Presidencia de la Nación

Preguntas frecuentes


Índice

  • ¿Es necesario tramitar una SIMI (Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones)?
  • ¿Qué información se puede modificar del certificado ROECyT?
  • ¿Qué condición de venta debe tener la proforma/cotización?
  • ¿Qué pasa si la cotización sólo indica el FOB?
  • ¿Qué datos no pueden faltar en la proforma?
  • ¿Qué datos van en la descripción del ítem en la tramitación del certificado ROECyT?
  • ¿Dónde se pueden consultar las posiciones arancelarias?
  • ¿Qué debo hacer si un/a colega del exterior quiere enviarme productos sin costo?
  • ¿Qué pasa si enviaron desde el exterior unos productos y quedaron retenidos (y no se había tramitado un certificado ROECyT)?
  • ¿Se puede solicitar un sólo certificado ROECyT con proformas de diferentes proveedores?
  • ¿Se puede hacer un envío que contemple más de un certificado ROECyT? ¿Pueden ser de diferentes proveedores?
  • En los casos de los envíos con régimen puerta a puerta, ¿cuándo se debe notificar al courier del envío?
  • ¿Cuándo los envíos no entran dentro del régimen puerta a puerta?
  • ¿Con qué documentación o información debo contar al momento de la importación?
  • ¿Qué debo tener en cuenta cuando un envío es refrigerado?
  • ¿Cómo autorizar a un despachante de aduana?





    ¿Es necesario tramitar una SIMI (Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones)?

    En el caso de haber tramitado un certificado ROECyT no es necesaria la SIMI, ya que está dentro de las excepciones previstas en la normativa. Se deberá tramitar una SIMI, de forma previa, para importaciones cuyo valor declarado sea mayor o igual USD 100 CIF que no tengan certificado ROECyT. Las mismas tienen una vigencia de 180 días, pero las Licencias Automáticas y no Automáticas vencen a los 90 días. Para más información, visitá https://www.afip.gob.ar/simi/.
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    ¿Qué información se puede modificar del certificado ROECyT?

    La información que se puede modificar es la proporcionada en el “anexo ítems”, la cual hace referencia a los ítems por los cuales se solicita el certificado. Estos pueden ser: la Aduana de ingreso, la cantidad solicitada, la unidad de medida, el detalle y la descripción del producto, la posición arancelaria, el país de origen y el valor. No se puede modificar la institución importadora ni datos de la misma.
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    ¿Qué condición de venta debe tener la proforma/cotización?

    La proforma/cotización debe indicar la condición de venta según las normas incoterms. Para la tramitación del certificado se debe contar con la cotización FOB en el caso que el proveedor no provea el flete internacional y el CIF cuando pueda cotizar flete internacional y el seguro. Podrás descargar aquí la tabla de incoterms 2020.
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    ¿Qué pasa si la cotización sólo indica el FOB?

    Se tramitará el certificado ROECyT sólo con el valor de los precios FOB de cada ítem. Al momento de coordinar el envío, se deberá seleccionar un courier en el cual la institución importadora tenga previamente creada una cuenta corriente, o bien se deberá contratar un agente de carga. Se deberá tener en cuenta que todos los gastos en origen forman parte del valor FOB de cada ítem. En caso de haber gastos declarados al final de la proforma, como ser: fletes internos en origen, tarifa de transferencia, gastos de embalaje, etc., los mismos deben ser incorporados al precio de cada ítem. Si la proforma es por un sólo ítem, se le suma este gasto con el fin de poder declarar el precio FOB correcto. En el caso de haber más de un ítem, los gastos deben ser sumados de forma proporcional al valor de cada ítem, es decir: se deberá realizar un prorrateo de los mismos.
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    ¿Qué datos no pueden faltar en la proforma?

    Los datos que no pueden faltar son: los datos del proveedor (nombre, dirección, etc.), nombre de la institución importadora a la cual está dirigida la cotización, CUIT, dirección, fecha de emisión de la proforma, fecha de vencimiento, condición de venta (incoterms), tipo de flete aéreo o marítimo, moneda, país de origen de los productos, marca y modelo del producto.
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    ¿Qué datos van en la descripción del ítem en la tramitación del certificado ROECyT?

