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Productos de origen vegetal. Documento de tránsito vegetal electrónico (DTV-e)

Algunos productos vegetales deben utilizar para su traslado el documento de tránsito vegetal electrónico (DTV-e). Si querés enviar una carga con alguno de estos, tenés la obligación de emitir el correspondiente DTV-e. Del mismo modo, quien reciba la mercadería que envíes deberá cerrar el DTV-e que la acompaña.

Todas las gestiones relacionadas con el DTV-e se realizan por medio del SIGDTV (Sistema integrado de gestión del documento de tránsito vegetal), completamente por autogestión.

Gratuito En linea trabajo tránsito y transporte

Actualmente, el uso del DTV-e es obligatorio para los siguientes productos (en fresco, congelado, deshidratado, desecado, etc):

  • Berries (arándano, frambuesa).
  • Cítricos (bergamota, cidra, kumquat, lima, limón, mandarina, mineola, naranja, naranja amarga, quinoto, tangelo, tangor y pomelo).
  • Frutas tropicales (banana, carambola, chirimoya, granada, guayaba, falsa guayaba, kaki, litchi, mango, maracuyá, níspero, papaya —mamón— y pasionaria).
  • Frutales de pepita y carozo (cereza, ciruela, damasco, durazno, manzana, membrillo, nectarina —pelón— y pera).
  • Otras frutas (higo, kiwi, olivo, tuna, vid y palta —excepto var. Hass—).
  • Algunas hortalizas pesadas (ajo, batata, cebolla, papa y tubérculos indígenas).
  • Otras hortalizas (pimiento, pepino dulce, tomate de árbol —no se refiere a pepino ni a tomate común—).
  • Guinda y frutos secos (nuez, almendra, avellana, castaña, nuez de pecán), únicamente para egreso de región protegida patagónica.
  • Todo tipo de material de propagación, micropropagación y/o multiplicación vegetal (plantas, plantines, injertos, yemas, estacas, barbados, tubérculos, etc., a excepción de “semillas botánicas”).
  • Algodón (todos los productos y subproductos).

    Los productos vegetales que no figuran en este listado no llevan DTV-e. Deben contar, sin embargo, con remito, guía o documento equivalente, según indica la AFIP en su RG 1415/2003). Y si se planea ingresar con ellos a áreas protegidas, ya sea la Patagonia o los Oasis Centro y Sur de la provincia de Mendoza, es obligatorio generar en línea y presentar una Declaración jurada de ingreso de productos vegetales

¿A quién está dirigido?

Toda persona que envíe o reciba productos de origen vegetal que hagan tránsito federal, regional y local dentro de la República Argentina.

¿Qué necesito?

Acceso a internet.

Clave fiscal.

Estar debidamente registrado y tener la inscripción al día en el registro del Senasa que corresponda (de productores ─Renspa─, de viveros ─Renfo─, de empaques, de cámaras de frío, de mercados mayoristas, etc.).

Tener agregado como servicio en la AFIP el sistema SIGDTV.

Para conocer más acerca de los requisitos de la AFIP, ingresá aquí.

¿Cómo hago?

1

Se tramita por autogestión a través del sistema SIGDTV.

2

Emision
El DTV-e es una declaración jurada de quien envía la mercadería. Se emite por autogestión por medio del sistema SIGDTV. Excepcionalmente, puede emitirse en una oficina local del Senasa.

3

Vigencia
El DTV-e tiene un plazo de vigencia y no puede utilizarse una vez vencido. La fecha de vencimiento, asignada por el sistema en el momento de la emisión, figura en el documento.

4

Tránsito
El DTV-e deberá acompañar la carga en todo momento, desde que sale del establecimiento de procedencia hasta que llega a su destino. Todos los datos deben estar completos al momento de trasladar la mercadería y sin enmiendas de ninguna clase.

5

Cierre
Si sos destinatario o destinataria de la carga, tenés la obligación de cerrar el DTV-e en el plazo que corresponda. Para esto es necesario que tengas el código de cierre, que figura en el documento impreso.

Atención al Público

Para atención al público podés dirigirte a la oficina local del Senasa más cercana, o bien comunicarte con nosotros al Teléfono: (+54 - 11) 4121-5000 int. 6094 / 6993, correo electrónico: [email protected]

Podés comunicarte al WhatsApp federal del Senasa

¿Cuál es el costo del trámite?

Gratuito

El DTV-e es absolutamente gratuito. No obstante, por su intermedio, para algunos productos y en determinadas regiones, se percibe algún canon específico. Si el movimiento de productos vegetales que necesitás hacer está entre estos casos (por ejemplo, algunos movimientos de algodón, algunos egresos de frutas en el Noroeste y la Patagonia), consultá en la entidad regional correspondiente (Funbapa o Afinoa).

Vigencia

Información complementaria

Normativa
Resolución Senasa Nº 31/2015.
Resolución Senasa Nº 22/2016.
Resolución Senasa Nº 448/2016.
Resolución Senasa Nº 27/2019.
Resolución Conjunta AFIP/Senasa N° 4297/2018.
Disposición DNPV Nº 4/2013.
Disposición DNPV Nº 6/2016.
Disposición DNPV Nº 2/2017.
Disposición DNPV Nº 5/2017.
Disposición DNPV Nº 2/2018.
Disposición DNPV Nº 3/2018.
Disposición DNPV Nº 13/2018.
Disposición Conjunta DNPV/DNICA Nº 3/2018.
Disposición Conjunta DNPV/DNICA Nº 1/2021.

¿Cómo se puede constatar la autenticidad de un DTV-e?
Podés comprobar la autenticidad de un DTV-e utilizando el Código Único de Validación Electrónica (CUVE), que aparece impreso en el documento. También podés consultar en el sitio web del Senasa o llamando al 0800-999-7362.

¿Es necesario registrar un vehículo para el transporte de productos de origen vegetal?
No. El Senasa, a la fecha, no tiene un registro de vehículos destinados al transporte de productos de origen vegetal.

Información pública
Ahora podés acceder a la información pública que necesites a través de nuestro tablero dinámico. Para consultarlo hacé clic aquí.

Acceso al sistema SIGDTV
Al sistema SIGDTV se ingresa a través del sitio web de la AFIP, con CUIT y clave fiscal.



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