Declaraciones Juradas
Conforme Resolución 1695/2013 - ÉTICA EN EL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, por la cual se aprueba el “Régimen de Presentación de la Declaración Jurada Patrimonial Integral”, a los fines de la presentación de la Declaración Jurada Patrimonial Integral establecida por la Ley Nº 25.188 y su modificatoria Ley Nº 26.857, los sujetos obligados deberán proceder a la transmisión electrónica de los datos, conforme el procedimiento establecido en el artículo 2° de la Resolución General de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Nº 3511/13. La ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS transferirá la información pública a la OFICINA ANTICORRUPCIÓN para su publicación a través de su página web.
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