Resolución 539 / 2025
INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
PROGRAMA PARA LA DIFUSION DE PELICULAS NACIONALES TERMINADAS A NIVEL INTERNACIONAL
- Sanción:
- Publicada en el Boletín Oficial:
- Fecha: 20-08-2025
- Número:
- Boletín Oficial número: 35731
- Página:
- 132
Texto original de la norma
Ciudad de Buenos Aires, 19/08/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-82453909-APN-SGTYC#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (INCAA); la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias y los Decretos N° 1536 de fecha 28 de agosto de 2002 y N° 202 de fecha 28 de febrero de 2024, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1° de la Ley de Cine N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias establece que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES tendrá a su cargo el fomento y la regulación de la actividad cinematográfica en todo el territorio de la República Argentina y en el exterior, en lo referido a la cinematografía nacional, conforme las disposiciones allí establecidas.
Que el inciso e) del artículo 3° de la citada Ley establece como deber y atribución del Presidente del INCAA la administración del Fondo de Fomento Cinematográfico.
Que asimismo el inciso f) del artículo 24 de la Ley de Cine dispone que uno de los destinos del Fondo será “la promoción, en el país y en el exterior, de actividades que concurran a asegurar la mejor difusión, distribución y exhibición de las películas nacionales, tales como la realización de semanas del cine argentino, envío de delegaciones y campañas de publicidad u otras que contribuyan al fin indicado; financiar la comercialización de películas nacionales en el exterior.”.
Que la misión del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES es promover y regular la actividad audiovisual argentina, dirigiéndose a audiencias locales e internacionales, apoyando la innovación, la profesionalización y la calidad en cada etapa de la producción audiovisual, con el objetivo de fortalecer la industria como un sector competitivo, moderno y sustentable, que contribuya a la identidad cultural del país y expanda su presencia en mercados globales.
Que el respaldo a las películas nacionales para promover su presencia en festivales internacionales resulta esencial para consolidar una producción audiovisual autónoma, competitiva y de calidad en el contexto internacional, contribuyendo al fortalecimiento de la identidad cultural del país y al desarrollo del talento y la industria local.
Que en este marco corresponde definir pautas para el apoyo a películas nacionales que faciliten su participación en festivales internacionales.
Que para la confección del listado de festivales internacionales por los cuales se podrán solicitar las ayudas, se tomó como referencia la lista de Festivales Internacionales acreditados por la Federación Internacional de Asociaciones de Productores de Filmes (FIAPF), que certifica aquellos que cumplen con estándares de organización, calidad de contenido y relevancia dentro de la industria, entre los que se encuentra el Festival Internacional de Cine de Mar del Plata.
Que cada festival internacional realiza la selección de películas de manera independiente, lo que otorga transparencia y objetividad al otorgamiento de las ayudas por parte del INCAA a los proyectos o participantes por ellos seleccionados.
Que los organizadores de los festivales internacionales cubren parcialmente los gastos de los productores quedando el resto a cargo del participante.
Que para acceder a la ayuda económica los proyectos seleccionados deberán cumplir con los requisitos establecidos en el Anexo I de la presente resolución.
Que resulta oportuno establecer una unidad de cálculo para la determinación de los montos de las ayudas económicas y que el mismo permita actualizar los montos periódicamente.
Que deben fijarse pautas para la rendición de las ayudas que garanticen la transparencia y eficiencia en la utilización de los fondos.
Que la SUBGERENCIA FILM COMISSION, la COORDINACIÓN DE PLANIFICACIÓN E INVERSIONES, la GERENCIA DE POLÍTICAS PÚBLICAS, la GERENCIA GENERAL y la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, y por los Decretos N° 1536/2002 y N° 202/2024.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. - Crear el “Programa para la Difusión de Películas Nacionales Terminadas a Nivel Internacional”.
