Presidencia de la Nación

Productos de origen vegetal


Exportaciones

La exportación de productos y subproductos de origen vegetal está sujeta a las regulaciones que establezcan los países importadores.
Consultá los requisitos fitosanitarios.

Podés consultar los protocolos de exportación que Argentina acordó con terceros países.

¿Cómo solicito la apertura de un nuevo mercado de exportación?

Para más información: [email protected].

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Importaciones

La importación de productos de origen vegetal deben cumplir con los requisitos fitosanitarios establecidos por la Argentina, que serán verificados por el Senasa al ingreso a nuestro país.

Consultá los requisitos fitosanitarios

En caso de no encontrar los requisitos para productos o subproductos procedé de la siguiente manera:

A. Ingresá a la plataforma de TRÁMITES A DISTANCIA (TAD).

B. Una vez en TAD elegí la opción:

Evaluación de importaciones de productos y/o subproductos de origen vegetal (Afidi)

C. Clickeá en INICIAR TRÁMITE

D. Completá toda la información obligatoria solicitada en la plataforma web del trámite y adjuntá la documentación disponible.

E. La gestión de la respuesta se comunicará mediante el TAD.


Listado de Plagas Reguladas
El comercio internacional de productos de origen vegetal y otros artículos reglamentados es una importante vía de dispersión de plagas en el mundo. Es por esto que Senasa identifica las plagas de importancia económica para Argentina que pueden requerir la aplicación de medidas fitosanitarias previo, durante y posterior al ingreso al país de estos productos.
Las plagas de importancia económica se denominan Plagas Reglamentadas y se dividen en 3 categorías:

1) Plagas cuarentenarias:

a) Plagas Cuarentenarias Ausentes (PCA): Son plagas ausentes en la República Argentina, que de ingresar podrían producir daños económicos importantes en la producción silvoagrícola nacional.

b) Plagas Cuarentenarias Presentes (PCP): Son plagas que se encuentran presentes en el en la República Argentina, solo en áreas restringidas y debido a su potencial daño económico, se encuentran bajo control oficial.

2) Plagas no cuarentenarias reglamentadas (PNCR): Son plagas presentes en el país que afectan el uso previsto en el material de propagación con repercusiones económicamente inaceptables y que, por lo tanto, se reglamentan en el territorio nacional y comercio internacional.
El Listado de Plagas Reglamentadas establecidas por la República Argentina, se encuentra publicado en la Convención Internacional de Protección Vegetal (CIPF/IPPC).
Consultar


Requisitos fitosanitarios de importación
Para la importación de productos de origen vegetal y otros artículos reglamentados y teniendo en cuenta las Plagas Reglamentadas para el país, Senasa establece los requisitos fitosanitarios de importación, según el producto y su país de origen.
Asimismo, Argentina para determinados productos y orígenes acuerda Protocolos de Importación con terceros países.
El cumplimiento de estos requisitos fitosanitarios es verificado por el Senasa al ingreso de los envíos a nuestro país.

Consulta los requisitos fitosanitarios

Consulta los Protocolos de importación

BRASIL
Plan de trabajo para exportaciones a la República Argentina de Cucurbitácea producida en Brasil bajo el Sistema de mitigación de riesgo (SMR) de Anastrepha grandis
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CHINA
Protocolo de Bambu origen China
Protocol of Phytosanitary Requirements for the apple and pear fruits export from China to Argentina between the Secretariat of Agriculture, Livestock, Fisheries and Food of the Argentine Republic and the General Administration of Quality Supervision, Inspection and Quarantine of the People's Republic of China
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COLOMBIA
Plan de trabajo para la exportación de Phitahaya Amarilla desde Colombia a Argentina
Plan de trabajo importación de flores frescas origen Colombia
Plan de trabajo para la exportación de palto var Hass desde Colombia hacia Argentina
Listados de lugares de producción
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REPÚBLICA DE COREA
Plan de Trabajo para exportación de fruta fresca de pera asiática (Pyrus pyrifolia) de la República de Corea a la República Argentina
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ECUADOR
Plan de Trabajo Operativo para la exportación de fruta fresca de pitahaya originaria de Ecuador hacia Argentina
Plan de trabajo para la exportación de fruta de aguacate/palta (Persea americana variedad Hass) desde Ecuador hacia Argentina
Plan de Trabajo Operativo para la exportación de fruta fresca de papaya originaria de Ecuador hacia Argentina
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GUATEMALA
Plan de trabajo para la exportación de fruto de palta var Hass desde Guatemala a Argentina
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MÉXICO
Plan de trabajo para la exportacion de naranda, toronja-pomelo, mandarina y mineola, de Mexico a Argentina con tratamiento cuarentenario
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PERÚ
Plan de trabajo Palta Perú (sept 2016)
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Si para el producto de su interés no se encuentran establecidos los requisitos fitosanitarios, debe proceder de la siguiente manera:
A. Ingresar a la plataforma de TRÁMITES A DISTANCIA (TAD)
B. Una vez en TAD elegir la opción:
Evaluación de importaciones de productos y/o subproductos de origen vegetal (Afidi)
C. Clickear en INICIAR TRÁMITE
D. Completar toda la información obligatoria solicitada en la plataforma web del trámite y adjuntá la documentación disponible.
E. La gestión de la respuesta se comunicará mediante el TAD.

