Presidencia de la Nación

Preguntas frecuentes de Electrodependientes


¿Cuál es la Ley Nacional de Electrodependientes y de qué trata?

Es la Ley N° 27.351, que garantiza el suministro permanente y el componente eléctrico nacional gratuito de energía eléctrica a las personas electrodependientes. Sus normas complementarias son el Decreto 740/2017 (establece que el Ministerio de Economía será la autoridad de aplicación de la ley) y la Resolución 97/2021 ENRE (establece que las personas electrodependientes podrán solicitar al ENRE el financiamiento de obras de adecuación de las instalaciones eléctricas domiciliarias estrictamente necesarias).

El artículo 8° de la Ley establece que el Ministerio de Salud de la Nación, a través de sus organismos pertinentes, creará y tendrá a su cargo el Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud.

¿Quiénes son Electrodependientes?

Las personas electrodependientes por cuestiones de salud son las que necesitan un suministro de energía eléctrica constante y en niveles de tensión adecuados para el funcionamiento de su equipamiento médico a fin de evitar riesgos en su vida o su salud.

¿Por qué el trámite se inicia en el Ministerio Salud y se finaliza en el Ministerio de Economía?

El trámite se inicia en el Ministerio de Salud porque el artículo 8º de la Ley Nacional de Electrodependientes establece que el Ministerio de Salud de la Nación creará y tendrá a su cargo el Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud.

Luego, el trámite es enviado mediante Nota a la Secretaría de Energía dado que es la Autoridad de aplicación de la normativa. Dicho organismo verifica que la documentación del suministro eléctrico esté completa y pueda aplicarse el beneficio en el domicilio declarado. Si la documentación está completa y es correcta, la deriva al ente regulador de la energía eléctrica que corresponda a cada jurisdicción. Si se requiere documentación adicional o hay que subsanar la ya entregada, se comunica mediante los datos de contacto que se encuentran en el formulario de inscripción.

¿Cómo me inscribo en el Registro de Electrodependientes?

Para inscribirte en el RECS, debés ingresar a esta página y completar el trámite a través de TAD (Trámites a Distancia).

¿Qué vigencia tiene?

El Registro tiene una vigencia de 2 años. Una vez otorgado el beneficio, para mantenerlo podés solicitar la renovación siguiendo estas indicaciones dos meses antes del vencimiento.

Importante: Para las renovaciones es obligatoria la presentación de la factura de suministro eléctrico actualizada, la misma no puede superar los últimos tres meses.

Si no recordás la vigencia del beneficio, la podés consultar telefónicamente al 0800-222-0676 de lunes a viernes de 08 a 16 hs. con el número de DNI de la persona inscripta o escribir a [email protected] adjuntando el DNI de la persona electrodependiente.

¿Qué tengo que hacer si cambio de domicilio?

Para realizar el cambio de domicilio podés ingresar al siguiente trámite y seguir los pasos indicados. También podés enviar un correo electrónico a [email protected], donde se te brindará una respuesta personalizada, adjuntando copia del DNI de la persona inscripta y este formulario de cambio de domicilio.

¿Qué es la Fuente Alternativa de Energía (FAE)?

La FAE es la fuente alternativa de energía que se pone en funcionamiento ante un corte de suministro eléctrico en el domicilio de la persona electrodependiente. Podés solicitarla a tu empresa distribuidora de energía eléctrica. Si la empresa es Edenor o Edesur, podés seguir estas indicaciones para solicitarla.

Si mi distribuidora de energía eléctrica no es EDENOR o EDESUR, ¿cómo debo solicitar la FAE?

Para solicitar la fuente alternativa de energía tenés que comunicarte con el ente regulador de energía eléctrica de tu provincia o bien solicitarla a la distribuidora o cooperativa que suministra energía eléctrica en tu domicilio.

Si te piden certificado de electrodependencia, debés solicitarlo a la Secretaría de Energía al 0800-222-0676 (de lunes a viernes de 8 a 16 horas) o mediante correo electrónico a [email protected], adjuntando la declaración jurada y el DNI de la persona electrodependiente.

¿Qué tipo de consultas sobre mi trámite debo hacer al Ministerio de Salud y cuáles al Ministerio de Economía?

En el Ministerio de Salud podés:

  • Consultar el estado de la inscripción al RECS.
  • Consultar sobre la documentación requerida para el inicio del trámite.
  • Consultar especificaciones técnicas sobre equipamiento médico.
  • Conocer los procedimientos administrativos relacionados al expediente de inicio del trámite.
  • Solicitar copia de la disposición.

Podés comunicarte con el Ministerio de Salud al teléfono 011 5365-8340, de lunes a viernes de 10 a 16 hs o llamando a la línea 0800 Salud Responde al 0810-222-1002 opción 9 / correo electrónico: [email protected]

En el Ministerio de Economía podés:

  • Consultar el estado del beneficio de gratuidad del servicio eléctrico.
  • Solicitar una Fuente Alternativa de Energía.
  • Reclamar corte de suministro eléctrico en tu domicilio.
  • Reclamar facturación incorrecta o consultas relacionadas al medidor de tu domicilio.
  • Solicitar certificado de electrodependencia.
  • Consultar sobre el descuento en la tarifa de gas para quienes residan en Zonas Frías.
  • Actualizar datos de contacto en el formulario y cambio de domicilio. También, podés hacerlo completando este trámite.

Podés comunicarte al 0800-222-0676, de lunes a viernes de 8 a 16 hs, indicando el DNI de la persona inscripta o enviando un correo electrónico a [email protected], adjuntando copia del DNI y de la factura del suministro eléctrico de la persona inscripta.

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