    En la descripción del ítem en la tramitación del certificado ROECyT debe declararse la información para identificar la mercadería, como ser: nombre del producto, código, modelo, marca. Se debe tener en cuenta que esta información es la que se verá reflejada en el Anexo-Items que formará parte del certificado ROECyT, y es de vital importancia al momento de la verificación aduanera, con lo cual debe ser lo más específica posible para la identificación correcta de los bienes e insumos.
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    ¿Dónde se pueden consultar las posiciones arancelarias?

    Para lograr una correcta clasificación arancelaria se pueden consultar las posiciones en el nomenclador en formato libro, en los nomencladores online o en la página https://ci.vuce.gob.ar/. Dado que esta página sólo ofrece las posiciones a modo informativo se deberá chequear con el despachante o la oficina de comercio exterior si se debe tramitar autorizaciones previas de terceros organismos. Podés consultar el listado en el apartado de Posiciones arancelarias más frecuentes.
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    ¿Qué debo hacer si un/a colega del exterior quiere enviarme productos sin costo?

    Este tipo de envío se considera una importación bajo la modalidad de “Donación”, por lo tanto es necesario gestionar el certificado ROECyT, para luego poder coordinar la importación con el régimen puerta a puerta si el envío se realiza con un courier.
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    ¿Qué pasa si enviaron desde el exterior unos productos y quedaron retenidos (y no se había tramitado un certificado ROECyT)?

    Deben contactarse con la oficina de comercio exterior de la Institución a la que pertenecen para dar aviso del envío. Deberán decidir si nacionalizan el envío o si lo dejarán a disposición para que retorne a origen. Dependiendo del valor declarado se deberá tramitar la SIMI, o bien si el tipo de producto permite tramitar un certificado ROECyT, y luego hacer la nacionalización. Recomendamos contactar a la oficina de comercio exterior de la Institución antes de decidir el envío de productos del exterior, con el fin de evitar inconvenientes y que se pueda realizar la operación de la forma más ágil y eficiente.
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    ¿Se puede solicitar un sólo certificado ROECyT con proformas de diferentes proveedores?

    No. Se debe tramitar un certificado ROECyT por proveedor.
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    ¿Se puede hacer un envío que contemple más de un certificado ROECyT? ¿Pueden ser de diferentes proveedores?

    Si, se puede. Si son de diferentes proveedores, tienen que venir los envíos en una misma guía aérea. Para esto es necesario que el/los paquete/s de cada envío estén en el mismo lugar desde donde serán enviados. Luego, se debe constatar (antes de realizar el envío) que estén todos los productos de los diferentes certificados ROECyT dentro del envío. En el caso de que algún producto no venga en el envío se deberá notificar al personal de la oficina de comercio exterior o al courier, qué ítem no viene y a qué certificado ROECyT pertenece, dado que el mismo deberá quedar en estado pendiente.
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    En los casos de los envíos con régimen puerta a puerta, ¿cuándo se debe notificar al courier del envío?

    Se debe notificar antes del arribo del envío, idealmente el mismo día que el envío fue retirado en origen de la oficina / depósito del proveedor, para que el courier reciba la información con al menos 48 horas de anticipación.
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    ¿Cuándo los envíos no entran dentro del régimen puerta a puerta?
  • Cuando el envío sea realizado por un agente de carga y no por un courier.
  • Cuando el envío sea realizado por vía marítima.
  • Cuando la mercadería lleve intervenciones de terceros organismos en el punto de arribo, por ejemplo: animales vivos.
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    ¿Con qué documentación o información debo contar al momento de la importación?

    Se debe tener la INVOICE final, el certificado ROECyT y las intervenciones previas de terceros organismos si la mercadería las tuviera. En el caso de los envíos superiores a USD 1000 se deberá informar el banco con el cual se realizó el pago al proveedor.
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    ¿Qué debo tener en cuenta cuando un envío es refrigerado?

    Cuando el insumo o bien importado requiere refrigeración, es necesario coordinar de manera precisa la fecha del envío y así evitar cualquier exceso de permanencia en la bodega del depósito. En el caso de que el envío sea dentro del régimen puerta a puerta con courier, es importante indicar las condiciones y la temperatura de refrigeración de las cajas. Si el envío fuese por agente de carga, también es fundamental notificar al despachante la temperatura de cada caja para que pueda controlar con el depósito fiscal que sean ingresadas a las cámaras correspondientes.
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    ¿Cómo autorizar a un despachante de aduana?

    Para que un despachante de aduana opere en nombre de la institución, se debe realizar una autorización a través de la página de AFIP. Encontrá el paso a paso, aquí.
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