Presidencia de la Nación

Municipios de Córdoba


Organización y autonomía

La Constitución Provincial reconoce la existencia de los municipios como comunidades naturales fundadas en la convivencia, asegurando su autonomía política, administrativa, económica, financiera e institucional.

Asimismo, la Ley 8.102 del Régimen de Municipios y Comunas establece que serán reconocidos como municipios las poblaciones estables que cuenten con más de dos mil habitantes, siendo que las que tengan más de diez mil serán ciudades. Aquellos asentamientos permanentes con hasta dos mil habitantes serán reconocidos como comunas.

Regionalización e integración

Desde el año 204, a partir de la sanción de la Ley Provincial 9206, la Provincia comenzó a implementar un proceso de regionalización que permite la integración de municipios y comunas dentro de un mismo Departamento o la pertenencia a más de una comunidad regional.


Buscador de municipios cordobeses

Scroll hacia arriba