Presidencia de la Nación

Requisitos


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Los requisitos de inscripción y de permanencia son excluyentes.

De inscripción

De acuerdo con el artículo 12 del Reglamento General, los requisitos para solicitar una beca son:

  • Encontrarse en situación de actividad en alguno de los Cuerpos Policiales o Fuerzas de Seguridad dependientes del Ministerio de Seguridad de la Nación.
  • Tener una antigüedad en la institución de pertenencia no menor a DOS (2) años. El incumplimiento de este requisito, no obstará a la inclusión del postulante en la nómina que cada una de las Fuerzas de Seguridad remitirán a la Subsecretaría de Planeamiento y Formación. El comité de Adjudicación podrá, en forma fundada, incluir al postulante en el orden de mérito que hace referencia el artículo 18 de este Reglamento.
  • Contar con el aval del superior directo del interesado, en los términos previstos por el Subanexo A “Constancia de aval del Superior Directo de Postulantes al Plan de Becas de Posgrado del Ministerio de Seguridad” que forma parte integrante del presenta Reglamento General.
  • Cumplir con los requisitos académicos definidos por la Institución Educativa que dicte el posgrado al cual se postula.
  • Cumplir con los requisitos definidos por la Subsecretaría de Planeamiento y Formación para cada convocatoria.

Además, los interesados no deberán encontrarse en ninguna de las siguientes situaciones de acuerdo con el artículo 13 del Reglamento General:

  • Recibir una beca o beneficio similar otorgado por el Cuerpo Policial o Fuerza de Seguridad en la que el postulante presta servicios, o por otra persona jurídica pública o privada a consecuencia de su condición de miembro de alguna de dichas instituciones.
  • Haber sido beneficiario del PBPMS con anterioridad. El incumplimiento de este requisito, no obstará a la inclusión del postulante en la nómina que cada una de las Fuerzas de Seguridad remitirán a La Subsecretaría de Planeamiento y Formación. El comité de Adjudicación podrá, en forma fundada, incluir al postulante en el orden de mérito que hace referencia el artículo 18 de este Reglamento.
  • Encontrarse en situación de disponibilidad o haber iniciado el trámite de retiro.
  • Estar siendo investigado administrativamente por la falta grave que pudiera dar lugar a la sanción de cesantía o la baja en cualquiera de sus formas.
  • Encontrarse procesando en causa judicial, excepto por delitos culposos.

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De permanencia

Según el artículo 24 del Reglamento General de Becas de Posgrado, durante el período de asignación del beneficio los becarios deberán:

  • Presentar a la Subsecretaría de Planeamiento y Formación del Ministerio de Seguridad, en forma semestral, un certificado que acredite la condición de estudiante regular, de acuerdo a los requisitos y condiciones definidos por la Institución que dicte el posgrado,
  • Presentar a la Subsecretaría de Planeamiento y Formación del Ministerio de Seguridad, en forma semestral, una constancia de materias aprobadas expedida por la Institución que dicte el posgrado,
  • Presentar a la Subsecretaría de Planeamiento y Formación del Ministerio de Seguridad, en forma semestral, un certificado emitido por el Cuerpo Policial o fuerza de Seguridad en el que preste servicios el becario, en donde conste que el becario no ha incurrido en ninguna de las situaciones previstas en los incisos c), d) o e) del ARTÍCULO 13,
  • Presentar a la Subsecretaría de Planeamiento y Formación del Ministerio de Seguridad, un informe semestral que dé cuenta del avance académico de acuerdo al formato que oportunamente se estipule.

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