Canon de haberes a favor de la TGN
En función de lo establecido en el Anexo III de la Resolución 2025- 14- APN-SH#MEC. de fecha 28 de febrero de 2025, los Servicios Administrativos Financieros instruirán a las entidades adjudicatarias de la prestación del servicio de pagos de haberes, el pago del CANON DE HABERES en la cuenta corriente bancaria N°2510/46 "Recaudación TGN", toda vez que corresponda su depósito a favor del TESORO NACIONAL , según el instructivo adjunto.
El pago del CANON DE HABERES deberá realizarse mediante la utilización de la plataforma E-Recauda.
Normativa
Resolución 2025- 14- APN-SH#MEC.
Contacto
Dirección de Administración de Cuentas Bancarias:
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