Presidencia de la Nación


Programa Nacional de Sanidad de Material de Propagación Vegetal (MPV)

El término material de propagación se asocia familiarmente al de viveros, que pueden considerarse el primer eslabón de toda la cadena productiva. Privilegiamos su sanidad para evitar problemas fitosanitarios en el origen y el posterior compromiso en la producción, tanto para consumo interno como para la exportación.

A través de la Resolución Senasa 203/12 se crea el Programa Nacional de Sanidad de Material de Propagación, Micropropagación y/o Multiplicación Vegetal dependiente de la Dirección Nacional de Protección Vegetal (DNPV) del Senasa.

Tiene como finalidad asegurar la condición fitosanitaria del eslabón producción de material vegetal de propagación y multiplicación en viveros, de acuerdo a las normas establecidas por la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF), de la cual Argentina es parte.

La Resolucion Senasa 1678/2019, establece los lineamientos generales para la actividad del sector viverista. Además, especifica los requisitos particulares de las plantas y/o partes a producir, en función del riesgo sanitario asociado.

El Programa Nacional gestiona el Registro Nacional Fitosanitario de Operadores de material de propagación, micropropagación y/o multiplicación vegetal (RENFO) instaura la figura del responsable técnico de viveros y establece el listado de especies priorizadas según riesgo fitosanitario. En esta misma línea de trabajo, se implementa el uso del Documento de Tránsito Vegetal electrónico (DTV-e), para el tránsito de plantas y sus partes en todo el territorio nacional. (Resolución Senasa 27/2019).

Listado de especies priorizadas

El Programa Nacional de Sanidad de Material de Propagación tiene alcance nacional y funciona activamente en los siete Centros Regionales del Senasa.


Trámites relacionados:

Inscripción, reinscripción y baja de viveros (RENFO)
Solicitar Documento de Tránsito Vegetal electrónico (DTV-e)

Información de interés:

Listado de Responsables Técnicos habilitados - Diciembre 2023
Listado de viveros habilitados Enero 2024

Curso de Responsables Técnicos de viveros
Los responsables técnicos (de cualquier categoría) para ser y permanecer habilitados deberán cumplimentar una capacitación de habilitación y realizar un curso de actualización cada 2 (dos) años según estipula el artículo 24 de la Resolucion Senasa 1678/2019. Ambos cursos son brindados a través de la AVS (aula virtual Senasa) por el Programa Nacional sanidad de material propagación vegetal "Viveros".

Consultá por correo electrónico los cursos disponibles.

¿Cómo inscribirse?


Facilitación para productores y productoras de materiales de Propagación Vegetal de la Agricultura Familiar, Campesina e Indígena (AFCI)

Objetivo de este procedimiento
Buscamos facilitar la accesibilidad a la formalización de la producción y comercialización de material vegetal de propagación sin poner en riesgo el control y aumentar las unidades productivas incluidas en el Renfo para un mejor control sanitario y reducir el riesgo de aparición y dispersión de plagas vegetales mediante la adecuación de la estrategia sanitaria

RTV de la AFCI
El Renfo del Senasa permite operar como tal aquellos productores y productoras de viveros y si se manifiestan dificultades para poder solventar un responsable técnico, podrá solicitar al Senasa la facilitación de un “RTV de la AFCI”, en forma temporal y no vinculante, sujeto a la disponibilidad institucional de la región y hasta tanto puedan solventarlo de manera particular.

Solicitud del RTV de la AFCI
Será necesario el asentamiento de una solicitud mediante nota formal dirigida al Organismo que deberá ser presentada en la oficina local del Senasa que corresponda a la jurisdicción del vivero.

Técnicos, técnicas o profesionales que pueden adoptar la figura del RTV de la AFCI
La figura de RTV de la AFCI podrá ser adoptada por técnicos, técnicas o profesionales de organismos públicos como el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca (Magyp), gobiernos provinciales y municipales, entre otros. Se podrá formalizar este acuerdo mediante un convenio específico de entendimiento entre el Senasa y la institución de pertenencia del responsable técnico de la AFCI.

Necesidad de contar con Renspa y Renaf
Desde el Senasa se considera únicamente agricultor/a familiar a aquellas personas que se encuentren debidamente registrados en el Registro Nacional de Agricultura Familiar (Renaf), que funciona bajo la órbita del Magyp y en todos los casos será obligatoria la inscripción de la producción de material de propagación vegetal en el Renspa del Senasa, a los fines de estar georreferenciada la parcela productiva y tener declaradas las especies.

Consultas
Para más información, las personas interesadas podrán comunicarse con los y las referentes de agricultura familiar del Senasa de cada centro regional, quienes podrán asesorar e informar acerca de los procedimientos.


DIRECCIÓN DE INFORMACIÓN ESTRATÉGICA FITOSANITARIA
Av. Paseo Colón Nº 367 piso 7º contrafrente.
Teléfonos: (+54 - 11) 4121-5000 Internos : 5191 / 6633/6094
Correo electrónico a: [email protected]
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