El objeto del trámite es evaluar si el rechazo de la denuncia del accidente y/o enfermedad profesional por parte de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) o el Empleador Autoasegurado (EA) es correcta.
¿A quién está dirigido?
A los trabajadores, o sus derechohabientes, que consideren que la contingencia es de carácter laboral, hayan realizado la denuncia del accidente de trabajo y/o de la enfermedad profesional y que la denuncia haya sido rechazada por la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) o el Empleador Autoasegurado (EA).
El plazo máximo para iniciar el trámite ante la Comisión Médica es de 2 años desde la fecha en que la ART/EA rechazó la denuncia de accidente laboral o enfermedad profesional.
¿Qué necesito?
-
ANEXO (FORMULARIO RESOLUCIÓN N° 5/26) (Obligatorio) - Completado por computadora y firmado por el trabajador y el abogado (Si actúa como apoderado, el formulario puede ser firmado sólo por el abogado). El formulario debe ser presentado con firma ológrafa y original del trabajador y el letrado.
Formulario Anexo II de la Resolución SRT Nº 5/26 para rechazo de un accidente de trabajo
Formulario Anexo III de la Resolución SRT Nº 5/26 para rechazo de una enfermedad profesional (Listada o no Listada). Se deberá presentar un formulario por cada enfermedad.
IMPORTANTE: En caso de que los espacios del formulario no resulten suficientes, incorporá una hoja aparte debidamente firmada con la información adicional.
Esta hoja adicional NO reemplaza ni sustituye al formulario y debe estar firmada por las mismas personas que firman el Formulario.
-
Escrito - Resolución SRT N° 899/17 (No obligatorio). Si lo presenta, deberá estar firmado por los mismos que firman el formulario.
-
Documentos del trabajador (Obligatorio) – Copia del DNI Anverso y reverso, legible y actualizado.
Los derechohabientes deberán, además, presentar acta de defunción y documentación que acredite identidad y el vínculo invocado de los pretensos derechohabientes.
-
Documentos del abogado (Patrocinante o Apoderado) - (Obligatorio) en el caso que el trámite se inicie en una Jurisdicción Adherida a la Ley 27.348.
- Credencial profesional de la jurisdicción y copia del DNI del letrado.
- Si actúa como apoderado, adjuntar la documentación que acredite tal carácter.
-
Documentación que funda la competencia de la comisión médica elegida (Obligatorio)
-
Si es por domicilio del DNI: copia del DNI del trabajador.
-
Si es por domicilio de efectiva prestación de servicios/donde presta tareas (domicilio donde trabaja): Certificado Res. SRT N° 698/17 o Res. SRT N° 11/18, según corresponda.
-
Si el domicilio donde habitualmente reporta (domicilio del empleador) Certificado Res. SRT N° 698/17 o Res. SRT N° 11/18, según corresponda.
-
-
Denuncia ante la ART / EA (No obligatorio).
-
Rechazo de la ART/EA (No obligatorio).
-
Estudios médicos / Historia clínica (Obligatorio) si en el ANEXO se marcan las opciones respectivas.
IMPORTANTE
- Toda la prueba debe ser acompañada al inicio del trámite (punto 19 del Anexo de la Resolución SRT 179/15 (sustituido por el artículo 1° de la Resolución SRT 5/26) y artículos 1°, 3° y 7° de la Resolución SRT 298/17.
- Recordá que en las provincias adheridas a la Ley 27.348 los trabajadores damnificados o sus derechohabientes deberán contar con representación letrada y acreditarla en el expediente. En caso de no contar con uno, podrás solicitarlo ingresando acá. Los honorarios profesionales del abogado estarán a cargo de la ART (Art. 37 Res. SRT 298/2017).
¿Cómo hago?
-
Reuní la documentación.
-
IniciÁ el trámite de forma presencial en la sede de la Comisión Médica correspondiente según la competencia elegida, presentando toda la documentación obligatoria.
IMPORTANTE: NO se podrá caratular el expediente en caso de que falte alguna documentación indicada como OBLIGATORIA.
Podés consultar que comisión médica te corresponde según el domicilio elegido.
IMPORTANTE: La comisión médica podrá disponer la necesidad de realizar examen físico o estudios complementarios.
IMPORTANTE:
Conoce qué debes hacer ante una Ausencia a citaciones de Comisiones Médicas
Te explicamos los pasos a seguir si sos citado a un Examen Físico o a un Estudio Médico Complementario o a una Audiencia Médica
Estos son los procedimientos ante los dictámenes y resoluciones de la Comisiones Médicas
¿Cuánto tiempo lleva?
.
¿Cuál es el costo?
Gratuito