ARTÍCULO 2°. - Aprobar los requisitos para la solicitud de aplicación al programa, obrantes en el Anexo I identificado como IF-2025-86041071-APN-FC#INCAA, el cual forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°. - Aprobar el listado de Festivales del Anexo II identificado como IF-2025-85785963-APN-FC#INCAA, estableciéndose que la ayuda económica que reciba la película seleccionada será en carácter de reintegro, debiendo presentarse la documentación correspondiente para su rendición.
ARTÍCULO 4°. - Establecer que cada película podrá recibir hasta DOS (2) ayudas en total para participar en los festivales internacionales especificados en el Anexo II, el cual determina los topes máximos para cada uno de ellos.
ARTÍCULO 5°. - Establecer que para ser beneficiario de las ayudas económicas previstas en la presente, el solicitante deberá estar inscripto en el “Registro de Comités y Jurados” y no haber rechazado su participación al ser convocado en los últimos DOCE (12) meses.
ARTÍCULO 6°. - Establecer que, para el cálculo de la ayuda económica, se utilizará como valor de referencia el precio promedio de la entrada de cine vigente al inicio del evento audiovisual para el cual fue solicitada. Dicho valor de la entrada promedio (VEP) es determinado bimestralmente por la Subgerencia de Exhibición y Fiscalización del INCAA y publicado en la página web institucional.
ARTÍCULO 7°. - Facultar a la Gerencia de Políticas Públicas para suscribir la Disposición de otorgamiento de la ayuda económica en el marco de la presente resolución.
ARTÍCULO 8°. - Los gastos que demande el cumplimiento de la presente se imputarán a la partida presupuestaria correspondiente, sujeto a la disponibilidad presupuestaria del Organismo.
ARTÍCULO 9°. - La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 10°. - Regístrese, comuníquese, publíquese en la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Carlos Luis Pirovano
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
VISTO el Expediente N° EX-2025-82453909-APN-SGTYC#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (INCAA); la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias y los Decretos N° 1536 de fecha 28 de agosto de 2002 y N° 202 de fecha 28 de febrero de 2024, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1° de la Ley de Cine N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias establece que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES tendrá a su cargo el fomento y la regulación de la actividad cinematográfica en todo el territorio de la República Argentina y en el exterior, en lo referido a la cinematografía nacional, conforme las disposiciones allí establecidas.
Que el inciso e) del artículo 3° de la citada Ley establece como deber y atribución del Presidente del INCAA la administración del Fondo de Fomento Cinematográfico.
Que asimismo el inciso f) del artículo 24 de la Ley de Cine dispone que uno de los destinos del Fondo será “la promoción, en el país y en el exterior, de actividades que concurran a asegurar la mejor difusión, distribución y exhibición de las películas nacionales, tales como la realización de semanas del cine argentino, envío de delegaciones y campañas de publicidad u otras que contribuyan al fin indicado; financiar la comercialización de películas nacionales en el exterior.”.
Que la misión del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES es promover y regular la actividad audiovisual argentina, dirigiéndose a audiencias locales e internacionales, apoyando la innovación, la profesionalización y la calidad en cada etapa de la producción audiovisual, con el objetivo de fortalecer la industria como un sector competitivo, moderno y sustentable, que contribuya a la identidad cultural del país y expanda su presencia en mercados globales.
Que el respaldo a las películas nacionales para promover su presencia en festivales internacionales resulta esencial para consolidar una producción audiovisual autónoma, competitiva y de calidad en el contexto internacional, contribuyendo al fortalecimiento de la identidad cultural del país y al desarrollo del talento y la industria local.
Que en este marco corresponde definir pautas para el apoyo a películas nacionales que faciliten su participación en festivales internacionales.
Que para la confección del listado de festivales internacionales por los cuales se podrán solicitar las ayudas, se tomó como referencia la lista de Festivales Internacionales acreditados por la Federación Internacional de Asociaciones de Productores de Filmes (FIAPF), que certifica aquellos que cumplen con estándares de organización, calidad de contenido y relevancia dentro de la industria, entre los que se encuentra el Festival Internacional de Cine de Mar del Plata.
