Presidencia de la Nación

Privatizaciones Leyes Nros. 27.742 y 23.696


I- Preguntas Generales:

  1. ¿Cuál es el marco normativo para las privatizaciones?
  2. ¿Quién es la Autoridad de Aplicación en materia de privatizaciones?
  3. ¿Cuál es el rol de la Oficina Nacional de Contrataciones (ONC) en el marco de las privatizaciones?
  4. ¿Para qué tipo de procedimientos se utilizará el nuevo módulo “Privatizaciones Leyes Nros. 27.742 y 23.696” del Sistema CONTRAT.AR?
  5. ¿Cómo me entero de los procedimientos que se lleven a cabo?
  6. Si quiero participar de licitaciones o concursos públicos en el marco de las privatizaciones, gestionadas mediante el Sistema CONTRAT.AR, ¿debo previamente inscribirme?
  7. ¿Dónde me inscribo?
  8. Si ya me encuentro inscripto como usuario externo en el Sistema CONTRAT.AR, ¿debo volver a inscribirme?
  9. Si me encuentro inscripto como usuario externo del Módulo “Privatizaciones Leyes Nros 27.742 y 23.696”, ¿puedo participar de un procedimiento de selección para el otorgamiento de concesiones de obras e infraestructuras públicas y servicios públicos (Ley N° 17.520)?

1. ¿Cuál es el marco normativo para las privatizaciones?

El marco normativo para las privatizaciones está conformado por las Leyes Nros. 27.742 (v. Título II, Capítulo II) y 23.696, y sus modificatorias; los Decretos Nros. 695/2024 y 1105/89, y sus modificatorios; el Decreto N° 416/2025; la Disposición ONC N° 29/2025; y demás normativa aplicable a cada una de las modalidades por las que se materialicen las privatizaciones.

Volver al índice

2. ¿Quién es la Autoridad de Aplicación en materia de privatizaciones?

La Autoridad de Aplicación es el Ministro o Secretario de la Presidencia de la Nación en cuya jurisdicción se encuentre la empresa o sociedad sujeta a privatización.

Volver al índice

3. ¿Cuál es el rol de la Oficina Nacional de Contrataciones (ONC) en el marco de las privatizaciones?

La ONC administra el nuevo módulo del Sistema de Gestión Electrónica CONTRAT.AR, denominado “Privatizaciones Leyes Nros. 27.742 y 23.696”, como también el Sistema de Gestión Electrónica SUBAST.AR, integrado a COMPR.AR, a través de los cuales se realizarán los procedimientos tendientes a materializar las privatizaciones.

La ONC no es Órgano Rector, ni Órgano de Control ni Autoridad de Aplicación en materia de Privatizaciones.

Volver al índice

4. ¿Para qué tipo de procedimientos se utilizará el nuevo módulo “Privatizaciones Leyes Nros. 27.742 y 23.696” del Sistema CONTRAT.AR?

Este módulo permitirá realizar en forma electrónica los procedimientos de licitación o concurso público que se efectúen para materializar las privatizaciones mediante la venta de los activos de las empresas, venta o colocación de acciones, cuotas partes del capital social o, en su caso, de establecimientos o haciendas productivas en funcionamiento, locación o administración con o sin opción a compra, concesiones y licencias sujetas a regímenes específicos, y permisos.

Volver al índice

5. ¿Cómo me entero de los procedimientos que se lleven a cabo?

Las convocatorias de los procedimientos de selección serán difundidas en los Portales CONTRAT.AR https://contratar.gob.ar/ o COMPR.AR https://comprar.gob.ar/ -según corresponda-sin perjuicio de los demás medios de publicidad y difusión que se encuentren previstos en la normativa aplicable.

Volver al índice

6. Si quiero participar de licitaciones o concursos públicos en el marco de las privatizaciones, gestionadas mediante el Sistema CONTRAT.AR, ¿debo previamente inscribirme?

Sí, para participar de dichos procedimientos los interesados en participar deberán previamente inscribirse y validarse como usuario externo del Sistema CONTRAT.AR.

