Presidencia de la Nación

A.O.T.E


APROBACIONES DE PRODUCCIÓN DE PARTES DE AERONAVES

Autorización de Orden Técnica Estándar (AOTE)

Es la que recibe un fabricante de partes cuyo producto responde a estándares de diseño enunciados en la Orden Técnica Estándar (OTE) que corresponda. Cada OTE contiene los estándares de diseño mínimos que se exigen a una parte o componente de aeronave. Las partes y componentes con una AOTE pueden ser seleccionados por fabricantes de aeronaves certificadas para equipar a las mismas, o por talleres y operadores como partes de reemplazo. Además de cumplimiento con los estándares de la OTE, el fabricante deberá establecer un Sistema de Control de Calidad que garantice la conformidad de los productos fabricados con el diseño aprobado.

Requerimientos generales: DNAR 21, Subparte O. “Autorización de Orden Técnica Estándar (AOTE)”.

Para iniciar un proceso de obtención de Autorización de Orden Técnica Estándar, el solicitante deberá remitir a la DCA la siguiente documentación:

  1. Una solicitud de AOTE.
  2. Abonar el arancel vigente.
  3. Una Declaración de Conformidad certificando que los requerimientos concernientes al artículo
    cumplen la OTE aplicable.
  4. Una copia de los Datos Técnicos Exigidos en la OTE aplicable.
  5. Una descripción del Sistema de Control de Calidad.
    Nota: A los fines de establecer la Orden Técnica Estándar aplicable (TSO) se puede consultar la AC Nº 20-110, última revisión.
    Solicitud en DA Form 8110-12
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