Las asociaciones, entidades o entes interesados, a los efectos de su incorporación al sistema de prestadores de servicios de asistencia sanitaria, deberán poseer personería jurídica y demostrar capacidad técnica, administrativa y financiera suficientes para el desarrollo de las acciones que se les encomienden, conforme las previsiones del Artículo 10 de la Ley N° 27.233.
Los interesados deben inscribirse en el Registro Nacional de Entes Sanitarios (Resolución ex SAGPyA N° 108/2001) utilizando la Plataforma TAD.
¿A quién está dirigido?
Fundaciones y Entes Locales de Lucha Sanitaria (Ley N° 24.305), Asociaciones Civiles, Asociaciones Sectoriales, Fundaciones, Colegios Profesionales y Laboratorios de Red acreditados o reconocidos vinculados con el Senasa por acuerdos de cooperación o administración de programas sanitarios o fitosanitarios.
¿Qué necesito?
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Llevar su contabilidad en los libros exigidos por la normativa vigente y presentar las memorias, balances, inventarios, rendiciones de cuentas, estadísticas y cualquier otra información de carácter general o particular que el Senasa les solicite en relación a las acciones ejecutadas en el marco del convenio de asistencia sanitaria celebrado.
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Resguardar y conservar por los plazos que en cada caso se establezca, la documentación respaldatoria de las erogaciones de fondos asignados y/o transferidos por el Senasa, realizadas con motivo de las acciones ejecutadas, para su verificación por parte del mismo o dependencias de control interno o externo del Sector Público.
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Facilitar el acceso para inspeccionar y/o examinar y verificar la contabilidad, libros, registros, archivos y demás documentación relacionada con las acciones ejecutadas y su financiamiento, como así también, para permitir llevar adelante los controles de gestión y posteriormente dar respuestas a los mismos.
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Adoptar los recaudos que determine la reglamentación que resulte aplicable en la materia, a fin de que los recursos humanos que se afecten a la realización de las acciones acordadas, mantengan exclusivamente sus relaciones laborales o contractuales con el Ente prestador.
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Garantizar que las personas afectadas a la prestación de servicios públicos de asistencia sanitaria, hayan recibido las capacitaciones y/o habilitaciones pertinentes por parte del Senasa acordes a las tareas que deban realizar.
¿Cómo hago?
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Realizá el apoderamiento en TAD:
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Inscripción
- Entrá a la plataforma TAD
- Completá los datos del Ente a inscribir.
- Completá el formulario.
- Adjuntá la documentación. Sólo es obligatorio el Estatuto.
- Al confirmar el trámite el sistema otorgará un número de expediente que lo identifica y también se podrá observar cada uno de los documentos que se adjuntaron y conforman el trámite.
- Desde el Senasa confirmamos la inscripción notificándolos a través de la plataforma TAD
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Actualización de datos
- Es necesaria cuando se modifique algunos de los aspectos que se haya declarado en la inscripción, a través de la plataforma TAD
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Baja
- Entrá a la plataforma TAD
- Adjuntar una nota para su solicitud.
Registro Nacional de Entes Sanitarios
Av. Paseo Colón 367 piso 10° cfrente, C1063ACD, CABA
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: (+54 - 11) 4121-5046. Javier Diacovo.
Podés comunicarte al WhatsApp federal del Senasa
Normativa:
Resolución Senasa N° 671/2016
Resolución Senasa Nº 1524/2019
Resolución ex SAGPyA N° 108/2001
¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?
Dentro de los 10 días hábiles, si la documentación presentada requiere de la intervención de la Dirección de Asuntos Jurídicos o debe ser subsanada.
¿Cuál es el costo?
Gratuito
Información complementaria
Si tenés un trámite iniciado lo podés consultar de forma rápida y simple.
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