Presidencia de la Nación

Dirección Nacional de Asuntos Judiciales


La Procuración del Tesoro, a través de la Dirección Nacional de Asuntos Judiciales, asume la defensa y representación del Estado en los juicios cuyo manejo le encomienda el Poder Ejecutivo Nacional en cuestiones de relevancia económica e institucional. Se trata, en su mayoría, de juicios relacionados con la materia contencioso administrativa o civil y comercial federal. En algunos casos el PEN ha dispuesto expresamente que la Procuración tome intervención en causas penales

Desde la Dirección, se asiste al Procurador del Tesoro de la Nación en lo relativo al planeamiento, organización, dirección y supervisión de la defensa del Estado Nacional en juicio.

Para ello, la Dirección proyecta la estrategia de defensa de los intereses estatales mediante la confección de escritos en las causas que tramitan en todo el país, donde la Procuración ejerce la representación o patrocinio del Estado Nacional, ya sea como actor, demandado o tercero interesado.

Con la sanción de la Ley Nº 25.344, la Procuración del Tesoro fue facultada para resolver en qué juicios -dada su importancia institucional o económica- actuará como representante o ejercerá el patrocinio de los intereses del Estado Nacional.

A través del Decreto Nº 1116/00, se delegó en el Procurador del Tesoro de la Nación la facultad de asumir la representación del Estado Nacional en los procesos ante los tribunales judiciales o arbitrales y organismos administrativos con facultades jurisdiccionales nacionales, internacionales o extranjeros.

Estas competencias fueron reglamentadas por las Resoluciones PTN Nº 2/01 y 40/01 y sus modificatorias.

En los juicios de relevante significación económica e institucional en los que el Estado Nacional sea parte, el Sr. Procurador del Tesoro evalúa la conveniencia de asumir su representación o patrocinio, o bien de impartir instrucciones, quedando excluidos, salvo indicación expresa en contrario, los juicios en los que sea parte ANSES, AFIP y BCRA.

En dicho marco, la Dirección Nacional coadyuva a ejercer el control preventivo sobre la litigiosidad estatal mediante la emisión de instrucciones a los servicios jurídicos integrantes del Cuerpo de Abogados del Estado para la contestación de demandas entabladas contra el Estado Nacional y para las que éste promueva.

La Dirección Nacional de Asuntos Judiciales también propone e interviene en los proyectos de normas generales que resulten convenientes para la adecuada defensa del Estado Nacional.

Asimismo, clasifica adecuadamente los oficios, cédulas, formularios y cartas documentos recibidos en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 8º de la Ley Nº 25.344 y brinda respuesta a solicitudes de información cursadas por los juzgados, fiscalías y servicios jurídicos de la Administración Pública.

Autoridades

Directora Nacional de Asuntos Judiciales

Dra. María Fernanda ARCURI

Subdirector Nacional de Asuntos Judiciales

Dr. Anderson Christian SALTZER CHAVEZ

Competencias y Funciones

Responsabilidades Primarias

Asistir al Procurador del Tesoro de la Nación en lo relativo al planeamiento, organización, dirección y supervisión de la estrategia de la defensa del Estado Nacional en juicio.

Acciones
  1. Elaborar la estrategia de defensa de los intereses estatales en las causas judiciales que tramiten en los juzgados radicados en la ciudad de Buenos Aires y en el interior del país

  2. Proyectar los escritos judiciales de los procesos ordinarios, constitucionales y urgentes, de relevante significación económica y/o institucional, que tramiten en la ciudad de Buenos Aires y en el interior del país, donde el Procurador del Tesoro de la Nación ejerza la representación y/o el patrocinio del Estado Nacional, como actor, demandado o tercero interesado.

  3. Proyectar instrucciones a los servicios jurídicos permanentes de la Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada, en las causas que tramitan en la ciudad de Buenos Aires y en el interior del país, en las que el Estado Nacional sea actor, demandado o tercero interesado, y que revistan la relevancia económica y/o institucional que justifique la intervención del Procurador del Tesoro de la Nación.

  4. Participar en la formulación de propuestas específicas para mejorar el funcionamiento del Cuerpo de Abogados del Estado, en aspectos atinentes a la materia judicial, planificación de su actividad y determinación de los cursos de acción.

  5. Proponer y/o intervenir en los proyectos de normas generales que resulten convenientes para la adecuada defensa de los intereses del Estado Nacional en los procesos judiciales que tramitan en jurisdicciones de todo el país.

  6. Colaborar con los distintos servicios jurídicos permanentes de la Administración Pública centralizada y descentralizada, cuando las circunstancias lo justifiquen, en la elaboración de escritos judiciales.

  7. Asesorar a los distintos servicios jurídicos que integran el Cuerpo de Abogados del Estado, en los juicios en que el Estado Nacional interviene y que son representados por los Delegados y/o Asistentes del Cuerpo de Abogados del Estado, dependientes de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACIÓN, pudiendo solicitar los antecedentes e informes necesarios para un mejor desempeño de la representación judicial estatal.

  8. Participar en el proceso de asignación y remisión de antecedentes e instrucciones, en las causas que tramitan en juzgados del interior del país y cuya representación se encomiende a los Delegados y/o Asistentes del Cuerpo de Abogados del Estado.

  9. Coordinar la tarea de los Delegados y/o Asistentes del Cuerpo de Abogados del Estado en el ejercicio de la representación estatal.

  10. Brindar asesoramiento y colaboración en la tarea referida en el párrafo anterior, de acuerdo a los requerimientos que se le efectúe.

Contacto: [email protected]

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