Que cada festival internacional realiza la selección de películas de manera independiente, lo que otorga transparencia y objetividad al otorgamiento de las ayudas por parte del INCAA a los proyectos o participantes por ellos seleccionados.
Que los organizadores de los festivales internacionales cubren parcialmente los gastos de los productores quedando el resto a cargo del participante.
Que para acceder a la ayuda económica los proyectos seleccionados deberán cumplir con los requisitos establecidos en el Anexo I de la presente resolución.
Que resulta oportuno establecer una unidad de cálculo para la determinación de los montos de las ayudas económicas y que el mismo permita actualizar los montos periódicamente.
Que deben fijarse pautas para la rendición de las ayudas que garanticen la transparencia y eficiencia en la utilización de los fondos.
Que la SUBGERENCIA FILM COMISSION, la COORDINACIÓN DE PLANIFICACIÓN E INVERSIONES, la GERENCIA DE POLÍTICAS PÚBLICAS, la GERENCIA GENERAL y la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, y por los Decretos N° 1536/2002 y N° 202/2024.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. - Crear el “Programa para la Difusión de Películas Nacionales Terminadas a Nivel Internacional”.
ARTÍCULO 2°. - Aprobar los requisitos para la solicitud de aplicación al programa, obrantes en el Anexo I identificado como IF-2025-86041071-APN-FC#INCAA, el cual forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°. - Aprobar el listado de Festivales del Anexo II identificado como IF-2025-85785963-APN-FC#INCAA, estableciéndose que la ayuda económica que reciba la película seleccionada será en carácter de reintegro, debiendo presentarse la documentación correspondiente para su rendición.
ARTÍCULO 4°. - Establecer que cada película podrá recibir hasta DOS (2) ayudas en total para participar en los festivales internacionales especificados en el Anexo II, el cual determina los topes máximos para cada uno de ellos.
ARTÍCULO 5°. - Establecer que para ser beneficiario de las ayudas económicas previstas en la presente, el solicitante deberá estar inscripto en el “Registro de Comités y Jurados” y no haber rechazado su participación al ser convocado en los últimos DOCE (12) meses.
ARTÍCULO 6°. - Establecer que, para el cálculo de la ayuda económica, se utilizará como valor de referencia el precio promedio de la entrada de cine vigente al inicio del evento audiovisual para el cual fue solicitada. Dicho valor de la entrada promedio (VEP) es determinado bimestralmente por la Subgerencia de Exhibición y Fiscalización del INCAA y publicado en la página web institucional.
ARTÍCULO 7°. - Facultar a la Gerencia de Políticas Públicas para suscribir la Disposición de otorgamiento de la ayuda económica en el marco de la presente resolución.
ARTÍCULO 8°. - Los gastos que demande el cumplimiento de la presente se imputarán a la partida presupuestaria correspondiente, sujeto a la disponibilidad presupuestaria del Organismo.
ARTÍCULO 9°. - La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 10°. - Regístrese, comuníquese, publíquese en la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Carlos Luis Pirovano
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 20/08/2025 N° 59631/25 v. 20/08/2025

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)
ANEXO I
Requisitos para la obtención de la ayuda económica por parte del Instituto
Solicitud: La solicitud deberá ser presentada por el productor argentino de la película seleccionada por un festival internacional, acompañada de la documentación que acredite dicha selección y siempre que se trate de uno de los eventos incluidos en el ANEXO II. Esta gestión deberá tramitarse a través de la plataforma INCAA en Línea, conforme a las condiciones y plazos allí establecidos.
A través de dicha plataforma, el productor deberá cargar la información requerida sobre la película (título, director, productor, festival, sección en la que participará o competirá, fecha del evento, etc.).