Por otras consultas con la Mesa de Gestión de Afidi puede comunicarse a [email protected] o al 4121-5000 int 6467.


Autorización Fitosanitaria de Importación
Si el producto que desea importar cuenta con requisitos fitosanitarios, Senasa deberá emitir una Autorización Fitosanitaria de Importación (Afidi) a través del Sistema de Gestión para de Productos Vegetales de Importación (SIGPV-IMPO).

A partir del lunes 2 de febrero de 2026 se implementará un nuevo formato para la Autorización Fitosanitaria de Importación (AFIDI) de productos y subproductos de origen vegetal a la República Argentina.

La modificación consiste en la emisión diferencial de la AFIDI, con información jerarquizada según el destinatario del documento. De esta manera, el usuario importador contará con dos versiones disponibles para su impresión en el sistema informático SIGPV Impo:
Versión para uso del Exportador del país de procedencia del envío
Versión para uso del Importador argentino

Ante dudas y/o consultas, se puede enviar un correo electrónico a [email protected]


Importación de material de propagación vegetativo
Para el caso de material de propagación asexual (plantas, esquejes, bulbos, raíces, yemas, plantas In Vitro, etc.), debido a que es el que presenta el mayor riesgo de ingreso de plagas reglamentadas a un país, se debe cumplir con una Cuarentena Post-entrada (CPE).
La CPE es una Medida Fitosanitaria que se aplica en el comercio internacional al material de propagación vegetal hospedante de plagas de difícil detección. Su objetivo es prevenir la entrada y dispersión de plagas al territorio nacional, que pueden ocasionar graves daños a la producción agrícola y forestal. La CPE es necesaria cuando, para la detección de plagas, se requiere de un cierto período de tiempo, ya sea para la evolución de formas inmaduras de invertebrados o para la observación de síntomas o para que el material de propagación adquiera títulos de patógenos detectables mediante pruebas analíticas o cuando sea necesario obtener partes vegetales idóneas para realizar pruebas analíticas.

Actualmente existen tres modalidades de Cuarentena Post-entrada en Argentina:

- Cuarentena Post-entrada Abierta: Es aquella que, con el fin de facilitar el comercio y la reconversión de los procesos productivos, se lleva a cabo en sitios de cuarentena a campo con implantación a distancias de producción. Para ello el material vegetal que se importa debe provenir de centros de producción de material de propagación vegetal, reconocidos por la Dirección de Comercio Exterior Vegetal para esta modalidad de CPE.

- Cuarentena Post-entrada Cerrada: Es aquella que se lleva a cabo en sitios de cuarentena en confinamiento, tales como invernáculos, laboratorios, cámaras de crecimiento, jaulas de malla antiáfida.

- Cuarentena Post-entrada de material In vitro: Es aquella que se aplica para los envíos de materiales que hayan sido obtenidos mediante las técnicas de cultivo de tejido In Vitro y mantenidos In Vitro hasta su importación al país.

La CPE se lleva a cabo en Lotes Candidatos propuestos por el importador y aprobados por Senasa como Sitios de Cuarentena, de manera previa a la importación. Pueden ser laboratorios, invernáculos, jaulas, o predios a campo, dependiendo de la modalidad de CPE.
El tiempo que de permanencia del material vegetal en CPE se determina en función del riesgo de dispersión de las plagas que formen parte del requisito fitosanitario de importación y de las técnicas analíticas disponibles para asegurar su detección.


Contactos Coordinación General de Regulaciones Fitosanitarias

Mesa de ayuda Autorización Fitosanitaria de Importación (Afidi)
[email protected]
4121-5168
Cuarentena Post-entrada
4121-5000 Int 6039 / 6959 / 6118

Mesa de ayuda Sistema de Importación
[email protected]
4121-5000 int 6118

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ePhyto - Certificación Fitosanitaria Electrónica

La certificación electrónica es utilizada como medio oficial de certificación fitosanitaria para todos los productos y subproductos de origen vegetal que se intercambien con un determinado país.

Se entenderá como Certificado Fitosanitario Electrónico (ePhyto) al documento electrónico en formato XML que contiene la misma información del certificado fitosanitario (CF) en papel ajustado a un estándar, conforme a lo dispuesto en la Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias N° 12 (NIMF N° 12).

¿Querés conocer con qué países Argentina tiene acordado el uso de ePhyto?

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