Presidencia de la Nación

CONTRATAR


En esta página

I- CONSULTAS GENERALES

II - CONSULTAS SOBRE EL USO DEL SISTEMA

II.I - Unidades Operativas de Contrataciones (UOC)

II.II - EMPRESAS

III - CONSULTAS LEGALES


1. ¿Qué es el CONTRATAR y cuáles son sus ventajas?

Es el Sistema de Gestión Electrónica para las Contrataciones de Obra Pública, Concesiones de Obra Pública y Servicios Públicos y Licencias, como medio para efectuar en forma electrónica todos los procedimientos de contratación y seguimiento de la ejecución de los mencionados contratos del Sector Público Nacional.

Ventajas:

  • Transparencia y difusión de los procesos de contratación.
  • Mecanismos de selección de constructores.
  • Acceso público y gratuito a través de internet.
  • Información actualizada y disponible en el portal.

Volver al índice

2. ¿Dónde se publican los procesos de contratación?

Los procesos de contratación gestionados a través de CONTRATAR se encuentran publicados en el sistema, identificados con su respectivo nombre y número. Pueden consultarse en Licitaciones de apertura próxima o mediante los filtros disponibles en la Búsqueda Avanzada.

Acceder al buscador de procesos en el siguiente LINK.

Volver al índice

3. ¿Cómo se accede a los Pliegos?

Para acceder a los pliegos se deberá ingresar al Sistema CONTRATAR y desde Licitaciones de apertura próxima podrá visualizar los procesos. Ingresando el número del proceso, podrá acceder al Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para las Contrataciones de Obras Públicas, el Pliego de Condiciones Particulares, el Pliego de Especificaciones Técnicas, el proyecto, la totalidad de planos y planillas, la memoria descriptiva, el cómputo y presupuesto oficial, las circulares y toda otra documentación. El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales podrá ser obtenido en forma gratuita mediante el acceso al sistema.

Volver al índice

4. ¿Cuáles son los requerimientos técnicos mínimos para acceder a CONTRATAR?

Los usuarios deberán utilizar un equipo informático que cuente con un navegador de internet (Chrome, Explorer, Firefox, Safari).

Volver al índice

5. ¿Es necesario que las Unidades Operativas de Contrataciones y empresas soliciten usuarios para operar en CONTRATAR?

Las Unidades Operativas de Contrataciones (UOC) para operar en CONTRATAR deberán contar con una cuenta de usuario y clave. Para ello, es necesario completar el formulario de “Alta, Baja y/o Modificación de cuentas de usuarios de la Administración Pública Nacional (APN)” y remitirlo a la Dirección Nacional de Contrataciones de Obra Pública, Registro de Constructores y Firmas Consultoras dependiente de la Oficina Nacional de Contrataciones.

Se podrá acceder al formulario desde el siguiente link.
ALTA DE USUARIOS

El usuario de la empresa constructora deberá ingresar en el sistema con su usuario y contraseña, la cual se le otorgará una vez completado el trámite de inscripción en el Registro Nacional de Constructores (RNC).

Volver al índice

6. ¿Cómo puedo participar de un Proceso Licitatorio?

Para participar de un proceso, es necesario ingresar con el usuario y contraseña asignados, buscar el proceso, adquirir el pliego y realizar la acción de “Participar en el proceso”. De esta manera, la empresa constructora puede realizar consultas, recibir circulares y cargar su propuesta.

Volver al índice

7. ¿Debo ingresar a CONTRATAR con el CUIT de la empresa?

No, se debe ingresar con el CUIL/CUIT de alguno de los Apoderados o Representantes Legales declarados. Cada Apoderado y/o Representante Legal tiene su usuario individual.

Volver al índice

8. Olvidé la contraseña, ¿qué debo hacer?

Ingresa en CONTRATAR con el CUIL/CUIT/Pasaporte de uno de los Representantes Legales y/o Apoderados declarados y, antes de ingresar la contraseña, te aparecerá la opción de recupero de contraseña.

Volver al índice

9. No funcionó el recupero de contraseña, ¿cómo procedo?

Ingresa a CONTRATAR en su página principal, dirígete a “Atención al usuario” y envía un ticket a la Mesa de Ayuda contando el inconveniente que estás experimentando e indicando los datos del Constructor/Consultor/Proveedor y del Representante Legal o Apoderado con el cual deseas ingresar, para que se pueda efectuar un blanqueo de clave.

Volver al índice

10. ¿Cuáles son los pasos que se deben realizar para crear un Proceso Licitatorio?

Para crear un proceso se debe comenzar con la creación del Proyecto de Obra, luego la Solicitud de Contratación a la que se adjunta el Proyecto y finalizar con la creación del Proceso de Contratación.

Volver al índice

11. ¿Se cuenta con manuales o instructivos para consultar el paso a paso del Proceso?

Sí, se cuenta con manuales por usuario y por modalidad que se podrán descargar para consultar el paso a paso y resolver todas las inquietudes que vayan surgiendo en el proceso.