Asimismo, deberá adjuntarse una carta oficial de la organización del evento que indique detalladamente qué incluye la invitación, qué beneficios se otorgarán al invitado y en qué sección participará la película para la cual se solicita la ayuda económica.
Beneficiario: Podrá solicitar la ayuda el productor o la empresa productora de la película seleccionada por el festival internacional. En todos los casos, el beneficiario deberá ser argentino, ya sea una persona física o jurídica.
La ayuda económica estará destinado a:
- Películas que sean coproducciones internacionales mayoritarias argentinas.
- Películas que sean de participación argentina minoritaria dentro de la coproducción internacional, cuando el/la director/a sea de nacionalidad argentina.
- Si se trata de una coproducción minoritaria con director/a extranjero/a, la ayuda económica será proporcional al porcentaje argentino consignado en la Resolución que aprueba la coproducción.
Oportunidad de la solicitud: La ayuda económica deberá solicitarse hasta OCHO (8) días corridos antes del inicio del festival. Las solicitudes presentadas con posterioridad al comienzo del evento serán desestimadas.
En caso de que la cantidad de solicitudes supere el 'TOPE MÁXIMO' previsto para el festival correspondiente, el monto disponible se distribuirá de manera proporcional entre los solicitantes, sin distinción de la sección en la que haya sido seleccionada la película.
Autorización: La presentación de la solicitud implica la autorización al INCAA para utilizar fragmentos, fotogramas, material gráfico y otros recursos del proyecto con fines promocionales en eventos y mercados internacionales.
Unidad de cálculo: La unidad de medida para determinar las ayudas económicas será el Valor de la Entrada Promedio (VEP), establecido por la Subgerencia de Exhibición y Fiscalización conforme a la normativa vigente.
Destino de la la ayuda económica: Las ayudas económicas otorgadas conforme al ANEXO II deberán destinarse exclusivamente a la adquisición de pasajes aéreos en clase económica, de ida y/o vuelta, para el beneficiario, productor, director/a, actores/actrices principales o secundarios, o cabezas de equipo de la película.
Rendición de cuentas: Para obtener el reintegro, el beneficiario deberá presentar, en un único documento en formato PDF a través de la plataforma INCAA en Línea, el ticket electrónico y los boarding passes correspondientes.
Los documentos originales deberán ser conservados por el beneficiario, ya que podrán ser requeridos por el INSTITUTO en caso de ser necesario.
Si transcurridos treinta (30) días corridos desde la finalización del evento no se hubiera efectuado la rendición, la solicitud será desestimada sin posibilidad de prórroga.


Requisitos para la obtención de la ayuda económica por parte del Instituto
Solicitud: La solicitud deberá ser presentada por el productor argentino de la película seleccionada por un festival internacional, acompañada de la documentación que acredite dicha selección y siempre que se trate de uno de los eventos incluidos en el ANEXO II. Esta gestión deberá tramitarse a través de la plataforma INCAA en Línea, conforme a las condiciones y plazos allí establecidos.
A través de dicha plataforma, el productor deberá cargar la información requerida sobre la película (título, director, productor, festival, sección en la que participará o competirá, fecha del evento, etc.).
Asimismo, deberá adjuntarse una carta oficial de la organización del evento que indique detalladamente qué incluye la invitación, qué beneficios se otorgarán al invitado y en qué sección participará la película para la cual se solicita la ayuda económica.
Beneficiario: Podrá solicitar la ayuda el productor o la empresa productora de la película seleccionada por el festival internacional. En todos los casos, el beneficiario deberá ser argentino, ya sea una persona física o jurídica.
La ayuda económica estará destinado a:
- Películas que sean coproducciones internacionales mayoritarias argentinas.
- Películas que sean de participación argentina minoritaria dentro de la coproducción internacional, cuando el/la director/a sea de nacionalidad argentina.
- Si se trata de una coproducción minoritaria con director/a extranjero/a, la ayuda económica será proporcional al porcentaje argentino consignado en la Resolución que aprueba la coproducción.