Volver al índice

7. ¿Dónde me inscribo?

Si Ud. quiere participar en procedimientos de selección para el otorgamiento de concesiones de obras e infraestructuras públicas y servicios públicos (Ley N° 17.520) en el marco de las privatizaciones, deberá inscribirse y validarse como usuario externo del Sistema CONTRAT.AR de conformidad con el trámite aprobado por la Disposición ONC N° 84/2024 y su modificatoria.

Si Ud. desea participar de cualquier otro procedimiento de selección para materializar las privatizaciones que se gestionen en el Sistema CONTRAT.AR, deberá inscribirse y validarse como usuarios externos del Módulo “Privatizaciones Leyes Nros. 27.742 y 23.696”, de conformidad con el trámite aprobado por la Disposición ONC N° 29/2025.

Volver al índice

8. Si ya me encuentro inscripto como usuario externo en el Sistema CONTRAT.AR, ¿debo volver a inscribirme?

Si Ud. se encuentra inscripto como Contratista de Obra Pública (Ley N° 13.064) y quiere participar de una licitación o concurso público para materializar las privatizaciones que se gestione en el Sistema CONTRAT.AR, deberá efectuar una nueva inscripción, ya sea como usuario del Módulo “Privatizaciones Leyes Nros. 27.742 y 23.696”, y seguir el trámite aprobado por la Disposición ONC N° 29/2025, o bien como Concesionario Ley N° 17.520, siguiendo el trámite aprobado por la Disposición N° 84/2024 y su modificatoria, según lo indicado en la respuesta a la pregunta N° 7.

Por su parte, quienes se encuentren inscriptos como Concesionarios Ley N° 17.520, conforme con el procedimiento aprobado por la Disposición ONC N° 84/2024, podrán participar de todos los procedimientos que se efectúen en el nuevo módulo del Sistema CONTRAT.AR., sin necesidad de realizar una nueva inscripción y validación.

Volver al índice

9. Si me encuentro inscripto como usuario externo del Módulo “Privatizaciones Leyes Nros 27.742 y 23.696”, ¿puedo participar de un procedimiento de selección para el otorgamiento de concesiones de obras e infraestructuras públicas y servicios públicos (Ley N° 17.520)?

No. En este caso debe inscribirse y validarse nuevamente como Concesionario Ley N° 17.520, de conformidad con el procedimiento aprobado por la Disposición ONC N° 84/2024 y su modificatoria.

Volver al índice


II- Trámite de inscripción y validación de los usuarios externos del Módulo “Privatizaciones Leyes Nros. 27.742 y 23.696” del Sistema Contrat.ar.

1. ¿Dónde se encuentra regulado el trámite de inscripción y validación de usuarios externos del Módulo “Privatizaciones Leyes Nros 27.742 y 23.696” del Sistema Contrat.ar?

Dicho trámite se encuentra regulado en la Disposición N° 29/2025 de la Oficina Nacional de Contrataciones, publicada en el Boletín Oficial el día 11 de agosto de 2025.

2. ¿Quién puede inscribirse?

Podrán inscribirse en el Módulo "Privatizaciones Leyes Nros. 27.742 y 23.696" las sociedades, la sucursal de una sociedad extranjera debidamente registrada en el país, los entes públicos, las cooperativas, mutuales, fundaciones y asociaciones, las sociedades extranjeras sin sucursal debidamente registrada en el país y, en su caso, los sujetos que se encuentren vinculados mediante contratos asociativos.

3. ¿Debe abonarse algún arancel de inscripción?

No. La inscripción es gratuita para todos los interesados.

4. ¿Cuál es el primer paso que deben seguir los interesados?

Los interesados deberán realizar la preinscripción como usuarios externos en el Módulo "Privatizaciones Leyes Nros. 27.742 y 23.696", a través del sitio de internet CONTRAT.AR (https://www.contratar.gob.ar), Botón “Soy Co-Contratante del Estado- Privatizaciones”, donde completarán la información requerida en el formulario de pre-inscripción pertinente y constituirán domicilio electrónico a todos los efectos legales.

