Presidencia de la Nación

Consejo Asesor Externo


El Consejo Asesor Externo (CAE) del Plan Nacional de Adaptación y Mitigación fue creado por la ley nº 27.520 en su artículo 12. Se trata de un espacio de trabajo de carácter consultivo y permanente, cuya función es asistir y asesorar al Gabinete Nacional de la mencionada norma en la elaboración de políticas públicas relacionadas con el cumplimiento de la ley nacional, en particular aquellas referidas a dicho plan.

Para ello, el CAE realizará, a requerimiento de la Coordinación Técnica Administrativa, las recomendaciones o propuestas atinentes al Plan Nacional de Adaptación y Mitigación, como así también recomendaciones o propuestas adicionales sobre otros instrumentos y acciones de política climática nacional. Sus recomendaciones o propuestas son de consideración obligatoria para la labor del GNCC.

El Reglamento Interno de selección y funcionamiento del Consejo Asesor Externo, fue aprobado mediante la Resolución N° 1/2022 de la entonces Secretaría de Cambio Climático, Desarrollo Sostenible e Innovación. El mismo brinda mayor detalle respecto al funcionamiento de este espacio, la cantidad de miembros y responsables de selección, entre otras cosas.

Miembros y coordinación del Consejo Asesor Externo

La coordinación del CAE se encuentra bajo la órbita de la Coordinación Técnica Administrativa del GNCC.

Según la ley n° 27.520 y su decreto reglamentario n° 1030/2020, el CAE estará integrado por un máximo de veinte integrantes y deberá ser conformado de acuerdo a los principios de transparencia, balance de género, multidisciplinariedad, representación regional e idoneidad en la materia. A estos integrantes se los denomina consejeros.

La ley n.º 27.520 establece categorías para los consejeros:

a. Científicos, expertos e investigadores de reconocida trayectoria sobre los diversos aspectos interdisciplinarios del cambio climático.

b. Representantes de organizaciones ambientales, sindicatos, comunidades indígenas, universidades, entidades académicas y empresariales y centros de investigación públicos y privados con antecedentes académicos y científicos o con trayectoria en la materia.

c. Representantes de partidos políticos con representación parlamentaria.

El reglamento interno del CAE, en su capítulo III, detalla la cantidad de miembros por sector y determina que el responsable de selección es la Subsecretaria de Ambiente, que podrá coordinar con organismos gubernamentales de carácter nacional o entes representativos de los sectores:

4 representantes de la comunidad científica y/o centros de investigación.
4 representantes de organizaciones ambientales.
3 representantes de universidades y entidades académicas.
3 representantes de entidades empresariales.
2 representantes de partidos políticos.
2 representantes de sindicatos.
2 representantes de comunidades indígenas.

Los consejeros seleccionados tienen, entre otras funciones, el rol de garantizar la adecuada representación del resto de los miembros de su categoría.

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