Volver al índice

12. ¿Cuáles son los tipos de extensiones de archivos que se pueden utilizar para cargar los anexos en CONTRATAR?

Los tipos de extensiones que se pueden utilizar son:

  • .docx, .pdf (documentos de texto)
  • .jpg, .png (imágenes)
  • .xlsx (planillas de cálculo)
  • .dwg, .dxf (AUTOCAD - programa de diseño)

Volver al índice


II - CONSULTAS SOBRE EL USO DEL SISTEMA

II.I - Unidades Operativas de Contrataciones (UOC)

13. ¿Puedo vincular un Proyecto en más de una Solicitud?

No, debe vincularse un Proyecto por cada Solicitud.

Volver al índice

14. ¿Cómo puedo cambiar de estado vinculado a estado editable en un proyecto?

Una vez que un proyecto está vinculado a una Solicitud de Contratación ya no se podrá pasar a estado editable por parte del organismo. Solo se podrá generar una copia.

Volver al índice

15. ¿En qué momento del Proceso se puede realizar una subsanación?

Las subsanaciones podrán realizarse en dos etapas: en la etapa de evaluación, que la realiza el usuario con Rol Evaluador, y en la etapa de Adjudicación, el usuario con Rol de Gestor o Supervisor de Contratación.

Volver al índice

16. ¿Cómo se notifican las diferentes instancias del proceso de contratación?

Todas las notificaciones entre el Contratante y Comitente con los interesados, Proponentes, Adjudicatarios o Contratistas, se realizarán válidamente a través del sistema CONTRATAR, cuya dirección es: contratar.gob.ar, y se considerará al usuario notificado el día hábil siguiente al de su difusión.

Volver al índice

17. ¿Qué sucedería si una Licitación o Concurso resultara Desierto o Fracasado?

Se deberá efectuar un segundo llamado modificando los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares.

Volver al índice

18. ¿Por qué al momento de publicar el dictamen de evaluación del Proceso surge un error de comunicación y no se puede generar la publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina?

El error de comunicación puede producirse por los siguientes motivos:

  • Porque el usuario que está realizando la acción no posee rol de caratulador de Gestión Documental Electrónica (GDE), y para la generación de la publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina (BORA) se necesita de los mismos.
  • El expediente no se encuentra en el buzón de quien realiza la acción (verificar que el expediente esté en tramitación, no tenga actividades abiertas, no tenga expedientes en trámite en conjunto o fusión).

Volver al índice

19. ¿Cómo debo proceder si no se han sincronizado documentos entre la Gestión Documental Electrónica y el expediente principal?

La persona usuaria con el Rol Supervisor/Gestor deberá volver a “Ejecutar Tarea” en aquellas que hayan finalizado con error.

Volver al índice

20. ¿Puedo subir anexos en la circular aclaratoria?

No, la opción de cargar anexos solo aparece en las circulares modificatorias.

Volver al índice

II.II - EMPRESAS

21. ¿Cómo me entero de las próximas aperturas?

La Licitación Pública se anunciará en el Boletín Oficial de la República Argentina. No obstante, en el sistema CONTRATAR se encuentran publicados todos los procesos de contratación de próxima apertura. Por otra parte, en las Licitaciones Privadas el sistema cursa invitaciones a los constructores que hayan sido seleccionados por el organismo que ejecuta el proceso.

Volver al índice

22. ¿Cómo se desarrolla el acto de apertura de propuestas?

El acto de apertura de propuestas se efectúa a través de CONTRATAR, en el día y la hora establecidos en el cronograma del proceso de contratación al momento de publicar el llamado.

Volver al índice

23. ¿Quiénes podrán ofertar?

Podrán ofertar todas las empresas que se encuentren inscriptas en el Registro Nacional de Constructores y Firmas Consultoras de Obras Públicas (RNC), tengan o no aprobada la actualización de la documentación. Ante cualquier duda se podrán consultar las preguntas frecuentes del RNC.

Volver al índice

24. ¿Puedo modificar mi oferta?

Sí, puedes modificar y confirmar la oferta hasta el vencimiento del plazo para presentarla.

Volver al índice

25. ¿Quién puede confirmar la oferta de la empresa?

Solo puede confirmar la oferta de la empresa el usuario con el rol de Administrador Legitimado.

Volver al índice

26. ¿Qué sucede si el oferente carga su propuesta, pero no la confirma antes del acto de apertura?

Las ofertas que no sean ingresadas y confirmadas en CONTRATAR hasta el día y hora consignados para ello se tendrán como no presentadas, sin excepción.

Volver al índice

27. ¿Qué tipo de circulares forman parte de un proceso de contratación?

El Contratante podrá elaborar circulares aclaratorias o modificatorias al pliego de oficio, o como respuesta a consultas formuladas por los interesados debidamente registrados y autenticados como usuarios por el sistema CONTRATAR. Las circulares emitidas formarán parte de la Documentación Contractual.

Volver al índice

28. ¿Cuáles son los sitios en los que debo verificar si la Comisión Evaluadora publicó circulares?

