Presidencia de la Nación

Actualmente, el uso del DTV-e es obligatorio para los siguientes productos frescos:

  • Berries: Arándano, Frambuesa, Mora, Cassis, Zarzamora o Mora Arbustiva y otras especies del genero Rubus Comestibles Cítricos: Bergamota, Cidra, Quinoto o Kumquat, Lima, Lima dulce, Lima dulce de Túnez, Limonero dulce del Mediterráneo, Lima Mejicana, Lima Acida, Lima Key, Limón Sutil; Lima Tahiti o Lima de Persia; Lima dulce de Palestina, Limón, Mandarina, Naranja amarga, Naranja dulce, Tangelo o Mineola , Tangor y Pomelo.

  • Fruta No Citrica: Aceituna u Oliva Madura, Banana, Carambola, Cereza, Chirimoya, Ciruela, Damasco, Durazno ,Falsa guayaba ,Granada, Guayaba Guinda, Higo o Breva ,Kaki ,Kiwi ,Litchi ,Mango ,Manzana, Maracuyá Amarillo o Mbucuya, Pasionaria, Membrillo, Níspero, Papaya o Mamón, Pelón o Nectarina, Pera, Pera Asiática, Tuna, Uva fresca, Pitaya o Pitahaya o Fruta del Dragón

  • Fruta Exótica (hospederos de mosca de los frutos):
    Acerola,Babaco, Badea, Calamodín, Carambola, Durián o Durión, Falso Guayabo, Feijoa o Guayabo del país, Granadilla, Guanábana, Guayaba, Litchi, Longan, Lúcuma, Mangostán o Mangosteen, Rambután, Tangelo, Tangor Uchuva, Uvilla o Capulí.

  • Hortalizas: Ají Picante, Ajo ,Batata ,Cebolla ,Chile, Locoto, Palta ,Papa ,Papa Andina ,Papa Lisa u Olluco ,Papa Mashua,Papa Oca , Pepino Dulce (no se refiere a pepino común),Pimiento ,Tomate de árbol (no se refiere a tomate común) ,Zapallo ,Zapallito ,Zanahoria, Zucchini

  • Guinda y frutos secos (nuez, almendra, avellana, castaña, nuez de pecán), únicamente para egreso de región protegida patagónica.


Se requerirá Dtv-e a los siguientes productos según su estado:

Deshidratado y desecado: Arándano, Cereza, Ciruela, Damasco, Durazno, Pelón, Higo, Kaki o Caqui, Manzana, Membrillo, Pera, Pera asiática, Uva pasa, Pimiento, Ají picante, Chile o Locoto y Tubérculos Andinos.

Congelado: Arándano, Frambuesa, Cassis, Mora y Zarzamora


Otros artículos reglamentados:

  • Todo tipo de material de propagación, micropropagación y/o multiplicación vegetal (plantas, plantines, injertos, yemas, estacas, barbados, tubérculos, etc., a excepción de “semillas botánicas”).

  • Algodón (todos los productos y subproductos).

  • Residuos de productos, subproductos o derivados de la producción vegetal que la maquinaria agrícola pudiera albergar, y/o el traslado de maquinaria cosechadora de vid desde las Áreas Bajo Supresión y de Baja Prevalencia hacia las Áreas Libres de la plaga Lobesia botrana, debe emitirse el DTV-e, con la intervención en origen por parte del personal del SENASA.

Los productos vegetales que no figuran en este listado no llevan DTV-e. Deben contar, sin embargo, con remito, guía o documento equivalente, según indica la AFIP en su RG 1415/2003). Y si se planea ingresar con ellos a áreas protegidas, ya sea la región patagónica, provincia de Mendoza o provincia de San Juan, es obligatorio generar en línea y presentar una Declaración jurada de ingreso de productos vegetales (según Resolución SENASA N° 11/2018).


¿A quién está dirigido?

Toda persona que envíe o reciba productos de origen vegetal que hagan tránsito federal, regional y local dentro de la República Argentina.

¿Qué necesito?

  • Acceso a internet.

  • Clave fiscal.

  • Estar debidamente registrado y tener la inscripción al día en el registro del Senasa que corresponda (de productores ─Renspa─, de viveros ─Renfo─, de empaques, de cámaras de frío, de mercados mayoristas, etc.).

  • Tener agregado como servicio en la AFIP el sistema SIGDTV.

¿Cómo hago?

  1. Se tramita por autogestión a través del sistema SIGDTV.

  2. Emision
    El DTV-e es una declaración jurada de quien envía la mercadería. Se emite por autogestión por medio del sistema SIGDTV. Excepcionalmente, puede emitirse en una oficina local del Senasa.

  3. Vigencia
    El DTV-e tiene un plazo de vigencia y no puede utilizarse una vez vencido. La fecha de vencimiento, asignada por el sistema en el momento de la emisión, figura en el documento.

  4. Tránsito
    El DTV-e deberá acompañar la carga en todo momento, desde que sale del establecimiento de procedencia hasta que llega a su destino. Todos los datos deben estar completos al momento de trasladar la mercadería y sin enmiendas de ninguna clase.

  5. Cierre
    Si sos destinatario o destinataria de la carga, tenés la obligación de cerrar el DTV-e en el plazo que corresponda. Para esto es necesario que tengas el código de cierre, que figura en el documento impreso.

¿Cuál es el costo?

Gratuito

Vigencia

Información complementaria

Accede a la Normativa

¿Cómo se puede constatar la autenticidad de un DTV-e?
Podés comprobar la autenticidad de un DTV-e utilizando el Código Único de Validación Electrónica (CUVE), que aparece impreso en el documento. También podés consultar en el sitio web del Senasa o llamando al 0800-999-7362.

¿Es necesario registrar un vehículo para el transporte de productos de origen vegetal?
No. El Senasa, a la fecha, no tiene un registro de vehículos destinados al transporte de productos de origen vegetal.

Información pública
Ahora podés acceder a la información pública que necesites a través de nuestro tablero dinámico. Para consultarlo hacé clic aquí.

Acceso al sistema SIGDTV
Al sistema SIGDTV se ingresa a través del sitio web de la AFIP, con CUIT y clave fiscal.

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