Requisitos especiales
MATERIAL DE PROPAGACIÓN
Importación de material de propagación vegetativo
Para el caso de material de propagación asexual (plantas, esquejes, bulbos, raíces, yemas, plantas In Vitro, etc.), debido a que es el que presenta el mayor riesgo de ingreso de plagas reglamentadas a un país, se debe cumplir con una Cuarentena Post-entrada (CPE).
La CPE es una Medida Fitosanitaria que se aplica en el comercio internacional al material de propagación vegetal hospedante de plagas de difícil detección. Su objetivo es prevenir la entrada y dispersión de plagas al territorio nacional, que pueden ocasionar graves daños a la producción agrícola y forestal. La CPE es necesaria cuando, para la detección de plagas, se requiere de un cierto período de tiempo, ya sea para la evolución de formas inmaduras de invertebrados o para la observación de síntomas o para que el material de propagación adquiera títulos de patógenos detectables mediante pruebas analíticas o cuando sea necesario obtener partes vegetales idóneas para realizar pruebas analíticas.
Actualmente existen tres modalidades de Cuarentena Post-entrada en Argentina:
Cuarentena Post-entrada Abierta: Es aquella que, con el fin de facilitar el comercio y la reconversión de los procesos productivos, se lleva a cabo en sitios de cuarentena a campo con implantación a distancias de producción. Para ello el material vegetal que se importa debe provenir de centros de producción de material de propagación vegetal, reconocidos por la Dirección de Comercio Exterior Vegetal para esta modalidad de CPE.
Cuarentena Post-entrada Cerrada: Es aquella que se lleva a cabo en sitios de cuarentena en confinamiento, tales como invernáculos, laboratorios, cámaras de crecimiento, jaulas de malla antiáfida.
Cuarentena Post-entrada de material In vitro: Es aquella que se aplica para los envíos de materiales que hayan sido obtenidos mediante las técnicas de cultivo de tejido In Vitro y mantenidos In Vitro hasta su importación al país.
La CPE se lleva a cabo en Lotes Candidatos propuestos por el importador y aprobados por Senasa como Sitios de Cuarentena, de manera previa a la importación. Pueden ser laboratorios, invernáculos, jaulas, o predios a campo, dependiendo de la modalidad de CPE.
El tiempo que de permanencia del material vegetal en CPE se determina en función del riesgo de dispersión de las plagas que formen parte del requisito fitosanitario de importación y de las técnicas analíticas disponibles para asegurar su detección.
Contacto equipo Cuarentena Post-entrada:
María Fernanda Wagner mailto:[email protected] – Tel. 011- 41215000 Interno 6039