Presidencia de la Nación

Ayuda escolar


Se abonará por única vez cada año por cada hijo escolarizado de 0 a 18 años que asista a una institución educativa inscripta en el Ministerio de Educación.

Documentación a presentar

Certificado de alumno regular del ciclo lectivo vigente, el plazo de presentación es hasta el 30 de diciembre de cada año, con los siguientes datos:

  • Apellido y nombre del titular del beneficio
  • Clase y número de beneficio
  • Número de documento del menor por quien percibe dicha asignación
  • Fecha de nacimiento del menor por quien percibe dicha asignación
  • Número de teléfono del titular beneficiario
  • Debe constar que se extiende a fin de ser presentado ante la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal.

El pago de la ayuda escolar anual se incluye con los haberes de marzo de cada año.

En caso de no presentarlo este Organismo procederá a efectuar el descuento correspondiente en los haberes de enero del año entrante.

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