Presidencia de la Nación

Evaluar si corresponde el rechazo efectuado por la Aseguradora de Riesgos del Trabajo o Empleador Autoasegurado del accidente y/o enfermedad profesional.

¿A quién está dirigido?

A los trabajadores personas, o sus derechohabientes, que hayan realizado la denuncia de un accidente laboral de trabajo y/o enfermedad profesional, que la Aseguradora de Riesgos del Trabajo o Empleador Autoasegurado lo haya rechazado y consideren que su siniestro es de carácter laboral.

El plazo máximo para iniciar el trámite ante la Comisión Medica es de 2 años desde la fecha en que la ART / EA rechazó la denuncia de accidente laboral o enfermedad profesional.

¿Qué necesito?

  • Copia del DNI.

  • Denuncia del siniestro ante la ART/EA.

  • Copia de la Carta de Rechazo emitida por la ART/EA.

  • Opción de competencia territorial de la Comisión Médica Jurisdiccional

  • Presentación escrita con información personal y del accidente o enfermedad profesional.

  • En el caso de que estés iniciando el trámite en una provincia adherida a la Ley 27.348 es obligatorio que cuentes con un letrado patrocinante y se presente:

    • Escrito donde se relaten los hechos, conforme lo establecido en la Res. SRT 899/17,(firmado por el trabajador y el letrado patrocinante). Se podrá prescindir de la firma del trabajador sólo en aquellos casos en los cuales el letrado sea también apoderado y se encuentre debidamente acreditado el apoderamiento.

    • Matrícula del letrado patrocinante y copia del DNI del letrado patrocinante.

  • IMPORTANTE: Recordá que en las provincias adheridas a la Ley 27.348 los trabajadores damnificados o sus derechohabientes deberán contar con representación lletrada y acreditarla en el expediente. En caso de no contar con uno, podrás solicitarlo ingresando acá. Los honorarios profesionales del abogado estarán a cargo de la ART (Art. 37 Res. SRT 298/2017).

¿Cómo hago?

  1. Reuní la documentación.

  2. Iniciá tu expediente en la Comisión Médica que corresponda al domicilio que figura en tu DNI o la que corresponda al domicilio de tu empleador en el que se presta el servicio efectivamente.

    Podés consultar que Comisión Médica.

¿Cuánto tiempo lleva?

¿Cuál es el costo?

Gratuito

Scroll hacia arriba