Presidencia de la Nación

Post ingreso


Para el caso de material de propagación asexual (plantas, plantines, esquejes, bulbos, raíces, yemas, material in vitro, etc.) se debe cumplir con una Cuarentena Post-entrada (CPE) en sitios autorizados por el Senasa de manera previa a la importación, como Sitios de Cuarentena. Actualmente existen tres modalidades de Cuarentena Post-entrada: CPE General (Resolución SAGPyA Nº 292/98), CPE reducida con habilitación de viveros en origen (Resolución SENASA Nº 175/03) y CPE de material in Vitro.

Para mayor información puede contactarse con la Dirección de Cuarentena Vegetal :
Personalmente: Avenida Paseo Colón 315 4º “A” de Lunes a Viernes de 10.00 a 13.00 hs.
A través del Correo electrónico: [email protected]
Telefónicamente: 011- 4121 5245 / 5246

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