Estadísticas
Los sujetos obligados enumerados en el artículo 20 de la Ley N°25.246 y modificatorias deben reportar ante la UIF todo hecho u operación, sobre los/las que se tenga sospecha o motivos razonables para sospechar que los bienes u otros activos involucrados provienen o están vinculados con un ilícito penal o están relacionados con la financiación del terrorismo, o con el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, o que, habiéndose identificado previamente como inusuales, luego del análisis y evaluación realizados por el sujeto obligado, no permiten justificar la inusualidad (art. 21 de la Ley N°25.246).
Además, aquellos sujetos obligados que se encuentran normados por las Resoluciones UIF 70/2011 y 127/2012 y sus modificatorias deben realizar Reportes Sistemáticos Mensuales (RSM).
Gráficos dinámicos
A continuación, se informan estadísticas anuales de los distintos tipos de reportes recibidos desde 2024. Las cantidades informadas para el año en curso corresponden al período comprendido entre el 1 de enero de 2026 hasta el 30 de septiembre.
Referencias para usar filtros:
- RFP= Reportes de Operaciones Sospechas de financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva
- RFT= Reportes de Operaciones Sospechas de financiación del terrorismo
- ROS-LA= Reportes de Operaciones Sospechas de Lavado de Activos
- RSM= Reportes Sistemáticos Mensuales