Oportunidad de la solicitud: La ayuda económica deberá solicitarse hasta OCHO (8) días corridos antes del inicio del festival. Las solicitudes presentadas con posterioridad al comienzo del evento serán desestimadas.
En caso de que la cantidad de solicitudes supere el 'TOPE MÁXIMO' previsto para el festival correspondiente, el monto disponible se distribuirá de manera proporcional entre los solicitantes, sin distinción de la sección en la que haya sido seleccionada la película.
Autorización: La presentación de la solicitud implica la autorización al INCAA para utilizar fragmentos, fotogramas, material gráfico y otros recursos del proyecto con fines promocionales en eventos y mercados internacionales.
Unidad de cálculo: La unidad de medida para determinar las ayudas económicas será el Valor de la Entrada Promedio (VEP), establecido por la Subgerencia de Exhibición y Fiscalización conforme a la normativa vigente.
Destino de la la ayuda económica: Las ayudas económicas otorgadas conforme al ANEXO II deberán destinarse exclusivamente a la adquisición de pasajes aéreos en clase económica, de ida y/o vuelta, para el beneficiario, productor, director/a, actores/actrices principales o secundarios, o cabezas de equipo de la película.
Rendición de cuentas: Para obtener el reintegro, el beneficiario deberá presentar, en un único documento en formato PDF a través de la plataforma INCAA en Línea, el ticket electrónico y los boarding passes correspondientes.
Los documentos originales deberán ser conservados por el beneficiario, ya que podrán ser requeridos por el INSTITUTO en caso de ser necesario.
Si transcurridos treinta (30) días corridos desde la finalización del evento no se hubiera efectuado la rendición, la solicitud será desestimada sin posibilidad de prórroga.
ANEXO II
FESTIVALES ACREDITADOS POR LA FIAPF (FEDERACIÓN INTERNACIONAL DE ASOCIACIONES DE PRODUCTORES DE FILMS)
Referencia: VEP Valor Entrada Promedio.
FESTIVALES COMPETITIVOS - Tope por festival: 3.500 VEP
1. Berlin International Film Festival
2. Cairo International Film Festival
3. Fajr International Film Festival
4. Festival de Cannes
5. Goa - International Film festival of India
6. Karlovy Vary International Film Festival
7. Locarno Film Festival
8. San Sebastian International Film Festival
9. Shanghai International Film Festival
10. Tallinn Black Nights International Film Festival
11. Tokyo International Film Festival
12. Venice International Film Festival
13. Warsaw Film Festival
Monto máximo de la ayuda por película
Largometraje competencia oficial: 350 VEP
Largometraje otras secciones: 200 VEP
Cortometraje competencia oficial: 250 VEP
Cortometraje otras secciones: 125 VEP
FESTIVALES ESPECIALIZADOS COMPETITIVOS - Tope por festival: 2.500 VEP
1. Antalya Golden Orange Film Festival
2. Bengaluru International Film Festival
3. Busan International Film Festival
4. Cinedays
5. Cinema Jove
6. Fantastic Fest
7. Festival de Cine Global Dominicano
8. Gijon International Film Festival
9. International Film Festival of Kerala
10. Eurasia International Film Festival
11. MAMI Mumbai Film
12. Kitzbühel Film Festival
13. Kolkata International Film Festival
14. Malaga Festival
15. Molodist - Kyiv International Film Festival
16. Mostra de Valencia - Cinema Del Mediterrani
17. Noir In Festival
18. Rome Film Fest
19. Sitges - International Fantastic Film Festival of Catalonia
20. Sydney Film Festival
21. Sofia International Film Festival
22. Torino Film Festival
23. Transilvania International Film Festival
Monto máximo de la ayuda por película
Largometraje competencia oficial: 250 VEP
Largometraje otras secciones: 125 VEP
Cortometraje competencia oficial: 180 VEP
Cortometraje otras secciones: 125 VEP
FESTIVALES NO COMPETITIVOS - Tope por festival: 2.500 VEP
1. Toronto International Film Festival
2. Vienna International Film Festival - Viennale
Monto máximo de la ayuda por película
Largometraje secciones oficiales: 300 VEP
Cortometraje secciones oficiales: 180 VEP
DOCUMENTARY AND SHORT FILM FESTIVALS - Tope por festival: 2.000 VEP
1. Clermont-Ferrand International Short Film Festival
2. Krakow International Film Festival
3. International Short Film Festival Oberhausen
4. Tampere Film Festival
5. Zinebi International Film Festival of Documentary and Short Film of Bilbao
Monto máximo de la ayuda por película
Largometraje competencia oficial: 250 VEP
Largometraje otras secciones: 125 VEP
Cortometraje competencia oficial: 180 VEP
Cortometraje otras secciones: 125 VEP
FESTIVALES ACREDITADOS POR LA FIAPF (FEDERACIÓN INTERNACIONAL DE ASOCIACIONES DE PRODUCTORES DE FILMS)
Referencia: VEP Valor Entrada Promedio.