Los interesados y oferentes deberán verificar en CONTRATAR y/o en los sitios web que se indiquen en la convocatoria si se han emitido circulares, no pudiendo alegar en modo alguno desconocimiento de las mismas ni excusarse de su aplicación y vigencia.

Volver al índice

29. ¿Si retiro mi propuesta, pierdo la Garantía de Mantenimiento de oferta?

Sí, el proponente que retire su propuesta durante el plazo de vigencia perderá la Garantía de Mantenimiento de oferta en concepto de penalidad por tal incumplimiento.

Volver al índice

30. ¿Cómo se perfecciona y notifica el documento contractual?

El documento contractual se perfecciona con la notificación mediante CONTRATAR al adjudicatario y la posterior firma del mismo. Además, la notificación se realizará mediante la difusión en el sistema y se comunicará mediante el envío de mensajería.

Volver al índice

31. ¿Qué pasa si no firmo el contrato?

Se podrá contratar la obra con el proponente que siga en orden de conveniencia, cuando los primeros retiraran las propuestas o no concurrieran a firmar el contrato.

Volver al índice

32. ¿Cómo puedo cargar una Nota de Pedido?

La funcionalidad de “Ejecución” no está habilitada en estos momentos, por lo que no se puede utilizar el módulo de carga “Nota de Pedido".

Volver al índice


III - CONSULTAS LEGALES

33. ¿Cuál es el Marco normativo del CONTRATAR?

Compendio Normativo

Acceder al siguiente LINK.

Leyes:

  • Ley Nacional de Obra Pública (LOP) - Ley N° 13.064
  • Concesión de Obra Pública - Ley N° 17.520

Decretos:

  • Oficina Nacional de Contrataciones como Órgano Rector del Sistema de Contrataciones de Obras Públicas y Concesiones de Obras Públicas - Decreto 1169/2018.
  • Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional - Decreto 1023/2001.
  • Implementación del Sistema de Gestión Electrónica para las Contrataciones de Obra Pública, Concesiones de Obra Pública y Servicios Públicos y Licencias, “CONTRATAR” - Decreto 1336/2016.

Disposiciones:

  • Reglamento de funcionamiento del Registro Nacional de Constructores y de Firmas Consultoras de Obras Públicas - Disposición N°16/2019.

Resoluciones:

  • Uso del Sistema de Gestión Electrónica para las Contrataciones de Obra Pública - Resolución N° 197-E/2017.

También podrán acceder a la normativa de Obra Pública en Infoleg.

Volver al índice

34. ¿Qué procedimientos de selección y modalidades de contratación se encuentran operativas en CONTRATAR?

De acuerdo con el Decreto Delegado 1023/2001, el Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional dispone de diversos procedimientos de selección de propuestas para adjudicar las contrataciones. Actualmente en CONTRATAR pueden realizarse contrataciones electrónicas a través de los procedimientos de selección establecidos en la Ley N° 13.064 de Obras Públicas: Licitación Pública, Licitación Privada y Contratación Directa.

Volver al índice

35. ¿Cómo se cuentan los plazos normativamente previstos?

Todos los plazos establecidos se computarán en días hábiles administrativos, salvo que en el Pliego de Condiciones Particulares se disponga expresamente lo contrario. El cómputo de los plazos se regirá por la fecha y hora oficial del sitio contratar.gob.ar. A los efectos del cómputo de plazos fijados en días hábiles, la presentación en un día inhábil se entiende realizada en la primera hora del día hábil siguiente.

Volver al índice

36. ¿Cuál es el plazo para comunicar las circulares aclaratorias y modificatorias en CONTRATAR?

Las circulares aclaratorias y modificatorias se comunicarán en CONTRATAR con tres (3) días como mínimo de anticipación a la fecha fijada para la presentación de ofertas.

Volver al índice

37. ¿Cómo me notifico del Dictamen de Preadjudicación?

Emitido el dictamen de preadjudicación por la Comisión Evaluadora, se realizarán las comunicaciones automáticas a todos los oferentes a través del sistema contratar.gob.ar, y se considerará al usuario notificado el día hábil siguiente al de su difusión.

Volver al índice

38. ¿Cuánto tiempo tengo para impugnar el Dictamen de Preadjudicación?

El dictamen de preadjudicación podrá ser impugnado por los proponentes dentro del plazo perentorio de tres (3) días a contar desde el día hábil siguiente al de su notificación a través del sistema CONTRATAR.

Volver al índice

39. ¿Cómo se presentan las garantías en CONTRATAR?

Las garantías deben ser cargadas en los formularios electrónicos disponibles en CONTRATAR, de acuerdo a lo estipulado en la normativa vigente. Además, deberá presentarse el documento de la garantía al contratante o comitente, de acuerdo con los plazos previstos, para quedar en estado “En Custodia”. Los datos consignados en el formulario electrónico deben coincidir con la documentación presentada.

Volver al índice

Activar: 
0
Template: 
caritas3
Scroll hacia arriba