Presidencia de la Nación

Si tenés un establecimiento de productos apícolas, debés habilitarlo ante el Senasa.

¿A quién está dirigido?

Titulares de establecimientos de productos apícolas.

¿Qué necesito?

  • Nota del titular o apoderado de la empresa interesada, al señor Director Regional del Centro Regional del Senasa correspondiente a la localización geográfica del establecimiento, con los siguientes datos:

    1. Razón social.
    2. Número de CUIT.
    3. Domicilio industrial, teléfono y correo electrónico.
    4. Domicilio legal, teléfono y fax.
    5. Ubicación del establecimiento.
    6. Actividades a desarrollar.
    7. Anexar documentación técnica.
  • Documentación técnica:
    • Dos ejemplares del plano de planta en escala de 1:100, indicando las dependencias y ubicación de los equipos e instalaciones, sistemas de ventilación e iluminación, flujo de personas, materias primas y productos. El mismo podrá estar aprobado por profesional competente en los casos en que la ubicación catastral en su distrito así lo requiera o firmado por el responsable técnico del establecimiento.

    • Memoria descriptiva del proceso de extracción de miel, indicando la capacidad instalada, abastecimiento de materias primas, tratamientos físicos que se realicen y cualquier otra información adicional.

    • Memoria descriptiva de las condiciones edilicias o constructivas de planta, indicando los materiales de construcción y el revestimiento de las distintas dependencias.

    • Constancia de inscripción ante la AFIP. Fotocopia autenticada de la documentación que acredite propiedad, locación o comodato del establecimiento, certificada por Escribano Público, Juez de Paz o funcionario público actuante.

    • Fotocopia autenticada de los estatutos sociales (cuando se trate de persona jurídica) debidamente certificada por Escribano Público Nacional, Juez de Paz o funcionario público actuante.

    • Constancia o autorización de radicación/localización catastral otorgada por autoridad municipal o provincial, según corresponda.

    • Dos fotos del establecimiento. Una de la planta general del establecimiento y una con el detalle de la zona de extracción propiamente dicha o zona limpia.

    • Planos de desagües industriales, memoria descriptiva del proceso de evacuación de efluentes, o certificación de aprobación de efluentes, aprobados o habilitados por autoridad municipal, provincial o habilitados por autoridad municipal, provincial o nacional competente.

    • Análisis físico-químico y microbiológico de agua, con no más de 6 meses de emisión, otorgado por un organismo oficial o por un laboratorio de la red Oficial del Senasa.

    • Libro de Movimientos para su rubricación o indicación del uso de planillas computarizadas a los efectos de ser utilizado por el responsable de la sala, para registrar y mantener actualizados los datos correspondientes a la producción de miel y su destino. Para el último caso, las planillas deben archivarse foliadas y firmadas por el funcionario del Senasa actuante en los controles. Tanto el libro como las planillas deberán respetar el modelo incorporado como Anexo II de la Resolución SENASA Nº 186/2003.

    • Libro de Novedades o de Actas para su rubricación, a los efectos de ser utilizado por los inspectores en la fiscalización del establecimiento.

    • Constancia de pago del arancel por aprobación establecido por el Senasa o por los gobiernos provinciales en caso de corresponder.

¿Cómo hago?

  1. Presentá la documentación en los Centros Regionales o Ministerios de Producción Agropecuaria o similares de los Gobiernos Provinciales en las Provincias de Buenos Aires, Catamarca, Chaco, Córdoba, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, La Rioja, Mendoza, Misiones, Neuquén, Río Negro y Santiago del Estero.

  2. Aboná el arancel que corresponda, ver los Medios de pago habilitados – Senasa.

Dirección de Inocuidad y Calidad de Productos de Origen Animal

Av. Paseo Colón Nº 367, Piso 5° cfrente, C1063ACD, CABA.
Teléfono: (+54 - 11) 4121-5157 / 5163 / 5164.
Correo electrónico: [email protected]
Horario de atención:
Centros Regionales: lunes a viernes de 8 a 14.
Casa Central: lunes a viernes de 10 a 13 y de 14 a 17.
Gobiernos provinciales, solicitar información en las áreas autorizadas.
Podés comunicarte al WhatsApp federal del Senasa

Normativa:
Resolución Senasa Nº 870/2006

¿Cuál es el costo?

Aboná el arancel que corresponda, ver los Medios de pago habilitados – Senasa.

Consultá las Normativas relacionadas con los costos del trámite y las excepciones, si tu actividad está encuadrada a la Agricultura Familiar.

Información complementaria

Si tenés un trámite iniciado lo podés consultar de forma rápida y simple.
Estado de tu Expediente

Tu opinión es importante para nosotros. Podés completar esta breve encuesta.
Encuesta de Satisfacción Senasa.

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