Presidencia de la Nación

Nueva Resolución para el sector notarial

Se publicó hoy en el Boletín Oficial la Resolución UIF 242/2023, que, tras doce años sin modificaciones normativas destinadas a los escribanos públicos, establece nuevos lineamientos para la gestión de los riesgos de LA/FT y de cumplimiento mínimo que los sujetos obligados del sector deben adoptar y aplicar para gestionar, de acuerdo con sus políticas, procedimientos y controles, el riesgo de ser utilizados por terceros con objetivos criminales de LA/FT.


La normativa que reemplaza a la Resolución UIF 21/2011, tiene en cuenta los estándares internacionales, guías y pautas del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), así como la Guía sobre “Orientación para un enfoque basado en riesgos para profesionales jurídicos” (“Guidance for a Risk-Based Approach for Legal Professionals”), publicada en junio de 2019, que resume los elementos clave para la implementación de las Recomendaciones del Grupo y de un enfoque basado en riesgo por parte de los profesionales del derecho, entre los que se encuentran los notarios.

Asimismo, la norma contempla los resultados de las Evaluaciones Nacionales de Riesgos de LA y FT/FP aprobadas por los Decretos 653/22 y 652/22, respectivamente y los informes publicados por la UIF acerca de reportes de operaciones sospechosas (ROS) que realizan los sujetos obligados, el análisis de los Informes Técnicos de Autoevaluación de Riesgos y el análisis de los Informes Técnicos de los revisores externos independientes.

La Resolución UIF 242/2023 incorpora conceptos propios del enfoque basado en riesgo como la presentación del Informe Técnico de Autoevaluación de Riesgos y la incorporación de la Revisión Externa Independiente de sus sistemas preventivos o, en su defecto, de una auditoría llevada adelante por los Colegios profesionales de cada jurisdicción.

Por otro lado, añade la obligación de de realizar una debida diligencia continuada de los clientes habituales.

También prevé la obligación de efectuar Reportes Sistemáticos Anuales, además de los Reportes Sistemáticos Mensuales y agrega supuestos considerados de riesgo alto y señales de alertas orientativas que guían a los Sujetos Obligados para determinar cuándo corresponde efectuar un Reporte de Sospechosa.

Cabe destacar que para llevar adelante esta reglamentación se realizaron consultas y mantuvieron reuniones con el Consejo Federal del Notariado Argentino, entre ellos el Colegio de Escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de Santa Fe, de Salta y de Córdoba, cuyos aportes fueron evaluados y contemplados para la formulación de esta norma.

La nueva Resolución entrará en vigencia a partir de marzo de 2024 para permitir a los sujetos obligados readecuar y/o ajustar sus Sistemas de Prevención de LA/FT y sus políticas, procedimientos y controles internos.

La Resolución UIF 242/2023 comenzará a regir a partir del 1° de marzo de 2024, fecha en la que la Resolución UIF 21/2011 quedará derogada.

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