Presidencia de la Nación

Certificación de Aeronavegabilidad


CERTIFICACIÓN DE AERONAVEGABILIDAD

Los Certificados de Aeronavegabilidad que emite el Area Inspeccion y Auditoria pueden ser:
  • Certificados de Aeronavegabilidad Originales Estándar.
  • Certificados de Aeronavegabilidad Originales Especiales.
  • Certificados de Aeronavegabilidad para Exportación.

Nota: Un Certificado de Aeronavegabilidad es Original cuando se trata del primero que la DA le emite a ese tipo de aeronave.

Cuando es necesario, el DCA realiza, a través del Area Inspección y Auditoria, las inspecciones para la emisión de un Certificado de Aeronavegabilidad, en conjunto con el Departamento de Aviación General o con el Departamento de Aviación de Transporte, según la categoría de la aeronave. El Area Inspección y Auditoria tiene la responsabilidad primaria de la emisión de Certificados de Aeronavegabilidad Originales en los siguientes casos:

  • Certificado de Aeronavegabilidad Especial – Permiso Especial de Vuelo para Vuelos de Prueba de Producción.
  • Certificado de Aeronavegabilidad Estándar para aeronaves nuevas fabricadas en Argentina.
  • Certificado de Aeronavegabilidad Especial – Categoría Restringida para aeronaves nuevas fabricadas en Argentina.
  • Certificado de Aeronavegabilidad Estándar para aeronaves importadas, sólo cuando se trata del primer ejemplar que se importa al país.
  • Certificado de Aeronavegabilidad Especial – Categoría Restringida para aeronaves importadas, sólo cuando se trata del primer ejemplar que se importa al país.
  • Certificado de Aeronavegabilidad Especial – Permiso Especial de Vuelo para Pasavante Aeronáutico, sólo cuando se trata del primer ejemplar que se importa al país.
  • Certificados de Aeronavegabilidad para Exportación.

En otros casos, el Area Inspección y Auditoria participa de las inspecciones pero con responsabilidad secundaria.

Requerimientos generales:

DNAR 21, Subparte H. “Certificado de Aeronavegabilidad”.
DNAR 21, Subparte L. “Aprobaciones de Aeronavegabilidad para
exportación.”

Asesoramiento:

CA 20-65 “Certificados de Aeronavegabilidad de la República Argentina”
CA 21-23A “Certificación de Aeronavegabilidad de Aeronaves Civiles, Motores de Aeronaves, Hélices y Productos Relacionados, Importados a la República Argentina”
CA 47-01 “Requisitos y Procedimientos para la Matriculación de Aeronaves que ingresan al País según el Artículo 42 del Código Aeronáutico”

Solicitud en DA Form 8130-6

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