Presidencia de la Nación

Si sos adjudicatario de una contratación de la Administración Pública en la cual se aprobó un ACP y ya presentaste la garantía, debés informar el grado de avance de implementación del acuerdo a la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo.

Para esto, antes del 31 de marzo de cada año -según el período de vigencia del ACP- debés presentar el último reporte de las inversiones realizadas. Además, una vez finalizado el contrato, vas a tener un plazo de 30 días para presentar el reporte final de cumplimiento del ACP junto con la solicitud de liberación de la garantía.

La Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo va a acreditar el cumplimiento del acuerdo mediante el Certificado de Cooperación Productiva (CCP), cuyo monto podrá ser utilizado como crédito computable para futuros acuerdos en un plazo máximo de 2 años, contados a partir de la finalización del ACP que originó dicho crédito.

¿A quién está dirigido?

  • Proveedores de la Administración Pública Nacional o de una empresa o sociedad del Estado Nacional que tengan Acuerdos de Cooperación Productiva vigentes.

¿Qué necesito?

¿Cómo hago?

  1. Ingresá a TAD.

  2. Entrá al Expediente en el cual realizaste la constitución de garantía.

  3. Presentá el formulario correspondiente al reporte anual y la documentación respaldatoria del mismo.

  4. Vas a recibir una notificación por TAD acreditando el monto parcial ejecutado.

  5. Una vez concluido el contrato, tenés 30 días para ingresar nuevamente al expediente y presentar el último reporte consignando el cumplimiento del ACP.

  6. La Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo va a evaluar el reporte. Si el ACP se ha cumplido, va a expedir el Certificado de cooperación productiva final.

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