En tal oportunidad, deberán declarar su Administrador Legitimado, siendo el único usuario facultado para realizar propuestas en nombre del cocontratante del Estado.

5. ¿Quién puede ser Administrador Legitimado?

Podrá ser Administrador Legitimado quien invoque y acredite el carácter de represente legal o apoderado del interesado, adjuntando a tal fin la correspondiente acta de designación de autoridades y/o poder general amplio de administración y disposición del que surjan facultades suficientes para obligar a la firma en procesos de selección convocados por organismos y entidades estatales.

6. ¿Cómo continúo el trámite?

Los interesados que hayan realizado la pre-inscripción, deberán acompañar la documentación respaldatoria que acredite dicha información conforme lo estipulado en el artículo 5° del Anexo I a la Disposición ONC N° 29/2025, ingresando a la plataforma de Tramitación a Distancia (TAD) https://tramitesadistancia.gob.ar/#/inicio, seleccionado el trámite de “Inscripción usuarios Privatizaciones Leyes Nros. 27.742 y 23.696” (https://tramitesadistancia.gob.ar/tramitesadistancia/detalle-tipo?id=6117).

7. ¿Quién puede enviar el trámite para la inscripción?

Sólo el/los usuario/s declarado/s en el formulario de preinscripción como Administrador/es Legitimado/s, o bien quien tuviera poder para actuar en su representación, podrán ingresar a la plataforma de Tramitación a Distancia (TAD) con su Clave Fiscal e ingresar y enviar la documentación respaldatoria.

8. ¿Qué documentación debo presentar?

La documentación exigida para los trámites de inscripción y validación como usuarios externos del Módulo “Privatizaciones Leyes Nros. 27.742 y 23.696” varía según el tipo de persona jurídica de que se trate, de conformidad con lo establecido en el citado artículo 5° del Anexo I a la Disposición ONC N° 29/2025. La documentación deberá ser ingresada en formato digital, debiendo ser legible, completa, y escaneada de su original.

La documentación proveniente del exterior deberá ser presentada con su debida apostilla o legalización por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, según corresponda.

Asimismo, en caso de estar redactada en idioma extranjero, la documentación deberá traducirse por traductor público nacional matriculado y legalizado por su respectivo Colegio o entidad profesional habilitada al efecto.

La información consignada y la documentación a ingresar revestirán carácter de Declaración Jurada, en los términos de los artículos 109 y 110 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1759/72 T.O. 2017 y modificatoria.

9. ¿Cómo realiza la ONC el procedimiento de revisión de la documentación?

La documentación presentada será cotejada con los datos ingresados por los interesados en el formulario de preinscripción. Si los datos se corresponden, se inscribirá y validará al interesado como usuario externo del Módulo “Privatizaciones Leyes Nros. 27.742 y 23.696”. Caso contrario, se notificará al interesado para que, en el plazo de DIEZ (10) días corridos, subsane los defectos de la presentación de la documentación suministrada.

10. ¿Qué sucede si no se da cumplimiento a las subsanaciones requeridas?

Si el interesado no da respuesta al pedido de subsanación dentro del plazo de DIEZ (10) días corridos de notificado, se archivará el expediente que se hubiera generado y el interesado deberá iniciar un nuevo trámite para gestionar la inscripción y validación como usuario externo del Módulo “Privatizaciones Leyes Nros. 27.742 y 23.696”.

De la misma forma se procederá para los casos de actualización de la información y de la documentación suministrada.

11. ¿Cómo identifico que mi trámite fue aprobado?

Una vez concluido el trámite de inscripción y validación como usuario externo del Módulo “Privatizaciones Leyes Nros. 27.742 y 23.696” del Sistema CONTRAT.AR, la ONC le comunicará vía TAD que el mismo ha finalizado exitosamente y que se encuentra habilitado para utilizar dicha plataforma.

Activar: 
0
Template: 
caritas3
Scroll hacia arriba