Presidencia de la Nación

Tengo obra social o prepaga

Si tenés obra social o prepaga sabé cuál es la cobertura obligatoria y qué hacer si no cumplen con las prestaciones.

¿Qué cobertura tengo con una obra social?

La obra social tiene que darte, entre otras cosas:

  • atención médica;

  • atención odontológica;

  • internación;

  • rehabilitación;

  • plan materno infantil;

  • programas de prevención de cánceres femeninos;

  • salud mental;

  • salud sexual y reproductiva;

  • atención por HIV/SIDA;

  • cuidados paliativos;

  • hemodiálisis y diálisis;

  • prótesis;

  • tratamiento de adicciones;

  • tratamiento de enfermedades poco frecuentes;

  • medicamentos.

La cobertura mínima y obligatoria que tiene que darte la obra social está enumerada en el Programa Médico Obligatorio (PMO).
Para saber más sobre el PMO consultá el sitio de la Superintendencia de Servicios de Salud aquí.

Ley 23.660. Ley de obras sociales.

Resolución 201/2002 Ministerio de Salud. Plan Médico Obligatorio (PMO).

¿Si tengo obra social o prepaga pueden negarme la atención en un hospital público?

No. Los hospitales públicos no pueden negarte atención médica. Pero el hospital puede cobrarle a tu obra social o prepaga la atención que te dio.

Decreto 939/2000, Art. 5 y 8.

¿Qué hago si la obra social o prepaga no cumple con las prestaciones que tiene que darme?

Si la obra social no cumple con las prestaciones que tiene que darte podés hacer un reclamo en la obra social. Si es por una urgencia médica o corre riesgo tu vida, la obra social debe responderte el mismo día en que presentás el reclamo.

También podés recurrir a la Superintendencia de Servicios de Salud. Para hacer un reclamo ingresá aquí.

Además, podés buscar una solución judicial rápida a tu problema mediante la acción de amparo.

Resolución 75/1998 Superintendencia de Servicios de Salud.

Ley 16.986. Ley de amparo.

¿Cómo sé si los estudios que me pide el médico están cubiertos por la obra social?

Para saber si los estudios que te pide el médico te los cubre la obra social podés consultar el Programa Médico Obligatorio (PMO), que enumera todas las prácticas médicas que tienen cobertura.

Consultá el PMO en el sitio de la Superintendencia de Servicios de Salud aquí.
También podés pedir a la obra social una cartilla médica actualizada con todas las prestaciones y profesionales que pueden asistirte.

Resolución 201/2002 Ministerio de Salud. Plan Médico Obligatorio (PMO).

¿Si me jubilo puedo seguir teniendo la misma obra social?

Si te jubilás te corresponde el PAMI (Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados).

Si no deseas pertenecer al PAMI, cuando terminás el trámite jubilatorio podés elegir una obra social que esté inscripta en el registro de obras sociales que atienden a personas jubiladas y pensionadas.

Consultá el listado de obras sociales que atienden a personas jubiladas y pensionadas aquí.

Decreto 504/1998, Art. 9.

¿El médico de la obra social puede cobrarme?

El médico de la obra social solo puede cobrarte los coseguros que están en el Plan Médico Obligatorio (PMO). El coseguro es plata extra que tenés que pagar por un servicio médico.

Resolución Ministerio de Salud 201/2002.

¿Al afiliarme a una prepaga pueden negarme algunas prestaciones?

No pueden negarte cobertura para las prácticas incluidas en el Plan Médico Obligatorio (PMO), pero podés tener períodos de espera o carencia para las prácticas que no estén en el PMO. Esto tiene que estar explicado en el contrato que firmes.

Ley 26.682. Medicina prepaga, Art. 10.

Resolución 201/2002 Ministerio de Salud. Plan Médico Obligatorio (PMO).

¿La prepaga puede aumentarme la cuota porque soy una persona mayor?

La prepaga puede aumentarte la cuota si tenés más de 65 años, salvo que tengas una antigüedad mayor a 10 años como beneficiario.

Ley 26.682. Medicina prepaga, Art. 12.


El contenido de Derecho Fácil tiene un carácter divulgativo, orientativo e informativo y no reemplaza la versión original de la ley. Puede tener como fuente una o varias normas y datos de sitios oficiales para complementar la información

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