RSM Proveedores de Servicios de Cobro
RSM Depósitos y/o pagos realizados con dinero en efectivo cuya sumatoria resulte igual o superior a los DOS SMVM mensuales
RES. UIF Nº 200/2024 - Art. 39 inc. b) 1.
En el marco de adecuación de los requisitos mínimos que debe cumplir el sector para la identificación, evaluación, monitoreo, administración y mitigación de los riesgos de LA/FT, en concordancia con los estándares, las buenas prácticas, guías y pautas internacionales vigentes emitidas por el GAFI, la Resolución UIF Nº 200/2024 establece la regulación contra el Lavado de Activos, la Financiación del Terrorismo y la Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva en la actividad de los Proveedores de Servicios de Cobro.
En dicho contexto, de acuerdo con lo que establece el artículo 39 inciso b) de la Resolución UIF Nº 200/2024, se solicita a los Proveedores de Servicios de Cobro reportar mensualmente los depósitos y/o pagos realizados con dinero en efectivo, siempre y cuando la sumatoria de dichas operaciones resulte igual o superior a los DOS (2) SMVM mensuales, de acuerdo con la plantilla que oportunamente esta Unidad ponga a disposición.
A continuación, se detalla cómo se espera que se informe en cada campo del Reporte Sistemático Mensual:
REPORTE DE TRANSACCIONES EN EFECTIVO IGUALES O SUPERIORES A 2 SMVM
PERÍODO REPORTADO
- Período que informa: debería seleccionarse el mes y año en que fueron realizadas las operaciones a reportar.
DATOS DE LA OPERACIÓN
- Monto total de los depósitos/pagos en efectivo en Pesos: deberá indicar el monto total mensual acumulado de los depósitos y pagos en efectivo realizados por el mismo operador. El campo admite valores numéricos enteros, por tanto, se deberá redondear el valor informado en caso de poseer valores con centavos.
Se deberán considerar únicamente los siguientes tipos de operaciones:
- Billetera Electrónica (depósito en efectivo)
- Pago a Administración de Consorcios
- Pago a Automotrices y/o Planes de Ahorro
DETALLES DE LA OPERACIÓN
En la presente sección se deberá discriminar el monto informado en la Sección precedente. Tener presente que se deben indicar los montos totales mensuales acumulados por cada tipo de operación.
Si para un Tipo de Operación no se realizaron operaciones en el mes a informar, en la presente Sección no debe cargarse ningún registro con dicho Tipo de Operación.
- Tipo de Operación: se deberá seleccionar entre las opciones “Depósito en efectivo”, “Pago a Administración de Consorcios en efectivo” o “Pago a Automotrices y/o Planes de Ahorro en efectivo”
- Monto en pesos: se deberá indicar el monto total mensual acumulado para el tipo de operación identificada en el campo precedente. El campo admite valores numéricos enteros, por tanto, se deberá redondear el valor informado en caso de poseer valores con centavos.
IDENTIFICACIÓN DEL OPERADOR
- Tipo de Persona: se deberá seleccionar entre las opciones “Persona Humana” o “Persona Humana extranjera”.
- Apellido/s: ingresar el/los apellido/s de la persona humana, sin caracteres especiales (ejemplo, si el tomador se llama José D’angelo, en este campo deberá ingresarse el valor “Dangelo).
- Nombre/s: ingresar el/los nombre/s de la persona humana, sin caracteres especiales.
- Tipo Documento: seleccionar el tipo de documento de la persona humana indicada en los campos anteriores.
- Número Documento: ingresar el número de documento de la persona humana indicada en los campos anteriores (la plantilla permite caracteres alfanuméricos).
CONTROLES DE VALIDACIÓN DE DATOS
La plantilla de carga de Reportes de Transacciones en Efectivo iguales o superiores a 2 SMVM cuenta con los siguientes controles de validación:
- Fechas: el periodo reportado no puede ser posterior a la fecha en que se está conformando el Reporte.
- Montos Informados: La sumatoria de los campos “Monto en pesos” de los registros cargados en la Sección “DETALLES DE LA OPERACIÓN” debe ser igual al valor indicado en el campo “Monto total de los depósitos/pagos en efectivo en Pesos” de la Sección “DATOS DE LA OPERACIÓN”
- Número de Documento: en caso indicarse el valor “Documento Nacional de Identidad”, “Libreta Cívica” o “Libreta de Enrolamiento” en el campo “Tipo de Documento”, el sistema validará que el mismo contenga entre 3 y 8 caracteres numéricos.
Envío de Reportes Sistemáticos Mensuales en forma masiva:
En la página web https://www.argentina.gob.ar/uif/rsm se encuentra el instalador de la aplicación que permite al Sujeto Obligado reportar operaciones masivamente (SRO Masivo), manual de usuario, instructivos para rectificaciones y anulaciones de forma masiva de los RSM.