Acordadas y sentencias
Conforme con la Ley N° 26.856, cada organismo debe publicar íntegramente todas las acordadas y Resoluciones que dicte, el mismo día de su dictado. Mientras que las sentencias deberán ser publicadas una vez notificadas a todas las partes correspondientes. Las publicaciones deben estar siempre en formato digital y con acceso gratuito.
Este organismo no expide ni acordadas ni sentencias.
Información actualizada a noviembre 2025.