Presidencia de la Nación

Líneas aéreas de alta tensión


Si sos propietario de terrenos por donde pasa una Línea Aérea de Alta Tensión, respetá los siguientes aspectos del Anexo I de la Resolución ENRE N° 382/2015. Hacelo por tu propia seguridad y por la de tus vecinos.

Instalaciones y/o actividades prohibidas dentro de la franja establecida
  • Todo tipo de construcciones, instalaciones y/o montajes.
  • Campos deportivos y de esparcimiento en general.
  • Realizar movimientos de suelo que puedan poner en riesgo la estabilidad de las estructuras, dificulten las tareas de mantenimiento o disminuyan las distancias de seguridad a los conductores.
  • Plantar árboles o arbustos que, en su máximo estado de crecimiento, superen la altura de cuatro metros.
  • Quemar rastrojos, matorrales, cultivos y/o cualquier otro material en la franja de servidumbre y alrededores.
  • Manipular o trasvasar combustibles líquidos, gaseosos o volátiles inflamables.
  • Playas de estacionamiento de vehículos, cementerios, piletas de natación, lagos artificiales y basurales.
  • Voladuras de terrenos con explosivos.
  • Fumigación aérea.
  • Realizar actividades o acopiar materiales que reduzcan la distancia respecto de los conductores de la línea, u ocasionen fuego, explosiones, voladuras y demás riesgos contingentes.
  • Transitar con vehículos o equipos móviles cuya altura neta supere los 4,50 metros.

La Resolución ENRE N° 382/2015 está dirigida a los propietarios de las Línea Aérea de Alta Tensión y de los terrenos por donde éstas pasan. Sólo bajo la autorización escrita del titular de la servidumbre, se permite:

  • La instalación de sistemas de riego por aspersión.
  • El cruce de ductos de cualquier tipo y/o la instalación de otras líneas de alta, media o baja tensión siempre que se cumpla con la Resolución ENRE N° 37/2010.
  • El empleo de alambrados eléctricos o hilo de boyero.
Cambio del uso del suelo en Servidumbres Administrativas de Electroducto ya constituidas

Si un Municipio u organismo habilitado autoriza el cambio del uso del suelo en un predio con Servidumbre Administrativa de Electroducto ya constituida, por ejemplo de Rural a Urbano (barrios cerrados, clubes de campo, urbanizaciones), la propietaria de la Línea de Aérea de Alta Tensión debe verificar el cumplimiento de la normativa de seguridad pública vigente. En caso de incumplimiento, debe informar la nueva situación catastral al propietario del terreno y adecuar la LAAT a la norma. La concesionaria también informarle a la autoridad que dispuso el cambio de uso del suelo que deberá hacerse cargo del costo de adecuación.

Restricciones obligatorias para la zona cercana a la franja de seguridad

Donde exista peligro de caída de árboles o especies vegetales, mástiles, molinos, carteles, chimeneas de todo tipo, la línea aérea de alta tensión no debe pasar -respecto de los conductores declinados- a una distancia inferior a un metro para tensiones de entre 13,2 kV y 66 kV, a dos metros para tensiones de 132 kV, a tres metros para tensiones de 220 kV y a cuatro metros para tensiones de 500 kV.

Evitá invasiones en la zona de seguridad de la línea. Ante alguna detección, es tu obligación accionar inmediatamente.

Para denunciar anomalías o incidentes eléctricos que atentan contra la seguridad pública, por favor completá este formulario.

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