FESTIVALES COMPETITIVOS - Tope por festival: 3.500 VEP
1. Berlin International Film Festival
2. Cairo International Film Festival
3. Fajr International Film Festival
4. Festival de Cannes
5. Goa - International Film festival of India
6. Karlovy Vary International Film Festival
7. Locarno Film Festival
8. San Sebastian International Film Festival
9. Shanghai International Film Festival
10. Tallinn Black Nights International Film Festival
11. Tokyo International Film Festival
12. Venice International Film Festival
13. Warsaw Film Festival
Monto máximo de la ayuda por película
Largometraje competencia oficial: 350 VEP
Largometraje otras secciones: 200 VEP
Cortometraje competencia oficial: 250 VEP
Cortometraje otras secciones: 125 VEP
FESTIVALES ESPECIALIZADOS COMPETITIVOS - Tope por festival: 2.500 VEP
1. Antalya Golden Orange Film Festival
2. Bengaluru International Film Festival
3. Busan International Film Festival
4. Cinedays
5. Cinema Jove
6. Fantastic Fest
7. Festival de Cine Global Dominicano
8. Gijon International Film Festival
9. International Film Festival of Kerala
10. Eurasia International Film Festival
11. MAMI Mumbai Film
12. Kitzbühel Film Festival
13. Kolkata International Film Festival
14. Malaga Festival
15. Molodist - Kyiv International Film Festival
16. Mostra de Valencia - Cinema Del Mediterrani
17. Noir In Festival
18. Rome Film Fest
19. Sitges - International Fantastic Film Festival of Catalonia
20. Sydney Film Festival
21. Sofia International Film Festival
22. Torino Film Festival
23. Transilvania International Film Festival
Monto máximo de la ayuda por película
Largometraje competencia oficial: 250 VEP
Largometraje otras secciones: 125 VEP
Cortometraje competencia oficial: 180 VEP
Cortometraje otras secciones: 125 VEP
FESTIVALES NO COMPETITIVOS - Tope por festival: 2.500 VEP
1. Toronto International Film Festival
2. Vienna International Film Festival - Viennale
Monto máximo de la ayuda por película
Largometraje secciones oficiales: 300 VEP
Cortometraje secciones oficiales: 180 VEP
DOCUMENTARY AND SHORT FILM FESTIVALS - Tope por festival: 2.000 VEP
1. Clermont-Ferrand International Short Film Festival
2. Krakow International Film Festival
3. International Short Film Festival Oberhausen
4. Tampere Film Festival
5. Zinebi International Film Festival of Documentary and Short Film of Bilbao
Monto máximo de la ayuda por película
Largometraje competencia oficial: 250 VEP
Largometraje otras secciones: 125 VEP
Cortometraje competencia oficial: 180 VEP
Cortometraje otras secciones: 125 VEP