonia hay que tener ciertos recaudos en cuanto a los alimentos y productos que se transportan, debido a que esta zona es una Región Protegida de plagas y enfermedades agropecuarias.

Por este motivo, cada vez que se ingresa a la Patagonia, las personas se encontraran con Puestos de Control Interno (PCI) que controlan los alimentos alimentos y otras mercancías de competencia del Senasa que se trasladan. De esta manera, se logra mantener la región protegida y poder comercializar la producción agropecuaria local (frutas, hortalizas, ganadería ovina y bovina), en los mercados internacionales con importantes ventajas competitivas, generando así más trabajo e ingresos.

En los PCI se realiza el control de los vehículos que ingresan a la región, tanto particulares como transportes de cargas comerciales, a los cuales también se les realiza el control de la documentación zoofitsanitaria que ampara dicha carga.

Los productos de ingreso restringido sin certificación zoofitosanitaria, son animales en pie y productos, subproductos y derivados de origen animal.

En cuanto a los productos de origen vegetal de ingreso restringido se encuentran los frutos "Hospedantes de Mosca de los Frutos" tales como:

  • acerola (Malpighia punicifolia L.)
  • arándano (Vaccinium corymbosum)
  • babaco (Carica pentagona)
  • carambola (Averrhoa carambola)
  • cereza (Prunus avium)
  • chirimoya (Annona cherimola)
  • ciruelo (Prunus domestica)
  • cítricos: CITRUS spp. excepto limón (Citrus limón)
  • cidra
  • calamondin
  • lima dulce
  • lima
  • mandarina
  • mineola
  • naranja
  • naranja agria
  • pomelo
  • damasco (Prunus armeniaca)
  • durazno (Prunus persica)
  • falso guayabo (Acca sellowiana)
  • frambuesa (Rubus idaeus)
  • granada (Punica granatum)
  • guanabana (Annona muricata)
  • guayaba (Psidium guajava)
  • higo (Ficus carica)
  • kaki (Diospyros kaki)
  • kiwi (Actinidia spp.)
  • kumquat (Fortunella margarita)
  • litchi (Litchi chinensis)
  • locoto (Capsicum frutescens)
  • lucuma (Lucuma abovata)
  • mango (Mangifera indica)
  • manzana (Malus domestica)
  • maracuya (Passiflora edulis)
  • membrillo (Cydonia oblonga)
  • nectarina (Prunus persica var. nucipersica)
  • níspero (Eriobotrya japonica)
  • olivo maduro (Olea europea)
  • palta (Persea americana) excepto var. Hass
  • papaya (Carica spp.)
  • pasionaria (Passiflora spp.)
  • pepino dulce (Solanum muricatum)
  • pera (Pyrus communis)
  • pera asiatica (Pyrus piryfolia)
  • pimiento (Capsicum annum)
  • pitaya ó fruta dragón (Hylocereus spp)
  • tomate de arbol (Cyphomandra betacea)
  • tuna (Opuntia ficus indica)
  • uchuva (Physalis peruviana)
  • uva (Vitis vinifera)

El material de propagación vegetal también tiene el ingreso restringido. Plantas, plantines, esquejes que pueden portar plagas y enfermedades, deben circular con rótulo identificatorio y documentación sanitaria, según la normativa vigente.

De detectarse un producto de ingreso prohibido o restringido se procede al decomiso y labrado del comprobante de decomiso o acta de infracción correspondiente.

Una vez finalizado el procedimiento de inspección se autoriza el ingreso del transporte previa desinsectación del mismo, según legislación vigente.

Regulaciones para el ingreso a la región patagónica de productos, subproductos y derivados de origen animal a través de las personas, sus equipajes y medios de transporte.

Ingreso de productos de origen animal a la región patagónica (Resolución Senasa 82/2013)

Sistema cuarentenario Patagónico: Área Libre de Mosca de los Frutos y, a su vez, también reconocida a nivel internacional como Área Libre de Fiebre Aftosa sin vacunación.


Coordinación General de Fronteras y Barreras
Teléfono: (+54 - 11) 4121-5054
Correo electrónico: [email protected]
barreras@senasa.gob.ar
Oficinas del Senasa del Centro Regional Patagonia Norte

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