Presidencia de la Nación

Embalajes de Madera


Los Embalajes de Madera y las Maderas de Soporte y/o Acomodación que se utilizan en el comercio internacional de mercaderías, representan un serio riesgo fitosanitario para el recurso forestal de los países, por ser un medio propicio de trasmisión de plagas de importancia cuarentenaria, debido a que en su construcción se utilizan maderas en bruto y de baja calidad.

Para la prevención de ello, la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF) estableció las directrices, a través de la Norma Internacional de Medidas Fitosanitarias Nº 15 (NIMF 15) que ha sido implementada por la mayoría de los países del mundo.

Control de Embalajes de Madera utilizados en la Importación
Con el objetivo de minimizar el riesgo de ingreso y dispersión de plagas desde terceros países, profesionales inspectores del Organismo realizan un control sanitario a los embalajes de madera y/o madera de acomodación que son utilizados en la importación de todo tipo de mercaderías. Las mismas se llevan a cabo en los puntos de ingreso al país cualquiera sea el medio de transporte comercial utilizado para tal fin.

Marco legal vigente
Argentina desde el año 2002, a través de la Res SENASA 19/02 procede a inspeccionar el estado sanitario de los embalajes de madera de importación y a partir del 2005 a través de la Res SAGPyA N° 685/05 exige el cumplimiento de la NIMF N°15.

La Resolución 314/2006 regulariza la utilización del formulario de Declaración Jurada de Embalajes de Madera de Importación.

La resolución 142/2014 y la 558/2014 regulan el cobro de aranceles y servicios requeridos al implementarse el Sistema Integrado de Gestión de embalajes de madera de importación (SIG Embalajes) en cada punto de ingreso.

Información para los usuarios
El despachante de aduana o agente de transporte aduanero, en representación del importador, deben informar a Senasa del ingreso de mercadería en embalajes de madera y/o madera de acomodación mediante la presentación de un formulario de Declaración Jurada. Luego de la inspección correspondiente por parte del Organismo, se autorizará el ingreso en el caso de dar cumplimiento a la normativa vigente. En caso contrario se indicara que debe realizarse un tratamiento fitosanitario a la madera para luego permitir el ingreso.

Senasa ha desarrollado el procedimiento informático denominado Sistema Integrado de Gestión de Embalajes de Madera de Importación (SIG Embalajes). Todo embalaje de madera que ingrese al país, debe ser declarado en SIGEmbalajes, el mismo se encuentra vinculado al Sistema María de la Dirección General de Aduana, de esta manera se realiza el trámite en forma informática total, minimizando los tiempos del trámite.

Actualización del Sistema Integrado de Gestión de Embalajes de Madera (Sig Embalajes) – Particulares de Importación (PI)
A partir del 27 de junio de 2016 las particulares de importación (PI) deberán ser tramitadas mediante el Sistema Integrado de Gestión de Embalajes de Madera (Sig Embalajes), siempre y cuando el importador sea distinto de AFIP y el Despachante distinto de DGA. Las autorizaciones de ingreso obtenidas serán informadas al Sistema Malvina, tal como ocurre con el resto de los subregimenes de importación. En el caso que el importador sea la AFIP y el Despachante la DGA, el formulario de Declaración Jurada de Embalajes de Madera debe tramitarse en formato papel siguiendo el procedimiento anterior a la implementación de este Sistema.

Para mayor información, llamar a Embalajes de Madera de Importación: (011) 4121-5192 o 4121-5025 o enviar un correo electrónico a: [email protected]

Ingresar al SIG Embalajes
Manual de usuario externo del SIGAD
Manual de adhesión y delegación de Servicios
Resolución Senasa 614/15
Resolución Senasa 614/15 - Listado de Inspectores - Embalajes de Madera de Importación
Manual de Usuario Externo SIG Embalajes

Embalajes de madera utilizados en la exportación de mercaderías
Con el objetivo de minimizar el riesgo de egreso de plagas hacia terceros países en cumplimiento de un compromiso internacional asumido por Argentina, los embalajes de madera y/o madera de acomodación que son utilizados en la exportación de todo tipo de mercaderías deben ser sometidos a un tratamiento cuarentenario que disminuye la probabilidad de transportar plagas forestales a través de ellos. Los embalajes con estas características son provistos por establecimientos enmarcados en tres figuras creadas para tal fin: Centros de Aplicación de Tratamientos a Embalajes de Madera, Madera de Soporte y/o Acomodación (CATEM); Hornos Secaderos Tradicionales de Madera (HOSETRAM) y Fábricas de Embalajes de Madera (FEM). Estos establecimientos son habilitados y fiscalizados por Senasa y, además, deben contar obligatoriamente con un profesional Responsable Técnico como mínimo capacitado por Senasa para certificar la correcta aplicación del tratamiento en cuestión.

Los embalajes de madera, madera de soporte y/o madera de acomodación, luego de someterse a un tratamiento mencionado, son identificados mediante una marca establecida en la Norma Internacional, que es reconocida por las Organizaciones Nacionales de Protección Fitosanitaria (ONPF) de los países importadores y que indica que se encuentran aptos para ser comercializados. En nuestro país esta marca es de uso exclusivo de los Centros habilitados por Senasa.

Marco legal vigente
Resolución SENASA Nº 199/2013 que reglamenta la NIMF 15 en nuestro país

Información para los usuarios
•El usuario interesado en instalar un establecimiento de tratamiento cuarentenario de estas características para la madera utilizada en el acondicionamiento de mercadería destinada a la exportación debe adecuarse a la normativa vigente y presentar la documentación correspondiente en la oficina de Senasa más cercana. Asimismo, en el Registro Nacional de Profesionales Responsables Técnicos encontrara información sobre los profesionales habilitados para ejercer en estos establecimientos.
•El usuario que desee adquirir embalajes de madera aptos para la exportación debe contactarse con algún establecimiento habilitado para tal fin. En el Registro Nacional de Centros de Aplicación de Tratamiento de Embalajes de Madera, Maderas de Soporte y/o Acomodación se encuentran todos los establecimientos del país habilitados para la aplicación del tratamiento.
•El usuario que quiera desempeñar funciones como Responsable Técnico debe realizar el curso destinado para ello brindado por el Organismo y cumplimentar con la documentación correspondiente descripta en la normativa vigente. De esta manera formara parte del Registro Nacional de Profesionales Responsables Técnicos. Posteriormente, y para seguir formando parte del Registro, deberá realizar los cursos de actualización también brindados por el Organismo.

Para mayor información, contactarse con la Oficina de Senasa más cercana, comunicarse con la Coordinación de Sanidad Forestal(011) 4121-6908 o enviar un correo electrónico a [email protected]

Registro Nacional de CATEM, FEM y HOSETRAM habilitados
Listado de Responsables Técnicos 2023

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