Simplificación integral de la normativa en materia de Prevención del Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (LA/FT/FP)
En el marco de la desregulación y simplificación normativa que la Comisión Nacional de Valores (CNV) viene impulsando -tal como se informó en el comunicado del día 3 de septiembre del 2025-, el Directorio dispuso, a través de la RG N°1139, la simplificación de la normativa en materia de Prevención de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (LA/FT/FP).
El presidente de la CNV, Roberto E. Silva, resalto que “continuamos a paso firme con el reordenamiento y la simplificación de las normas de la CNV”, y agregó que “hoy aprobamos esta RG que reordena integralmente el régimen de Prevención de LA/FT/FP, reduciendo cargas y trámites innecesarios, simplificando requerimientos de información y, al mismo tiempo, fortaleciendo los mecanismos de monitoreo y control alineados con estándares internacionales”.
La normativa aprobada en lo respectivo al régimen informativo reduce la cantidad de formularios de solicitud de información, pasando de 19 requerimientos a 10, lo que implica una reducción significativa de trámites, incorporando variables vinculadas con beneficiarios finales, segmentación de los clientes en base al riesgo, monitoreo de la operatoria, condición de persona expuesta políticamente.
Asimismo, en lo concerniente a las modalidades de pago -Recepción y entrega de fondos desde y hacia clientes- se elimina la posibilidad del uso de efectivo, a excepción del supuesto de adhesión al Régimen de Declaración Jurada Simplificada de Ganancias, con el alcance oportunamente definido mediante RG N°1108, y se incorpora la posibilidad de utilizar el cheque electrónico.
Por su parte, en lo relativo a los requisitos de idoneidad, integridad y solvencia, se incorporan precisiones respecto de la acreditación de los requisitos que deben cumplir quienes aspiren a obtener la inscripción en los registros que lleva la CNV.
Por último, se extiende a los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAVs) la obligación de dar cumplimiento con el Régimen Informativo, las mencionadas modalidades de pago y los requisitos, con el alcance determinado en la RG.