Si desarrollás actividades de manera personal, tenés una MiPyME o una empresa que investiga o desarrolla bienes y/o servicios de biotecnología moderna y/o nanotecnología, podés presentar un proyecto y acceder a:
- La amortización acelerada en el impuesto a las ganancias por los bienes declarados en el proyecto.
- La devolución anticipada del IVA, sobre los bienes de capital adquiridos a través del proyecto.
- Un bono de crédito fiscal del cincuenta por ciento (50%) de los gastos por contrataciones de servicios de investigación y desarrollo.
El monto máximo de beneficios que se podrá solicitar por Proyecto es de hasta cien millones de pesos ($100.000.000,00).
Los beneficios de devolución anticipada del IVA y de amortización acelerada en el impuesto a las ganancias, se aplican a la compra de bienes de capital que sean nuevos, de uso exclusivo para el proyecto y adquiridos después del 26 de septiembre de 2024. También se podrán incluir gastos de servicios específicos y/o componentes indispensables para el normal funcionamiento del bien de capital.
El beneficio por los servicios de investigación y desarrollo deben haber sido efectuados en universidades públicas o privadas, o en instituciones u organismos descentralizados de la Administración Pública pertenecientes al Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, facturados de acuerdo a las normativas que rijan dichas instituciones y/u organismos. Los mismos deben ser contratados con posterioridad al 26 de septiembre de 2024.
¿Qué es la biotecnología moderna?
Biotecnología Moderna es toda aplicación tecnológica que utiliza organismos vivos o partes derivadas de los mismos para la obtención de bienes y servicios, o para la mejora sustancial de procesos productivos y/o productos. Se basa en conocimientos racionales y principios científicos provenientes de la biología, la bioquímica, la microbiología, la bioinformática, la biología molecular y la ingeniería genética.
¿Qué es la Nanotecnología?
Nanotecnología se refiere a toda aplicación tecnológica del conjunto de técnicas y ciencias en las cuales se estudian, manipulan y obtienen –de manera controlada– materiales, sustancias y dispositivos de dimensiones nanométricas, los cuales presentan propiedades especiales otorgadas exclusivamente por su tamaño menor a los cien nanómetros (100 nm) en una o más dimensiones. Así, se considerarán como aplicaciones nanotecnológicas el diseño, caracterización, producción y aplicación de estructuras, dispositivos y sistemas obtenidos mediante la manipulación controlada (de tamaño y/o forma y/o modificación superficial de compuestos, sustancias, partículas o materiales) a escala nanométrica que den lugar a estructuras, dispositivos y sistemas con al menos una (1) propiedad o característica novedosa o superior.
¿Qué proyectos se pueden presentar?
- Proyectos de investigación y/o desarrollo de Biotecnología Moderna y/o Nanotecnología.
- Proyectos de producción de bienes y/o servicios, o de mejoras de procesos y/o productos.
- Beneficiarios de convocatorias anteriores: podrán acceder a nuevos beneficios vinculados al proyecto aprobado en las mismas.
Se van a priorizar proyectos que:
- Tienen impacto socioeconómico local, potencial de generar exportaciones y/o aumentar la competitividad.
- Provengan de MiPyMEs.
- Incorporen personal altamente calificado.
- Se vinculen con la formación y desarrollo de pymes de base tecnológica de origen nacional.
La convocatoria se encuentra abierta hasta el 7/11/2025..
Conocé más en las preguntas frecuentes.
¿Qué necesito?
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Ser persona humana o jurídica constituida en la República Argenitna.
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Desarrollar el proyecto por cuenta propia y en el país.
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Acreditar solvencia técnica, capacidad económica y situación financiera para hacer frente al proyecto.
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Encontrarse en curso normal de sus obligaciones impositivas y previsionales en ARCA.
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Tener CUIT y clave fiscal (nivel 3 o superior).
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Una vez aprobada la inscripción al Régimen de Promoción del Desarrollo y Producción de la Biotecnología Moderna y la Nanotecnología, para gozar del beneficio de devolución de IVA, vas a tener que constituir una garantía equivalente al 100% del monto del beneficio de forma electrónica, manteniéndose vigente hasta la finalización del proyecto.
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¿Qué obligaciones debe contraer el beneficiario?
- Llevar una contabilidad que permita la determinación y evaluación en forma separada del proyecto promovido del resto de las actividades desarrolladas.
- Los bienes, por los cuales se recibe el beneficio, se deberán usar exclusivamente para el proyecto y mantener en el patrimonio del beneficiario, hasta la finalización del mismo. En caso de eventuales bajas, se deberá informar a la autoridad de aplicación con su justificación debidamente fundada.
- Disponer toda la información o documentación que requiera la autoridad de aplicación.
- Efectuar el pago de la tasa de auditorías, equivalente al 4% del monto de los beneficios fiscales aprobados, a partir del año de otorgados.
Conocé más en las preguntas frecuentes.
¿Cómo hago?
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Ingresar a TAD con CUIT y Clave fiscal.
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Completá el formulario de proyecto y la declaración jurada de condiciones generales.
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Adjuntá la siguiente documentación:
- Formulario de Inscripción.
- Solicitud de Beneficios.
- En el caso de ser persona humana, deberán presentar la última Declaración Jurada de Bienes Personales y la última Declaración Jurada de Impuesto a las Ganancias.
- En caso de ser persona jurídica, presentar el último estado contable aprobado.
- Documentación necesaria para justificar el impacto del proyecto.
- Facturas y/o despachos.
- Última Declaración Jurada del Impuesto al Valor Agregado, de corresponder.
Si tenés dudas sobre el proceso de inscripción, consultá el instructivo
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Vas a recibir notificaciones de TAD por la actualización del estado de tu proyecto.
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Tenés que abonar la tasa de auditoría, 12 meses después de haber sido aprobados los beneficios. El importe es el 4% del monto del beneficio, vas a recibir una notificación por TAD para indicarte el momento en que debés realizar el pago.
Contacto
Si tenés dudas o consultas sobre el trámite, escribí a [email protected].
¿Cuál es el costo?
Tenés que abonar la tasa de auditoría, 12 meses después de haber sido aprobados los beneficios. El importe es el 4% del monto del beneficio, vas a recibir una notificación por TAD para indicarte el momento en que debés realizar el pago.
Vigencia
Información complementaria
Descargas
- Instructivo (pdf,1.5 Mb) Descargar archivo
- Actualización del Proyecto (xlsx,13.5 Kb) Descargar archivo
- Formulario del Proyecto (xlsx,35.0 Kb) Descargar archivo
- Solicitud de beneficios 2025 (xlsx,253.4 Kb) Descargar archivo
- Bases y condiciones 2025 (pdf,398.2 Kb) Descargar archivo