Presidencia de la Nación

El objeto del trámite es evaluar si el rechazo de la denuncia del accidente y/o enfermedad profesional por parte de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) o el Empleador Autoasegurado (EA) es correcta.

¿A quién está dirigido?

A los trabajadores, o sus derechohabientes, que consideren que la contingencia es de carácter laboral, hayan realizado la denuncia del accidente de trabajo y/o de la enfermedad profesional y que la denuncia haya sido rechazada por la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) o el Empleador Autoasegurado (EA).

El plazo máximo para iniciar el trámite ante la Comisión Médica es de 2 años desde la fecha en que la ART/EA rechazó la denuncia de accidente laboral o enfermedad profesional.

¿Qué necesito?

  • ANEXO (FORMULARIO RESOLUCIÓN N° 5/26) (Obligatorio) - Completado por computadora y firmado por el trabajador y el abogado (Si actúa como apoderado, el formulario puede ser firmado sólo por el abogado). El formulario debe ser presentado con firma ológrafa y original del trabajador y el letrado.

    Formulario Anexo II de la Resolución SRT Nº 5/26 para rechazo de un accidente de trabajo

    Formulario Anexo III de la Resolución SRT Nº 5/26 para rechazo de una enfermedad profesional (Listada o no Listada). Se deberá presentar un formulario por cada enfermedad.

    IMPORTANTE: En caso de que los espacios del formulario no resulten suficientes, incorporá una hoja aparte debidamente firmada con la información adicional.

    Esta hoja adicional NO reemplaza ni sustituye al formulario y debe estar firmada por las mismas personas que firman el Formulario.

    Accedé al instructivo para la presentación de los formularios de la Resolución SRT 5/26. y la documentación que corresponde adjuntar.

  • Escrito - Resolución SRT N° 899/17 (No obligatorio). Si lo presenta, deberá estar firmado por los mismos que firman el formulario.

  • Documentos del trabajador (Obligatorio) – Copia del DNI Anverso y reverso, legible y actualizado.

    Los derechohabientes deberán, además, presentar acta de defunción y documentación que acredite identidad y el vínculo invocado de los pretensos derechohabientes.

  • Documentos del abogado (Patrocinante o Apoderado) - (Obligatorio) en el caso que el trámite se inicie en una Jurisdicción Adherida a la Ley 27.348.

    • Credencial profesional de la jurisdicción y copia del DNI del letrado.
    • Si actúa como apoderado, adjuntar la documentación que acredite tal carácter.
  • Documentación que funda la competencia de la comisión médica elegida (Obligatorio)

    • Si es por domicilio del DNI: copia del DNI del trabajador.

    • Si es por domicilio de efectiva prestación de servicios/donde presta tareas (domicilio donde trabaja): Certificado Res. SRT N° 698/17 o Res. SRT N° 11/18, según corresponda.

    • Si el domicilio donde habitualmente reporta (domicilio del empleador) Certificado Res. SRT N° 698/17 o Res. SRT N° 11/18, según corresponda.

  • Denuncia ante la ART / EA (No obligatorio).

  • Rechazo de la ART/EA (No obligatorio).

  • Estudios médicos / Historia clínica (Obligatorio) si en el ANEXO se marcan las opciones respectivas.

¿Cómo hago?

  1. Reuní la documentación.

  2. IniciÁ el trámite de forma presencial en la sede de la Comisión Médica correspondiente según la competencia elegida, presentando toda la documentación obligatoria.

    IMPORTANTE: NO se podrá caratular el expediente en caso de que falte alguna documentación indicada como OBLIGATORIA.

    Podés consultar que comisión médica te corresponde según el domicilio elegido.

    IMPORTANTE: La comisión médica podrá disponer la necesidad de realizar examen físico o estudios complementarios.

¿Cuánto tiempo lleva?

¿Cuál es el costo?

Gratuito

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