Presidencia de la Nación

Nuevo régimen informativo de inversiones

La Comisión Nacional de Valores (CNV) incorporó mediante la RG N° 1033, modificaciones al régimen informativo para residentes y no residentes.

La nueva normativa refiere al régimen informativo aplicable a los Agentes de Liquidación y Compensación (ALyCs) y Agentes de Negociación (AN) respecto de las inversiones de clientes con C.D.I. “Clave de Identificación” o C.I.E. “Clave de Inversores del Exterior”, y resulten titulares y/o cotitulares de subcuentas comitentes.

La nueva RG exige que los comitentes revisen, actualicen y mantengan actualizada la información de manera constante, y la debida diligencia de los Agentes, previo a dar curso a las órdenes y/o registrar operaciones en el ámbito de los Mercados autorizados por esta CNV.

Asimismo, se establece que a partir del 2 de enero de 2025 el Agente Depositario Central de Valores Negociables (ADCVN) deberá proceder al bloqueo de toda subcuenta comitente respecto de la cual se haya detectado inconsistencias, errores y/o faltantes en los datos identificatorios suministrados, incluido el C.U.I.T./ C.U.I.L., C.D.I. o C.I.E., permitiendo solamente la acreditación de acreencias en las subcuentas comitentes no afectadas.

Por otro lado, también se adecuó el régimen informativo de clientes no residentes aplicable a los Agentes de Administración de Productos de Inversión Colectiva (AAPIC) y a los Agentes de Colocación y Distribución Integral (ACDI), conforme a las disposiciones vigentes en el Régimen Informativo Permanente para dichos sujetos regulados.

Finalmente, las veinticinco (25) sociedades emisoras con mayor capitalización al cierre de cada mes calendario cuyos registros de accionistas no estén a cargo de un Agente Depositario Central de Valores Negociable (ADCVN) o de un Agente de Registro y Pago (ARYP), deberán remitir a esta Comisión el listado de accionistas residentes y no residentes, indicando país de residencia, y detalle de sus tenencias accionarias, conforme a su propio registro de accionistas.

RG 1033 (B.O. 04.12.24)

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