Tener el registro te habilita a impedir que terceros, sin autorización, realicen actos de fabricación, uso, oferta, venta o importación del producto o procedimiento patentado.
¿A quién está dirigido?
A cualquier persona humana o jurídica, sus apoderados o agentes de la propiedad industrial matriculados.
¿Qué necesito?
Ser mayor de edad (conforme lo estipulado en el Código Civil y la Ley Nº 26.579).
Poseer CUIT, CUIL o CDI.
Clave fiscal nivel 2: tenés que vincular el servicio del INPI en tu cuenta de AFIP para registrarte en el portal. Mirá el instructivo.
Confeccionar una carátula, una memoria descriptiva, un pliego reivindicatorio, dibujos en caso de corresponder y el resumen de la invención a registrar.
Cuando se trata de apoderados: copia del poder firmada por el apoderado declarando bajo juramento que es fiel a su original e instrumenta mandato vigente.
Personas jurídicas: declaración jurada sobre las facultades del firmante detallando los instrumentos societarios con datos de inscripción y expresión de que poseen facultades para realizar este acto.
La solicitud de modelo de utilidad no debe contener:
- Elementos, expresiones, frases o dibujos contrarios a la moral y a las buenas costumbres, o que pudieran considerarse racistas, discriminatorios o violatorios del orden público.
- Declaraciones denigratorias respecto a personas, a sus inventos registrados o no, o por cualquier otro medio o referidas al mérito o validez de las solicitudes publicadas de terceros. Tanto las comparaciones puramente técnicas, así como los problemas a solucionar del estado de la técnica no serán consideradas en sí mismas como denigrantes.
- Elementos extraños a la solicitud y/o superfluos, como tampoco experiencias personales y/o técnicas expresadas en primera persona, por razones de claridad.
¿Cómo hago?
Ingresá al portal de trámites con tu clave fiscal. Mirá el instructivo para adherir el servicio del INPI en tu cuenta de AFIP.
Accedé a PATENTES / TRÁMITES / MODELO DE UTILIDAD.
Completá todos los datos del formulario.
Firmá electrónicamente el formulario.
Generá y pagá el arancel correspondiente
El trámite no será considerado recibido hasta que se realice el pago del arancel correspondiente.
Todas las novedades o actuaciones del trámite (publicación, observación, concesión, etcétera) se comunican, en todos los casos, mediante el Boletín de Notificaciones que se publica los días miércoles. Luego, se enviarán mensajes de aviso al correo electrónico declarado.
Si tenés alguna consulta, escribinos a [email protected].
¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?
El trámite lleva: 2 años
¿Cuál es el costo del trámite?
Consultá los aranceles vigentes a partir del 1° de diciembre de 2023.
Las PyMEs, particulares y universidades poseen una reducción del 50% en los aranceles.
Vigencia
10 años
Luego de este plazo, el modelo de utilidad pasará a dominio público.