Presidencia de la Nación

Programa Vouchers educativos

El programa de asistencia Vouchers educativos se creó para ayudar a las familias con hijos en instituciones educativas públicas de gestión privada con aporte estatal.

Resolución 61/2024 Ministerio de Capital Humano

Educación, ciencia y cultura


En esta página


Programa Vouchers educativos

Es una prestación temporaria para las familias que tienen hijos en instituciones educativas públicas de gestión privada con aporte estatal. Quedan incluidos los niveles inicial, primario y secundario.

Se trata de un apoyo temporal a las familias de menores recursos.

Se realiza mediante una convocatoria pública y abierta para que puedan inscribirse al Programa todos los interesados.

Volver al índice


Beneficiarios

Pueden participar del Programa Vouchers educativos las personas que ejerzan la responsabilidad parental de estudiantes de hasta 18 años de edad inclusive que asistan a instituciones educativas públicas de gestión privada.

La institución educativa debe tener el 75% de aporte estatal, como mínimo.

El ingreso familiar no puede ser mayor a 7 salarios mínimos vitales y móviles. Podes conocer el valor del salario mínimo acá.

Los titulares de la responsabilidad parental de los estudiantes deben tener las siguientes condiciones:

  • ser argentinos nativos o naturalizados o extranjeros con residencia legal en el país de 2 años como mínimo y tener DNI;

  • tener un ingreso familiar menor a 7 salarios mínimos, vitales y móviles cuando se verifique este requisito del ingreso familiar,

  • completar la encuesta solicitada en la plataforma VOUCHERS EDUCATIVOS.

Los estudiantes pueden tener hasta 18 años de edad, inclusive, cuando cierre la convocatoria del Programa. Los estudiantes deben ser alumnos regulares en la institución educativa donde asisten.

Volver al índice


Inscripción en el Programa

Los titulares de la responsabilidad parental (es decir, padre, madre, tutor) de los estudiantes son los que deben inscribirse.

La inscripción se hace con el CUIL de alguno de los titulares de la responsabilidad parental de los estudiantes. Solo uno de los titulares de la responsabilidad parental puede inscribir a los estudiantes.

Cuando se registre el CUIL del estudiante en el Programa, se rechazará cualquier inscripción posterior con ese mismo CUIL

El pedido de asistencia se realiza mediante el formulario de inscripción puesto a disposición en la plataforma VOUCHER EDUCATIVOS.

La información que ingresen en los formularios tiene carácter de declaración jurada.

La información personal de las personas que se inscriban al Programa tiene la protección de la Ley Nacional de Protección de Datos Personales.

Cuando una persona da información falsa, se puede impedir que tenga la asistencia del Programa y puede generar sanciones administrativas.

La persona que pida el beneficio puede modificar los datos hasta el momento en que se cierre y envíe el formulario de inscripción. Luego, queda inscrito como solicitante del Programa en las condiciones que declaro en el formulario.

Cuando el peticionario no cumple los requisitos del Programa se rechaza la inscripción.

Volver al índice


Prestación

La prestación del Programa Vouchers educativos es una suma de dinero determinada, no contributiva y mensual por cada hijo que va a una institución educativa.

El monto de la prestación es igual al 50% del valor de la cuota de jornada simple de cada nivel educativo informada por cada jurisdicción o estimada por la Secretaría de educación.

La prestación se da en 2 o 3 cuotas mensuales.

La prestación es personal y no se puede transferir a otra persona.

Volver al índice


Pago de la prestación

ANSES paga la prestación a los beneficiarios del Programa.

Se determina quién cobra la prestación según los siguientes criterios:

  • Si el estudiante tiene un solo responsable parental registrado en ANSES, éste será el titular.

  • Si hay dos responsables parentales registrados en ANSES para el estudiante, se sigue este orden:

    • La persona que vive con el estudiante, tenga o no tenga medio de pago registrado en ANSES. Si la persona no tiene un medio de pago registrado, ANSES informa la situación para que el postulante ingrese una CBU por la aplicación MI ANSES.

    • La madre, cuando las persona que ejercen la responsabilidad parental viven juntos y tienen un medio de pago registrado. Cuando sólo uno de ellos tiene un medio de pago registrado, esa persona es el titular.

  • Si el estudiante está bajo guarda o tutela:

    • Es titular quien esté a cargo del alumno, sin importar que tenga o no tenga medio de pago. Cuando no tiene medio de pago, ANSES informa la situación para que el postulante ingrese una CBU por la aplicación MI ANSES.

    • Es titular la persona que está a cargo de la guarda, cuando se registren dos tutores.

Volver al índice


Obligaciones de los beneficiarios

Las personas que pidan la asistencia del Programa Vouchers educativos deben cumplir las siguientes obligaciones:

  • Conocer y aceptar las condiciones del Programa, y comprometerse a cumplir las obligaciones que el Programa establece.

  • Mantener actualizados los datos personales y del grupo familiar registrados en la ANSES.

  • Renunciar al Programa desde la plataforma VOUCHERS EDUCATIVOS, cuando sea el caso.

Volver al índice


Evaluación y reclamos

Luego de la inscripción, para valorar el pedido se verifican 2 requisitos:

  • se evalúa que sea alumno regular.
    Las instituciones educativas verifican que los alumnos que estén inscriptos en el Programa sean alumnos regulares.

  • se evalúa el ingreso familiar.
    La ANSES hace la evaluación socioeconómica, según los ingresos del grupo familiar que existan en las bases de datos de la ANSES al momento de la inscripción.

Se tienen en cuenta:

  • las remuneraciones brutas de quienes ejerzan la responsabilidad parental y sean trabajadores en relación de dependencia registrados. No se consideran las horas extras, la asignación familiar por maternidad de cualquier tipo, el plus por zona desfavorable y el sueldo anual complementario;

  • las rentas de referencia de los trabajadores autónomos y monotributistas;

  • los haberes de jubilación y pensión;

  • el monto de la prestación por desempleo;

  • las sumas brutas originadas en prestaciones contributivas o no contributivas de cualquier índole.

Volver al índice


Resultados de la inscripción

Se publica el resultado de la inscripción en la plataforma del Programa VOUCHERS EDUCATIVOS.

Cada aspirante puede hacer el seguimiento y consultar el resultado de la inscripción mediante la plataforma del Programa.

Si se rechaza la inscripción el postulante puede acceder a la plataforma, con su usuario y contraseña, y ver el motivo del rechazo.

Volver al índice


Reclamos

Cuando se rechaza la solicitud por errores en la inscripción o porque las instituciones educativas no validaron los datos, el postulante puede hacer el reclamo mediante la plataforma del Programa.

El postulante puede hacer el reclamo dentro de los 5 días corridos posteriores a la fecha de publicación del resultado.

Volver al índice


Cese de la prestación

El pago de la prestación del Programa finaliza en los siguientes casos:

  • Por el vencimiento de la prestación del Programa.

  • Por renuncia del titular.

  • Por pérdida de la condición de alumno regular.

  • Por la muerte del estudiante.

La prestación termina desde que la Secretaría de Educación tiene conocimiento de la existencia de alguno de esos casos.

Se informa el cese mediante la plataforma del Programa.

Volver al índice


Texto completo de la norma

Resolución 61/2024 Ministerio de Capital Humano

Normas complementarias

Resolución 90/2024 Ministerio de Capital Humano

Más información

Secretaria de Educación


También puede interesarte: 

El contenido de Derecho Fácil tiene un carácter divulgativo, orientativo e informativo y no reemplaza la versión original de la ley. Puede tener como fuente una o varias normas y datos de sitios oficiales para complementar la información.


Scroll hacia arriba