Acuerdos multilaterales ambientales y cooperación internacional
Argentina consagra, en su Constitución nacional, el derecho a vivir en un ambiente sano y suscribe a un conjunto de convenios multilaterales ambientales de carácter vinculante con rango constitucional. Por ello, la articulación entre los distintos niveles del Estado y el alcance de la normativa aplicable es indispensable para mejorar la gestión sobre el ambiente y garantizar ese derecho.
El Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes.
El Convenio de Minamata sobre el Mercurio
En cada uno de estos convenios el órgano decisor es la Conferencia de las Partes (COP), la cual está integrada por representantes de los países que lo conforman y en cada reunión se revisan las modificaciones, actualizaciones y enmiendas al texto. Durante el resto del año, especialistas y personal técnico trabajan en encuentros evaluando propuestas y documentos que sirven como insumo en las COP. Además, cada Estado miembro tiene la obligación de presentar informes periódicos de avance sobre la implementación de cada convenio. Estos informes son de público conocimiento y se encuentran disponibles en los portales oficiales de cada convención.
Para la implementación de estos convenios resulta de gran importancia fortalecer la cooperación entre los distintos órganos y entes descentralizados del Estado nacional, debido a que la gestión de sustancias y productos químicos es transversal. Para ello, en el año 2019 fue creada la Mesa Interministerial de Sustancias y Productos Químicos.
Por su parte, en el marco de la cooperación internacional y regional sobre la gestión de sustancias químicas y desechos, también existen otros acuerdos y plataformas donde Argentina participa activamente; estos son:
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el Enfoque Estratégico Internacional para el Manejo de Productos Químicos (SAICM),
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la Red Intergubernamental de Químicos y Desechos,
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el Subgrupo de Trabajo de Ambiente del Mercosur (SGT 6).
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