Supervisiones de la UIF
La Unidad de Información Financiera se encuentra desarrollando supervisiones in situ y extra situ según lo establecido en el plan de acción previsto para este año.
La UIF realiza acciones de supervisión que consisten básicamente en evaluar el modo en que los sujetos obligados dan cumplimiento a las normas en materia de prevención de delitos de Lavado de Activos. Las supervisiones in situ y extra situ se llevan adelante con la participación de inspectores del organismo, con formación en derecho y ciencias económicas, especializados en lavado de activos y delitos económicos complejos.
Todo ello poniendo especial énfasis en los sistemas de monitoreo de las operaciones, las políticas de prevención de LA/FT, las pautas de identificación y conocimiento del cliente, la debida identificación de las estructuras societarias y de los beneficiarios finales, los criterios de reporte e identificación de operaciones inusuales o sospechosas, entre otras.
Así, en lo que va del año 2021, ya se han realizado un total 118 inspecciones a lo largo del país, algunas de ellas con la participación de la CNV.
Entre las actividades de los Sujetos Obligados objeto de supervisión, se destacan: mercados de capitales; entidades financieras; empresas emisoras de cheque de viajeros u operadoras de tarjetas de crédito; compañías de seguros; escribanos públicos; fiduciarios; plataformas de financiamiento colectivo; empresas dedicadas a la exportación e importación y elaboración o industrialización de joyas o bienes con metales o piedras preciosas; asociaciones mutuales y cooperativas; personas jurídicas que reciben donaciones o aportes de terceros y clubes y entidades vinculadas con el fútbol.
En este sentido, la UIF continúa desarrollando nuevas inspecciones en el domicilio de la entidad inspeccionada acorde un cronograma previamente establecido.
Actualización de sanciones
Por otra parte, con el objetivo de continuar dotando de eficiencia y eficacia al sistema de prevención de lavado de activos y delitos económicos complejos, en el marco de la función preventiva y sancionatoria de la UIF, se ha elaborado y enviado al Congreso de la Nación un proyecto orientado a adecuar y actualizar el montos de las sanciones que ante infracciones comprobadas por el organismo, den lugar a la aplicación de multas a los sujetos obligos que las cometen.
Todo ello, conforme los lineamientos del Grupo de Acción Financiera Internacional a través de sus 40 Recomendaciones. En particular, la Recomendación 35 del GAFI, que insta a los países a asegurar la existencia de una gama de sanciones eficaces, proporcionales y disuasivas para quienes incumplan con los requisitos dispuestos en materia de prevención de LA/FT/DEC. Cabe destacar que lo propuesto se encuentra en sintonía con las mejores prácticas adoptadas por otros países, como el caso de México (Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita), Uruguay (Ley 19.574) y Paraguay (Ley 6497 con sus modificatorias).