Presidencia de la Nación

Procedimiento. Fideicomisos financieros y no financieros. Títulos, acciones, cuotas, participaciones societarias y rentas pasivas. Plazo especial.


El vencimiento de la obligación de presentación de la información referida a participaciones y beneficiarios finales, correspondiente al año 2019, y en su caso, 2016, 2017 y 2018, operará conforme al siguiente cronograma:

a) Para los agentes de información que deban declarar participaciones y/o beneficiarios finales de hasta cincuenta (50) sujetos, el vencimiento operará el 19 de febrero de 2021.

b) Para los agentes de información que deban declarar participaciones y/o beneficiarios finales de más de cincuenta (50) y hasta quinientos (500) sujetos, el vencimiento operará el 5 de marzo de 2021.

c) Para los agentes de información que deban declarar participaciones y/o beneficiarios finales de más de quinientos (500) sujetos, el vencimiento operará el 19 de marzo de 2021.

La presente prórroga no es abarcativa de la información que las personas humanas y sucesiones indivisas del país deben suministrar sobre participaciones en entidades del exterior; ni comprende la información referida a rentas pasivas.

Asimismo se establecen precisiones respecto del concepto de “Beneficiario Final” y la información respecto de la cadena de particiones intermedias en el caso de estructuras jurídicas que participen en forma indirecta en el capital de los sujetos obligados a informar y del “Registro de Entidades Pasivas del Exterior”.

Se establece que los fideicomisos constituidos en el país y en el exterior deberán identificar al beneficiario final y proporcionar los datos solicitados por la AFIP a través del servicio denominado “AFIP-DGI Fideicomiso-Beneficiarios Finales”.

Se fija un plazo especial para cumplir con la obligación de suministrar los datos vinculados al “beneficiario final” correspondientes al año 2019, operando el mismo el 29/1/2021.

Por su parte, se prorroga al 30/12/2020 el plazo para la presentación de la información correspondiente al año 2019 que deben presentar los fideicomisos del país y del exterior.

Norma: RG (AFIP) 4839/20
B.O.: 23/10/2020

Norma: RG 4878/20
B.O.: 14/12/2020

Norma: RG 4879/20
B.O.: 14/12/2020

Norma: RG 4897/20
B.O.: 31/12/2020

Norma: RG 4911/21
B.O.: 26/01/2021

Activar: 
0
Scroll hacia arriba