Presidencia de la Nación

Dirección Nacional de Sumarios, Investigaciones Administrativas y Auditoría


La Dirección Nacional de Sumarios, Investigaciones Administrativas y Auditoría audita los procesos judiciales en que el Estado Nacional o sus entes son parte o tienen un interés comprometido; asistiendo de este modo al Procurador del Tesoro en el control de la actividad desplegada por los letrados que integran el Cuerpo de Abogados del Estado.
Administra el Registro de Juicios del Estado Nacional a través del denominado Sistema Informático Único de Gestión Judicial (SI.GE.J.), de uso obligatorio para todos los integrantes del Sector Público Nacional (Decreto Nº 1116/2000).

En la actualidad, coexisten una serie de subsistemas informáticos, tales como el Registro de Medidas Cautelares; el Registro de Juicios contra el Estado Nacional (Ley N° 25.344, art.8); el Registro Único de Integrantes del Cuerpo de Abogados del Estado (RUICAE); el Registro de Colaboradores Técnicos del Cuerpo de Abogados del Estado (RECCOT); entre otros, cuyos datos coadyuvan a la obtención de información de la litigiosidad estatal y conforman un sistema de datos relevantes para la toma de decisiones.

Asiste al Procurador del Tesoro de la Nación en la instrucción de investigaciones y sumarios administrativos disciplinarios en los casos previstos por el ordenamiento jurídico y los que disponga el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Entre sus acciones, se señalan, la instrucción de los sumarios administrativos disciplinarios por hechos acaecidos en la Administración Pública Nacional centralizada y entes descentralizados —excepto Empresas y Sociedades del Estado—, en los que se encuentre involucrada alguna o involucrado algún agente que revista en el nivel A o B del Sistema Nacional de Empleo Público o equivalentes y ejerza un cargo con funciones ejecutivas vigentes, en cualquiera de sus niveles; como así también, las instrucción de las investigaciones y los sumarios administrativos disciplinarios que disponga el PODER EJECUTIVO NACIONAL y los sumarios administrativos disciplinarios e informaciones sumarias que tiendan a esclarecer hechos que se produzcan en su jurisdicción.

Autoridades

Directora Nacional

Dra. Josefina NAZABAL

Subdirector Nacional

Dr. José Alberto GARCIA

Competencias y Funciones

Responsabilidades Primarias

Asistir al Procurador del Tesoro de la Nación en la instrucción de investigaciones y sumarios administrativos en los casos previstos por el ordenamiento jurídico y los que disponga el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Asistir al Procurador del Tesoro de la Nación en el registro y auditoría de los juicios en los que intervengan los organismos de la Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada, entidades autárquicas, Empresas del Estado, cualquiera fuera su naturaleza
jurídica, bancos y entidades financieras oficiales nacionales, obras sociales del sector público, Fuerzas Armadas y de Seguridad.

Acciones
  1. Dirigir la instrucción de sumarios administrativos por hechos acaecidos en la Administración Pública Nacional centralizada y entes descentralizados —excepto empresas y sociedades del Estado—, en los que se encuentre imputado cualquier funcionario de las dos máximas categorías escalafonarias, con ejercicio de funciones ejecutivas o equivalentes, según los sistemas de selección y designación implementados para su cobertura por el SINEP y que hayan sido ordenados por las autoridades competentes.

  2. Dirigir la instrucción de las investigaciones y los sumarios administrativos que disponga específicamente el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

  3. Dirigir la instrucción de los sumarios administrativos e informaciones sumarias, y las investigaciones administrativas que correspondan al área específica de la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN.

  4. Realizar la supervisión y auditoría de los sumarios instruidos por las Delegaciones del Cuerpo de Abogados del Estado, cuando el Procurador del Tesoro de la Nación lo considere pertinente.

  5. Entender en la elaboración de proyectos de dictámenes en los asuntos relacionados con el régimen disciplinario y su procedimiento.

  6. Mantener actualizados los datos del sistema de información y de registro único de juicios de la Administración Pública Nacional centralizada, descentralizada, entidades autárquicas, empresas del Estado cualquiera fuera su naturaleza jurídica, bancos y entidades financieras oficiales, Fuerzas Armadas y de Seguridad.

  7. Mantener actualizada la información de los diversos subsistemas de registro: de juicios de relevante significación económica e institucional; de medidas cautelares; de juicios y arbitrajes internacionales; de Procesos Penales relativos a Delitos contra la Administración Pública; de las comunicaciones de los juicios previstos en la Ley Nº 25.344.

  8. Brindar información del registro de juicios a los distintos organismos de control que así lo requieran y producir informes estadísticos de los datos ingresados al sistema central por los servicios jurídicos permanentes del Cuerpo de Abogados del Estado.

  9. Ejecutar, en concordancia con los medios disponibles y tendiendo al control permanente, auditorías individuales sobre las causas definidas como de relevante significación económica y un control no permanente por muestreo de las que no tienen esa trascendencia, incluyendo las causas radicadas en jurisdicciones judiciales del interior del país, cuando se dispusiere el desplazamiento. Todo ello con la finalidad de perfeccionar la defensa de los intereses del ESTADO NACIONAL en juicio.

  10. Elaborar informes sobre las causas auditadas.

  11. Asesorar sobre aquellas cuestiones puntuales de significativa relevancia institucional o económica que puedan ser consideradas como causas eficientes de litigiosidad presente o futura.

  12. Controlar y realizar el seguimiento del desarrollo de juicios de relevancia económica o institucional encomendados por el Procurador del Tesoro de la Nación.

  13. Intervenir en la confección de actos administrativos e informes que le sean requeridos en orden a las materias de su competencia.

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