Presidencia de la Nación

Derechos de las personas con Certificado Único Oncopediátrico (CUOP)


Derecho a viajar gratuitamente

La Ley N° 27.674 y el Decreto N° 68/2023 establecen el derecho a viajar gratuitamente en los servicios de transporte controlados por el Estado Nacional para las personas que cuenten con Certificado Único Oncopediátrico (CUOP).


Razones asistenciales

La gratuidad se aplica a los traslados entre el domicilio de la persona beneficiaria y cualquier destino al que deba concurrir por razones familiares, médicas, educativas, laborales o de otra índole que favorezcan su integración social.

Documentación y requisitos


Solicitud y entrega de pasajes

Los pasajes son gratuitos y deben ser entregados por la empresa al momento de realizar la solicitud.

La gestión puede realizarse en las boleterías de las empresas de transporte.

La persona beneficiaria podrá solicitar asientos próximos a la puerta de ingreso.

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