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Convenciones matrimoniales

Las convenciones matrimoniales son acuerdos que podés hacer antes de casarte para definir cómo van a administrar y disponer de los bienes después de casarse.

Código Civil y Comercial

Familia y vivienda


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Convenciones matrimoniales

¿Qué son las convenciones matrimoniales?

Son acuerdos que pueden realizar los futuros cónyuges sobre los bienes.

Antes no estaban permitidas. A partir de la sanción del Código Civil y Comercial las parejas pueden decidir qué van a hacer con sus bienes en el matrimonio.

¿Cómo se hace una convención matrimonial?

Ante escribano, por escritura pública.

¿Cuándo podemos hacer una convención matrimonial?

Antes de casarse.

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Los bienes

¿Qué cuestiones podemos tratar en una convención matrimonial?

Pueden tratar:

  • Qué bienes llevan cada uno al matrimonio y su valor (inmuebles, automotores, etc.)

  • Qué deudas tienen.

  • Las donaciones que se hagan entre ustedes.

  • La opción del régimen patrimonial que elijan, es decir, si van a elegir:

    • el régimen de separación de bienes, donde cada uno mantiene la administración y disposición de sus propios bienes.

    • el régimen de comunidad, donde los bienes adquiridos por cualquiera de los 2 durante el matrimonio pertenecen a ambos.

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Modificaciones

¿Podemos realizar una convención matrimonial en otro momento?

Sí. Si no hicieron una convención antes de casarse pueden hacerla después, pero sólo para cambiar el régimen patrimonial de los bienes.

¿Se puede modificar la convención matrimonial?

Sí. Después de 1 año de matrimonio y, de ahí en más, 1 vez por año.

Si modifican la convención, sólo pueden cambiar el régimen patrimonial, es decir: pasar del régimen de comunidad de bienes al de separación de bienes o al revés.

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Texto completo de la norma

Código Civil y Comercial


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