Criterios de Investigador Formado y Activo
A continuación se determina la condición de investigadores formados y activos de los integrantes del Grupo Responsable en la etapa de acreditación curricular.
Importante:
De acuerdo a las condiciones exigidas en las bases de las convocatorias PICT y PICTO, las propuestas presentadas al FONCyT ingresarán al Sistema de Evaluación, donde se verificará en primer término el cumplimiento de los requisitos mínimos de índole general que configuran los criterios de admisión.
Condición indispensable
Para la acreditación, es necesario que todos los integrantes del Grupo Responsable sean investigadores formados y activos.
Se entiende por investigador formado y activo aquel cuyos antecedentes curriculares demuestren una formación académica a nivel de doctorado u obra original equivalente que publique regularmente (en los últimos 5 años anteriores a la convocatoria, en revistas de circulación internacional con referato) o que presente constancia de alguna de las siguientes actividades sostenidas en forma regular: obtención de patentes, desarrollos verificables de nuevas tecnologías, publicación de libros por editoriales reconocidas a nivel nacional o internacional.
La maternidad/paternidad será considerada, adicionando un (1) año por cada hijo/a a los plazos establecidos.
Se considerará un período adicional de un (1) año al previsto por maternidad/paternidad por nacimiento de hijo/a con discapacidad durante el período, siempre que consten todos los certificados adjuntos al formulario online. Indicar en la carga de cada integrante y subir nota como DDJJ con fechas de cada licencia dentro del período de acreditación.
Si durante los últimos cinco años el/la investigador/a se ha desempeñado en un cargo de gestión científica, tecnológica o académica de dedicación exclusiva con funciones ejecutivas remuneradas1, se adicionará un (1) año por cada año de gestión ejercida -hasta un máximo de cuatro (4) años- a los plazos de acreditación curricular establecidos. Se deberá indicar en la carga de cada integrante las fechas de vigencia de los cargos y se deberá adjuntar la resolución de designación como documentación respaldatoria.
1 Implica haber ejercido: 1) cargos jerárquicos en Universidades Nacionales, tales como Rector/a, Decano/a, Secretarios/as Generales de universidades y Secretarios/as de Facultad; 2) cargos jerárquicos en la Administración Pública Nacional o Provincial; 3) Gerencias o Direcciones de Centros Regionales de CyT, Direcciones de Institutos o Centros de Investigación de doble, triple o cuádruple dependencia institucional, todos los cargos formalmente acreditados
Para el análisis de la acreditación, la información curricular provista en la presentación de un proyecto debe incluir todas las actividades de investigación realizadas durante los últimos 5 años, siendo la acreditación decidida exclusivamente sobre la base de la información suministrada en el formulario. La condición de investigador formado y activo es determinada por los Coordinadores del área respectiva. Un proyecto en el que al menos un investigador del Grupo Responsable no sea considerado formado y activo será declarado No Acreditado y no será enviado a evaluación de los pares.
IMPORTANTE: Criterios de Investigador Formado y Activo 2023 actualizados.