Presidencia de la Nación

Pagos


| Nuevas funcionalidades y mejoras

Pagos Red CUT por Transferencias Inmediatas vía BNA

Fecha: Febrero - Marzo 2023
Alcance: Administración Pública Nacional

Se realizó la habilitación del nuevo circuito de pago Red CUT (RC) por Transferencia inmediata a través de los servicios API de BNA, contemplando dos despliegues en el trimestre:

  • Febrero: SAF 350 - Ministerio de Trabajo (desplegado el 23/02/2023)
  • Marzo: 16 SAF AC (desplegados el 27/03/2023):

    • 305 Jefatura de Gabinete de Ministros
    • 311 Ministerio de Desarrollo Social
    • 322 Ministerio de Turismo y Deportes
    • 326 Policía Federal Argentina
    • 327 Ministerio de Transporte
    • 328 Secretaría de Energía
    • 330 Ministerio de Educación
    • 356 Obligaciones a Cargo del Tesoro
    • 363 Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca
    • 364 Ministerio de Obras Públicas
    • 370 Ministerio de Defensa
    • 374 Estado Mayor General del Ejército Argentino
    • 375 Gendarmería Nacional
    • 379 Estado Mayor General de la Armada Argentina
    • 380 Prefectura Naval Argentina
    • 381 Estado Mayor General de la Fuerza Aérea Argentina

El cronograma del proyecto se complementa con la habilitación de este circuito en los demás Organismos (AC / OD) de gestión CUT, a realizar en sucesivos despliegues a coordinar con TGN en el transcurso del 2do. trimestre de 2023.

Respecto a este nuevo circuito de pago desde la Cuenta Única del Tesoro (CUT), en este trimestre se introdujeron las siguientes mejoras y/o adecuaciones para la gestión y emisión de las transferencias realizadas desde la Tesorería General de la Nación (TGN):

  • Adecuación en las Transferencias Electrónicas de Pago (TEP) en estado "Pendiente" cuando fue aceptada en BNA y con el Red CUT acreditado en e-SIDIF.
  • Adecuación del impacto CUT al procesar el rechazo de una transferencia Inmediata.
  • Incorporación de una nueva opción para pasar una Transferencia Electrónica de Pago (TEP) en estado "Rechazada" por BNA a estado "Pendiente", con el fin de poder anularla o eventualmente enviarla en el mismo día, previa evaluación de TGN.
Actualización del Algoritmo del Pagador de Orden de Pago

Fecha: Marzo 2023
Alcance: Administración Pública Nacional

El 15 de marzo se realizaron las siguientes actualizaciones sobre el algoritmo para determinar el Pagador (SAF / TGN) de las Órdenes de Pago:

  • Se incrementó el monto límite a 6 millones para aquellas Órdenes de Pago Presupuestarias (PRE / C41), de Organismos de la Administración Central (AC), financiadas por la Cuenta Única del Tesoro (CUT) y de Fuente de Financiamiento 1.1, 1.5 o 2.2. De esta manera, en el caso que el importe de la Orden de Pago sea inferior al nuevo límite, el Pagador será SAF, de lo contrario será TGN.

  • Se incorporaron nuevas configuraciones en el algoritmo relacionadas a contratos especiales (Clase de Gasto SLD y Objeto del Gasto 1.8.7). En este caso se determinará Pagador SAF cuando la Orden de Pago sea presupuestaria (PRE / C41), de un Organismo de la Administración Central (AC), financiada por la Cuenta Única del Tesoro (CUT), de Fuente de Financiamiento 1.1, 1.5 o 2.2 y que contenga al menos un ítem con Inciso, Principal y Parcial igual a 1.8.7.
    Vale mencionar que la aplicación de esta nueva regla dependerá de los datos que contenga la Orden de Pago y de la configuración del algoritmo. De cumplir íntegramente con esta nueva configuración, el Pagador será el SAF. Sin embargo, si se cumple con otra configuración similar previa que tenga definido el algoritmo, se podría derivar Pagador TGN, como por ejemplo la detallada en el punto anterior, en el caso que el importe del comprobante sea igual o superior al nuevo límite establecido de los 6 millones, entre otras variables y/o condiciones que se presenten.

Adecuación de validación en la gestión de Nota de Pago

Fecha: Febrero 2023
Alcance: Administración Pública Nacional

En la gestión del Comprobante de Nota de Pago (NPG), se adecuó la siguiente validación: "Si la Moneda Origen es distinta que la Moneda Destino, la cotización indicada o calculada para esta última debe estar dentro de una tolerancia aceptable, tomando como referencia la cotización BNA (Precio de Venta) del día hábil anterior para la moneda en cuestión". Al respecto, esta validación seguirá vigente tal lo descripto cuando el Tipo de Cotización sea “Estimada” o “BNA”, mientras que no aplicará cuando sea “Pactada”.

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