Presidencia de la Nación

OBJETO DEL TRAMITE: Evaluar si corresponde el rechazo de enfermedad profesional no listada por parte de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) o Empleador Autoasegurado (EA) (Decreto 658/96 y 49/2014).

La comisión médica va a determinar si la enfermedad denunciada es de origen laboral o no.

¿A quién está dirigido?

A los trabajadores, o sus derechohabientes, que consideren que la contingencia es de carácter laboral, hayan realizado la denuncia de una enfermedad y que la ART/EA lo haya rechazado por no encontrarse incluida en el listado de enfermedades profesionales.

El plazo máximo para iniciar el trámite ante la Comisión Médica es de 2 años desde la fecha en que la ART / EA rechazó la denuncia de enfermedad profesional no listada.

¿Qué necesito?

  • ANEXO (Formulario Resolución N° 5/26) (Obligatorio) - Completado por computadora y firmado por el trabajador y el abogado (Si actúa como apoderado el formulario puede ser firmado sólo por el abogado). El formulario debe ser firmado con firma ológrafa del trabajador y el letrado y presentado en original.

    Formulario Anexo III de la Resolución SRT Nº 5/26 para rechazo de una enfermedad profesional (Listada o no Listada). Se deberá presentar un formulario por cada enfermedad.

    IMPORTANTE: En caso de que los espacios del formulario no resulten suficientes, incorpore una hoja aparte debidamente firmada con la información adicional.

    Esta hoja adicional NO reemplaza ni sustituye al formulario y debe estar firmada por las mismas personas que firman el Formulario.

    Accedé al instructivo para la presentación de los formularios de la Resolución SRT 5/26 y la documentación que corresponde adjuntar.

  • Escrito - Resolución SRT N° 899/17 (No obligatorio). Si lo presentas, debe estar firmado por los mismos que firman el formulario.

  • Documentos del trabajador - (Obligatorio). Copia del DNI Anverso y reverso, legible y actualizado.

    Los derechohabientes deberán, además, presentar acta de defunción y documentación que acredite identidad y el vínculo invocado de los pretensos derechohabientes.

  • Documentos del abogado (Patrocinante o Apoderado) - (Obligatorio). En el caso que el trámite se inicie en una Jurisdicción Adherida a la Ley 27.348.

    • Credencial profesional de la jurisdicción y DNI
    • Si actúa como apoderado adjuntar la documentación que acredite tal carácter.
  • Documentación que funda la competencia de la comisión médica elegida (Obligatorio)

    • Si es por domicilio del DNI: copia del DNI del trabajador.

    • Si es por domicilio de efectiva prestación de servicios/donde presta tareas (domicilio donde trabaja): Certificado Res. SRT N° 698/17 o Res. SRT N° 11/18, según corresponda.

    • Si el domicilio donde habitualmente reporta (domicilio del empleador) Certificado Res. SRT N° 698/17 o Res. SRT N° 11/18, según corresponda.

  • Denunciante ante la ART/EA (No obligatorio).

  • Rechazo de la ART/EA (No obligatorio).

  • Petición fundada (Obligatorio).
    La petición fundada debe contener el diagnóstico, la argumentación y constancias sobre la patología denunciada y la exposición a los agentes de riesgo presentes en el trabajo respectivo, con exclusión de la influencia de los factores atribuibles al trabajador o ajenos al trabajo. Las constancias a presentar podrán ser estudios complementarios sobre el diagnóstico de la enfermedad denunciada y/o descripción de los agentes de riesgo a que estuvo expuesto el trabajador.

    IMPORTANTE: La petición fundada debe ser firmada por médico legista o especialista de la patología que hayas denunciado.

    La Petición Fundada sólo se puede reemplazar con alguna de estas dos cosas:
    - Certificado de especialidad médica firmado por el especialista más un escrito del abogado en el que se relacione la enfermedad / patología con las tareas del trabajador
    - Estudio de la patología más un escrito del abogado en el que se relacione la enfermedad / patología con las tareas del trabajador

    IMPORTANTE: El escrito del abogado debe estar firmado por el abogado y el trabajador, o por el abogado sólo cuando actúa como apoderado. Y el certificado o el estudio de la patología por el profesional médico respectivo.

  • Estudios médicos / Historia clínica (Obligatorio) si en el ANEXO han marcado las opciones respectivas.

¿Cómo hago?

  1. Reuní la documentación.

  2. Iniciá el trámite de forma presencial en la sede de la comisión médica correspondiente según la competencia elegida, presentando toda la documentación obligatoria.

    IMPORTANTE: NO se podrá caratular el expediente en caso de que falte alguna documentación indicada como OBLIGATORIA

    Podes consultar que Comisión Médica te corresponde según el domicilio elegido.

    IMPORTANTE: La comisión médica podrá disponer la necesidad de realizar examen físico o estudios complementarios. La inasistencia será considerada como desistimiento del trámite y el cierre de las actuaciones sin quedar agotada la instancia administrativa previa, por lo cual se deberá iniciar un nuevo trámite.

¿Cuánto tiempo lleva?

¿Cuál es el costo?

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